ECONOMIA Y FINANZAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 016-2007-EF/93.01 - Incluyen diversas cuentas divisionarias y sub-divisionarias en el nuevo Plan Contable Gubernamental RESOLUCION DIRECTORAL Nº 016-2007-EF/93.01

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 14 de setiembre de 2007
353284
julio de 2007, conforme al cual se establece incorporar al
proceso de promoción de la inversión privada los activos
del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, bajo los
mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto
Legislativo Nº 674, su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 070-92-PCM, normas complementarias y
reglamentarias.
Artículo 2º.- Encargar al Comité de PROINVERSIÓN
en Saneamiento y Proyectos del Estado, la conducción
del proceso de promoción de la inversión privada referido
en el Artículo 1º.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por
el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
108252-17
Designan Viceministra de Economía
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 077-2007-EF
Lima, 13 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución Suprema N° 066-
2007-EF del 15 de agosto de 2007 se aceptó la
renuncia del Viceministro de Economía Juan Miguel
Cayo Mata y se encargó al señor José Berley Arista
Arbildo, Viceministro de Hacienda, las funciones
correspondientes a dicho Viceministerio;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluido
el referido encargo y designar a la persona que ocupe
el cargo de Viceministro de Economía;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley
N° 27594; y,
Estando a lo acordado
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por concluido el encargo de
funciones de Viceministro de Economía, efectuado
al señor José Berley Arista Arbildo, Viceministro de
Hacienda, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2°.- Designar a MARÍA SOLEDAD
GUIULFO SUAREZ-DURAND en el cargo de
Viceministro de Economía del Ministerio de Economía
y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
108252-18
Incluyen diversas cuentas divisionarias
y subdivisionarias en el nuevo Plan
Contable Gubernamental
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 016-2007-EF/93.01
Lima, 5 de setiembre de 2007
VISTO: El informe Nº 002-2007-EF/93.10, referente a
la inclusión de Cuentas divisionarias y sub-divisionarias
en el nuevo Plan Contable Gubernamental.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 28112 Ley Marco de
la Administración Financiera del Sector Público, establece
que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto
de órganos, políticas, principios, normas y procedimientos
de contabilidad de los sectores público y privado, de
aceptación general y aplicados a las entidades y órganos
que los conforman y que contribuyen al cumplimiento de
sus nes y objetivos;
Que, el artículo 42º de la mencionada Ley establece
que la Dirección Nacional de Contabilidad Pública es
el órgano rector del Sistema Nacional de Contabilidad,
elabora y aprueba las normas, y establece los
procedimientos relacionados con su ámbito; asimismo,
norma los procedimientos contables para el registro
sistemático de todas las transacciones de las entidades del
Sector Público, con incidencia en la situación económico-
nanciera;
Que, los artículos y 16º de la Ley Nº 28708 Ley
General del Sistema Nacional de Contabilidad conere
a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública las
atribuciones de: emitir resoluciones que aprueban las
normas y procedimientos de Contabilidad que deben regir
en el Sector Público; asimismo, establece que el registro
contable es el acto que consiste en anotar los datos de
una transacción en las cuentas correspondientes del
Nuevo Plan Contable Gubernamental, que el registro
contable ocial es el autorizado por la Dirección Nacional
de Contabilidad Pública, estando las entidades del Sector
Público obligadas a su total cumplimiento;
Que, la Dirección de Normatividad, propone la
incorporación de cuentas contables en el nuevo Plan
Contable Gubernamental, para estos casos se han creado
cuentas divisionarias y sub divisionarias: para el registro de
las operaciones que se ejecutan con la “Cuenta Corriente
Central en la administración de los recursos de la Fuente
de Financiamiento Recursos Determinados”, establecida
por la Resolución Directoral 037-2007-EF/77.15,
para el registro contable de las operaciones derivadas
de la aplicación del Decreto Supremo Nº 188-2005-EF,
mediante el endeudamiento interno, en la modalidad de
arrendamiento nanciero; así como para llevar el control
de las líneas de crédito bancario, solicitado por el Instituto
Nacional de Investigación y Extensión Agrícola;
Que, es necesario la inclusión de Cuentas
divisionarias y sub divisionarias en el nuevo Plan Contable
Gubernamental; y
En uso de las atribuciones conferidas por los
artículos 40º y 42º de la Ley Nº 28112 Ley Marco de la
Administración Financiera del Sector Público y el artículo
7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional
de Contabilidad;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Incluir en el nuevo Plan Contable
Gubernamental, las cuentas divisionarias y sub-
divisionarias que se detallan a continuación:
104.16 Recursos Determinados
337. Bienes en Arrendamiento Financiero
393. Depreciación Acumulada de Bienes en
Arrendamiento Financiero
461.04 Arrendamiento Financiero
01.07 Contratos de Arrendamiento Financiero
Aprobados
02.07 Contratos de Arrendamiento Financiero en
Ejecución
03.04 Línea de Crédito Bancario Aprobado
04.04 Línea de Crédito Bancario por utilizar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ
Contador General de la Nación
107746-1

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