Declaran fundada denuncia interpuesta contra Fiscal Adjunto Provincial Provisional encargado de la Fiscalía Provincial de Delitos contra la Ecología y Prevención del Delito de Tambopata, por presunto delito de abuso de autoridad

Fecha de disposición18 Enero 2008
Fecha de publicación18 Enero 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 18 de enero de 2008
364308
Inspector a General y Of‌i cina de Administración Distrital,
para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
CÉSAR JAVIER VEGA VEGA
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
153134-1
ORGANISMOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procuradora iniciar
acciones legales contra presuntos
responsables de la comisión de delitos
en agravio de la Municipalidad Distrital
de Cieneguilla
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 013-2008-CG
Lima, 16 de enero de 2008
Visto, el Informe Especial Nº 002-2008-CG/ORLC,
resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad
Distrital de Cieneguilla, período 2005-2006, y;
CONSIDERANDO:
Que, habiéndose efectuado denuncias públicas sobre
supuestas irregularidades en la Municipalidad Distrital de
Cieneguilla, este Organismo Contralor dispuso la ejecución
de una acción de control en el citado municipio;
Que, como consecuencia de la acción de control
efectuada en la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, se
han evidenciado irregularidades en el proceso de selección
de Adjudicación Directa Selectiva Nº 002-2005-MDC/CEP-
S, Contratación del Servicio de Recojo de Maleza en el
Distrito de Cieneguilla – Año 2005, advirtiéndose que los
miembros del Comité Especial Permanente consideraron
como válida la propuesta técnica del único postor, la
cual no cumplió los requisitos mínimos exigidos por las
Bases Administrativas, efectuándose indebidamente el
otorgamiento de la buena pro, sin la participación de todos
los miembros del citado Comité en dicho acto y a pesar que
la propuesta técnica, conforme al Acta de Otorgamiento de
Buena Pro, alcanzó únicamente 72 puntos y no el puntaje
mínimo de 80 exigido por la normativa de contratación
pública aplicable; hechos observados que denotan un
presunto interés indebido en el accionar de los funcionarios
ediles para favorecer la contratación del único postor,
constituyendo indicios razonables de la presunta comisión
del delito de Aprovechamiento Indebido del Cargo, previsto
y penado en el artículo 399º del Código Penal;
Que, asimismo, se ha evidenciado que funcionarios ediles
autorizaron y cancelaron irregularmente Comprobantes de
Pago ascendientes a S/. 58 975,00 por el servicio de recojo
de maleza contratado, sin que se haya evidenciado que la
empresa contratista haya prestado efectivamente el servicio,
conforme se estableció en el Contrato suscrito para tal f‌i n;
situación que advierte la existencia de indicios razonables
de la presunta comisión del delito de Peculado, previsto y
penado en el artículo 387º del Código Penal;
Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d)
del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General
de la República, constituye atribución de este Organismo
Superior de Control, disponer el inicio de las acciones
legales pertinentes en forma inmediata, por parte del
Procurador Público, en los casos que, en la ejecución
directa de una acción de control se encuentre daño
económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo
autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de
los asuntos judiciales de la Contraloría General de la
República, el inicio de las acciones legales pertinentes
contra los presuntos responsables comprendidos en el
Informe de Visto, y;
De conformidad con el inciso d) del artículo 22° de
la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República, y el
Decreto Ley Nº 17537 y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora
Pública encargada de los asuntos judiciales de la
Contraloría General de la República, para que en nombre
y representación del Estado, inicie las acciones legales
correspondientes, por los fundamentos expuestos en
la parte considerativa de la presente resolución, contra
los presuntos responsables comprendidos en el Informe
de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
152677-1
MINISTERIO PUBLICO
Declaran fundada denuncia interpuesta
contra Fiscal Adjunto Provincial
Provisional encargado de la Fiscalía
Provincial de Delitos contra la Ecología
y Prevención del Delito de Tambopata,
por presunto delito de abuso de
autoridad
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 042-2008-MP-FN
Lima, 14 de enero del 2008
VISTO:
El Of‌i cio Nº 329-2007-MP-FN-ODCI-MDD, remitido por
la Of‌i cina Desconcentrada de Control Interno de Madre de
Dios, elevando el Expediente Nº 004-2007, que contiene
la investigación seguida contra el doctor Alfredo Palacios
Montesinos, en su actuación como Fiscal Adjunto Provincial
Provisional encargado de la Fiscalía Provincial de Delitos
contra la Ecología y Prevención del Delito de Tambopata,
por presuntos delitos de Prevaricato, Abuso de Autoridad,
Encubrimiento Real y Sustracción de Objetos Requisados,
a mérito de la denuncia formulada por Rafael Lazo Linares,
en representación de Maderera Lazo SCRL; en la cual ha
recaído el Informe Nº 007-2007-MP-FN-ODCI-MDD, con
opinión de declarar fundada la denuncia por el ilícito de
Prevaricato; y,
CONSIDERANDO:
Que, se atribuye al magistrado denunciado haber
dispuesto indebidamente la devolución de objetos
decomisados, considerados cuerpo de delito en la
extracción ilícita de madera en el área de la concesión
forestal de la empresa hoy denunciante, consistentes
en 3 motosierras de marca “Stihl” y un castillo con su
respectiva espada, que fueron incautados a la persona de
Fredy Ccorimanya Soncco y otros; en abierta vulneración
del artículo 375º del Reglamento de la Ley Forestal y de
Fauna Silvestre, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 014-2001-AG, que obliga a poner a disposición de la
autoridad judicial los bienes incautados en esa clase de
actividades ilegales hasta la culminación del proceso penal
correspondiente;
Que, del estudio y análisis de los cargos imputados
al denunciado y recepcionados, para mejor resolver, los
actuados solicitados a la Of‌i cina Desconcentrada de
Control Interno sustanciadora, se advierten los siguientes
hechos: a) Que los días 09.08.06, 24.08.06 y 12.10.06, se
desarrollaron sendos operativos -promovidos a petición
del hoy denunciante- contra la extracción ilegal de madera
en la provincia de Tambopata, los que contaron con la
presencia de representantes del Ministerio Público y el

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