77 533-2001-EF 534-2001-EF - Aprueban donaciones efectuadas a favor de instituto educativo y de la Municipalidad Distrital de Chaparra

Fecha de disposición15 Diciembre 2001
Fecha de publicación15 Diciembre 2001
Pág. 213955
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 15 de diciembre de 2001
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema
a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría
General de la República, dentro de los plazos establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Salud y el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Agricultura
Encargado de la Cartera de Salud
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
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Aprueban donaciones efectuadas a fa-
vor de instituto educativo y de la
Municipalidad Distrital de Chaparra
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 533-2001-EF
Lima, 14 de diciembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, The Church Of Jesus Christ of Latter - Day Saints
de Salt Lake City, Utah, Estados Unidos de América ha
efectuado una donación a favor del Instituto Internacional
Educativo para el Desarrollo y Empleo Familiar consisten-
te en diversos bienes que serán destinados para la aten-
ción asistencial, apoyando acciones de salud en beneficio
de la población más necesitada de escasos recursos;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena-
do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el
Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe-
rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de
Entidades y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí-
culo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el
Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobier-
no Peruano, la donación efectuada por The Church Of Jesus
Christ of Latter - Day Saints de Salt Lake City, Utah, Esta-
dos Unidos de América, a favor del Instituto Internacional
Educativo para el Desarrollo y Empleo Familiar consistente
en productos de higiene, ropa, juguetes y otros bienes de-
tallados en la Resolución Directoral Nº 082-2001-SA/OFI-
CE de fecha 11 de mayo de 2001 del Ministerio de Salud y
el Certificado de Donación de fecha 6 de febrero de 2001,
con un peso aproximado de 6 885 kgs., según Conocimiento
de Embarque Nº LAX/CAL/CO2346 de Airgroup Seafreig-
ht. Dicha donación será destinada para la atención asisten-
cial, apoyando acciones de salud en beneficio de la pobla-
ción más necesitada de escasos recursos.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema
a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría
General de la República, dentro de los plazos establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Agricultura
Encargado de la Cartera de Salud
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RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 534-2001-EF
Lima, 14 de diciembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Chaparra, provincia
de Caravelí, departamento de Arequipa en Sesión Extraor-
dinaria de Concejo de fecha 11 de setiembre de 2000,
modificada por Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha
26 de diciembre de 2000, aceptó la donación efectuada
por la Ciudad de Sweetwater, Florida, Estados Unidos de
América, consistente en vehículos;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena-
do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el
Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe-
rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de
Entidades y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí-
culo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el
Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la do-
nación efectuada por la Ciudad de Sweetwater, Florida,
Estados Unidos de América, a favor de la Municipalidad
Distrital de Chaparra, provincia de Caravelí, departamento
de Arequipa, consistente en dos vehículos, marca Dodge,
modelo Diplomat, años 1985 y 1987, respectivamente, se-
gún Carta de Donación de fecha 25 de setiembre de 2000
y un peso aproximado de 3 370 kgs., según Conocimiento
de Embarque Nº CAS-001181 de SITM, INC.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues-
to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su-
prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la
Contraloría General de la República, dentro de los plazos
establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Minis-
tro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS BRUCE
Ministro de la Presidencia
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
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