13 173-2002/SUNAT - Modifican resolución que dispuso actualización total de los datos del RUC y la comunicación de nuevos datos

Fecha de publicación03 Diciembre 2002
Fecha de disposición03 Diciembre 2002
Pág. 234448
NORMAS LEGALES
Lima, martes 3 de diciembre de 2002
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR ARTURO PAJUELO RAMÍREZ
Presidente
LYDIA VILLACORTA DE CELIZ
Subcontadora General de la Nación
AMALIA VALENCIA MEDINA
Representante de la Comisión Nacional
Supervisora de Empresas y Valores
MARÍA LUZ RÍOS DIESTRO
Representante de la Superintendencia
de Banca y Seguros
ÁNGEL SALAZAR FRISANCHO
Representante de la Federación de
Colegios de Contadores Públicos del Perú
y su Junta de Decanos
PASCUAL AYALA ZAVALA
Representante del Colegio de
Contadores Públicos de Lima
EFRAÍN CASALLO ARROYO
Representante de la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria
CECILIA LUNG ROJAS
Representante del Banco Central
de Reserva del Perú
MARÍA ESTHER CUTIMBO GIL
Representante del Instituto Nacional
de Estadística e Informática
JULIO CÉSAR CORONADO VALDERRAMA
Representante de la Confederación de la
Cámara de Comercio y Producción del Perú
MARÍA DEL PILAR PASTOR VIGO
Representante de la Actividad
Administrativa del Estado
PEDRO CANCINO CHAVARRI
Director General de Contabilidad del
Sector Público
YORLLELINA MÁRQUEZ FARFÁN
Directora General de Contabilidad
Analítica de Explotación
MANUEL OSORIO CALDERÓN
Director General de Investigación
de la Contabilidad
21255
SUNARP
Precisan alcances de la Res. Nº 437-
2002-SUNARP/SN referida a asesores
de la Alta Dirección
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 571-2002-SUNARP/SN
Lima, 29 de noviembre de 2002
Visto el Informe Nº 033-2002-SUNARP/GL-JGC, de
fecha 31 de julio de 2002, referido a la necesidad de acla-
rar el sentido de la Resolución del Superintendente Na-
cional de los Registros Públicos Nº 047-2002-SUNARP/
SN; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la
Función Pública, establece en su artículo 1º que dicho
Código rige para los servidores públicos de las entida-
des de la Administración Pública;
Que, para los efectos del Código de Ética de la Fun-
ción Pública, la propia Ley Nº 27815 ha considerado
como servidor público a todo funcionario, servidor o
empleado de las entidades de la Administración Públi-
ca, en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea éste
nombrado, contratado, designado, de confianza o elec-
to, que desempeñe actividades o funciones en nombre o
al servicio del Estado;
Que, los asesores y/o consultores externos, así como
las empresas de asesoría y/o consultoría externa que
presten servicios a las entidades de la Administración
Pública, por su propia naturaleza no están ni pueden estar
comprendidos dentro de la categoría de servidor públi-
co;
Que, por ello, en el Código de Ética de la Superin-
tendencia Nacional de los Registros Públicos, apro-
bado mediante Resolución Nº 287-2002-SUNARP/SN,
se dispone que el mencionado Código establece las
normas y principios éticos que deben inspirar la con-
ducta y el quehacer del personal de la Superinten-
dencia Nacional de los Registros Públicos y de las
Zonas Registrales que integran el Sistema Nacional
de los Registros Públicos;
Que, por lo tanto, es necesario aclarar la Resolución
del Superintendente Nacional de los Registros Públicos
Nº 437-2002-SUNARP/SN, en el sentido que cuando se
refiere a los asesores de la Alta Dirección, no se com-
prenda en dicha referencia a ningún asesor y/o consul-
tor externo ni a empresa de asesoría y/o consultoría ex-
terna alguna;
Que, el artículo 7º del Estatuto de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos, aprobado mediante
Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, establece que
el Superintendente Nacional es el funcionario de mayor
nivel jerárquico de la Entidad;
Que, estando a lo anteriormente señalado y confor-
me al lo dispuesto por el literal w) del artículo 7º del
Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Regis-
tros Públicos;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- PRECÍSESE, que cuando la Resolu-
ción del Superintendente Nacional de los Registros Pú-
blicos Nº 437-2002-SUNARP/SN, hace referencia a los
asesores de la Alta Dirección, no están comprendidos
en dicha referencia los asesores y/o consultores exter-
nos ni las empresas de asesoría y/o consultoría externa
que prestan servicios a la SUNARP o a sus Zonas
Registrales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GAMARRA UGAZ
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
21253
SUNAT
Modifican resolución que dispuso actua-
lización total de los datos del RUC y la
comunicación de nuevos datos
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 173-2002/SUNAT
Lima, 2 de diciembre de 2002

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