1523 el discurso del odio en la jurisprudencia constitucional: analisis comparativo *.

Pensamiento ConstitucionalNbr. 2005, January 2005

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1523 el discurso del odio en la jurisprudencia constitucional: analisis comparativo *.

SUMARIO INTRODUCCIÓN I. DISCURSO DEL ODIO Y LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN: TEMAS Y PROBLEMAS. II. DISCURSO DEL ODIO Y LA JURISPRUDENCIA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN LOS ESTADOS UNIDOS. III. EL TRATAMIENTO DEL DISCURSO DEL ODIO EN EL MARCO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS Y EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL DE OTRAS DEMOCRACIAS OCCIDENTALES. A. CANADÁ. B. EL REINO UNIDO. C. ALEMANIA. D. CONVENIOS INTERNACIONALES. IV. ENFRENTANDO LOS DESAFÍOS DEL DISCURSO DEL ODIO EN LAS DEMOCRACIAS CONSTITUCIONALES CONTEMPORÁNEAS: OBSERVACIONES Y PROPUESTAS. CONCLUSIÓN. INTRODUCCIÓN

El discurso del odio --es decir, el discurso concebido para promover el odio sobre la base de cuestiones raciales, religiosas, étnicas o de origen nacional-- plantea problemas complejos y desconcertantes para los derechos constitucionales contemporáneos relacionados con la libertad de expresión (1) El tratamiento constitucional de estos problemas, por otra parte, ha distado mucho de ser uniforme, ya que los límites entre la propagación inaceptable del odio y el discurso protegido varían de un escenario a otro. Sin embargo, existe una gran línea divisoria entre los Estados Unidos y otras democracias occidentales. En los Estados Unidos, el discurso del odio recibe una amplia protección constitucional, mientras que en el marco de los convenios internacionales sobre derechos humanos (2) y en otras democracias occidentales, como Canadá (3), Alemania (4) y el Reino Unido (5), está en buena parte prohibido y sujeto a sanciones penales.

Los enfoques contrastantes adoptados por los Estados Unidos y otras democracias occidentales ofrecen una oportunidad especial para emprender un análisis comparativo de los difíciles problemas planteados por el discurso del odio y de las diversas posibles soluciones a los mismos. Como veremos, en los Estados Unidos, el discurso del odio y las formas más convenientes de hacerle frente se conciben de modo muy distinto que en otras democracias occidentales. Esto se debe, en parte, a las diferencias en el contexto social, y, en parte, a las diferencias en el enfoque. Por ello, puede ser tentador avalar un enfoque meramente contextual del discurso del odio abarcando una amplia gama de diversas respuestas constitucionales que van desde el laissez faire norteamericano hasta la vigilancia alemana. Sin embargo, dada la tendencia hacia la globalización y el alcance transnacional instantáneo de la Internet, un enfoque meramente contextual parecería insuficiente cuando no completamente inadecuado. Por ejemplo, gran parte de la propaganda neonazi se genera actualmente en California y se transmite a través de la Internet a países como Canadá o Alemania, donde los grupos neonazis han establecido un punto de apoyo mucho más significativo que en los Estados Unidos (6). En la medida en que dicha propaganda equivale en general al discurso protegido en los Estados Unidos, parece ser poco lo que se puede hacer para limitar su propagación más allá del suelo norteamericano. ¿Ello justifica exigir un cambio de la jurisprudencia constitucional en los Estados Unidos? O, en términos más generales, ¿las circunstancias actuales justifican un replanteo sistemático de los enfoques constitucionales del discurso del odio?

En el presente Artículo, me concentraré en estas interrogantes a través de la comparación de los diferentes enfoques constitucionales existentes del discurso del odio. Sin embargo, antes de emprender dicha comparación, ofreceré en la Parte I una breve visión de conjunto de algunos de los temas más destacados que rodean el tratamiento constitucional del discurso del odio. En las dos partes siguientes, examinaré los dos principales enfoques constitucionales contrastantes del discurso del odio. La Parte II centrará su atención en los Estados Unidos y analizará el discurso del odio dentro del marco más amplio de la jurisprudencia de la libertad de expresión conforme a la Constitución de los Estados Unidos. La Parte III abordará el enfoque alternativo desarrollado en otras democracias occidentales y en su mayor parte avalado en los convenios internacionales pertinentes. Finalmente, la Parte IV comparará los dos enfoques contrastantes y explorará la mejor forma de abordar el discurso del odio en tanto problema para la jurisprudencia constitucional contemporánea.

I. DISCURSO DEL ODIO Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN: TEMAS Y PROBLEMAS

La regulación del discurso del odio es en gran medida un fenómeno posterior a la Segunda Guerra Mundial (7). Inducidos por los evidentes vínculos entre la propaganda racista y el Holocausto, diversos convenios internacionales (8), así como países individuales tales como Alemania (9), y en la década inmediatamente posterior a la guerra, los Estados Unidos (10), excluyeron el discurso del odio del alcance de la expresión protegida constitucionalmente. Vista desde la perspectiva particular de un rechazo de la experiencia nazi y un intento de evitar su resurgimiento, la represión del discurso del o...

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