RESOLUCION N° 034-2012-ITP/DEC - Designan Secretario General y Directora General de la Dirección General del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP.

Fecha de disposición05 Diciembre 2012
Fecha de publicación05 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 5 de diciembre de 2012 480075
2. Precísese que vencido el plazo previsto para la
presentación de las solicitudes de acogimiento, los titulares
de estas embarcaciones que no hubieran presentado
oportunamente su solicitud, sólo podrán realizar actividad
extractiva del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y
Anchoveta Blanca (Anchoa nasus) a partir de la milla
marina 10.
Asimismo, vencido el precitado plazo, la Dirección
General de Extracción y Producción Pesquera para
Consumo Humano Indirecto del Ministerio de la Producción
remitirá a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas
del Ministerio de Defensa, la relación de embarcaciones
que sí cumplieron con presentar su solicitud, a f‌i n que
sean inspeccionadas y continuará con el procedimiento
respectivo.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Aprobación y publicación del formato de
Rendición de Cuentas
La Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero
aprobará y publicará el formato de Rendición de Cuentas en
el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, a ser computado
desde la entrada en vigencia de la presente Resolución
Ministerial; contando con facultades para su modif‌i cación
posterior, de ser necesario.
Segunda.- Entrada en vigencia de obligación de
reporte de Rendición de Cuentas
Los titulares de los permisos de pesca de las
embarcaciones de Menor escala y de Mayor escala así
como los titulares de las licencias de los Establecimientos
de Procesamiento Pesquero para Consumo Humano
Directo y los Establecimientos Industriales Pesqueros
para Consumo Humano Indirecto, presentarán el primer
reporte de Rendición de Cuentas al Ministerio, el último
día hábil del mes de diciembre del año 2012.
Tercera.- Permisos de Pesca de Menor Escala
1. Otórguese a los Gobiernos Regionales un plazo
improrrogable de cinco (5) días hábiles, contados desde
la entrada en vigencia de la presente Resolución, para
cumplir la obligación a su cargo prevista en la Resolución
Ministerial Nº 433-2012-PRODUCE, de remitir al
Ministerio (i) la evaluación de las solicitudes de permiso
de pesca de embarcaciones mayores a 10 m3 de
capacidad de bodega recibidas, (ii) el listado preliminar de
las embarcaciones sujetas al régimen de menor escala,
respecto de las cuales se ha verif‌i cado el cumplimiento
de la Resolución Ministerial Nº 100-2009-PRODUCE,
no tengan deudas consentidas pendientes de pago por
haber incurrido en infracciones; y,(iii) copia del acervo
documentario respectivo.
2. Vencido el plazo previsto en el párrafo precedentesin
que los Gobiernos Regionales cumplan con presentar
toda la información requerida,la Dirección General
de Extracción y Producción Pesquera para Consumo
Humano Directo del Viceministerio de Pesquería del
Ministerio de la Produccióniniciará la evaluación del
Listado de embarcaciones inscritas, remitido por los
Gobiernos Regionales al Ministerio en cumplimiento
de la Resolución Ministerial Nº 100-2009-PRODUCE
y sus modif‌i catorias.Para estos efectos, se faculta a
la citada Dirección General a requerir la información
necesaria a las personas naturales y/o jurídicas incluidas
en el Listado mencionado.A falta de información de los
Gobiernos Regionales sobre las deudas pendientes
de pago, se entenderá, bajo responsabilidad de cada
Gobierno Regional, que las personas naturales y/o
jurídicas incluidas en el acotado Listado, no les adeudan
suma alguna por este concepto.
3. En cualquier supuesto, a efectos de agilizar este
procedimiento, la Dirección General de Extracción y
Producción Pesquera para Consumo Humano Directo
remitirá a la Dirección General de Capitanía y Guardacostas
del Ministerio de Defensa, la relación de embarcaciones que
pasarán la inspección técnica a que se ref‌i ere el artículo 6
de la Resolución Ministerial Nº 433-2012-PRODUCE. En
dicha relación, se incluirá a las embarcaciones que forman
parte del Listado remitido por los Gobiernos Regionales
al Ministerio,citado en el párrafo precedente, que además
hayan solicitado la obtención de su permiso de pesca de
menor escala, al amparo de la Resolución Ministerial Nº
433-2012-PRODUCE.
Cuarta.- Plazo máximo para la presentación de
solicitudes por parte de los titulares de embarcaciones
de madera comprendidas en la Ley Nº 26920
Establézcase el 17 de diciembre del 2012, como plazo
máximo para que los titulares de permisos de pesca de
las embarcaciones a que se ref‌i ere la Única Disposición
Complementaria Final y Transitoria de la Resolución
Ministerial Nº 433-2012-PRODUCE, presenten sus
solicitudes de acogimiento al Convenio de Adecuación de sus
embarcaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN
Ministra de la Producción
874507-1
Designan Secretario General y Directora
General de la Dirección General del
Servicio Nacional de Sanidad Pesquera
del Instituto Tecnológico Pesquero del
Perú - ITP
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
N° 034-2012-ITP/DEC
Callao, 28 de noviembre de 2012
VISTO:
El Acuerdo del Consejo Directivo N° 043-16-2012-ITP/
CD de fecha 14 de noviembre de 2012, correspondiente a
la Sesión Ordinaria N° 16-2012-ITP/CD, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento de visto, se designa al
señor doctor Luis Celedonio Valdez Pallete, en el cargo
de Secretario General del Instituto Tecnológico Pesquero
del Perú – ITP, a cuyo efecto suscribirá el Contrato
Administrativo de Servicios – CAS, con la representante
legal del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP;
Que, el Acuerdo mencionado en el considerando
precedente se adoptó, en consideración que se encuentra
vacante el cargo público de conf‌i anza de Secretario
General del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP,
contenido en el Cuadro para Asignación de Personal del
Instituto Tecnológico Pesquero del Perú –ITP, aprobado por
la Resolución Ministerial N° 378-2012-PRODUCE;
Que, asimismo, es de aplicación el numeral 17.1 del
artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, referente a ef‌i cacia anticipada del
acto administrativo, que dispone: “La autoridad podrá disponer
en el mismo acto administrativo que tenga ef‌i cacia anticipada
a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados,
y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses
de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera
en la fecha a la que pretenda retrotraerse la ef‌i cacia del acto el
supuesto de hecho justif‌i cativo para su adopción”;
Que, por razones de servicio resulta necesario formalizar
la designación del funcionario que desempeñe el referido
cargo de conf‌i anza;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de Funcionarios Públicos; Decreto Legislativo 92,
Ley que crea el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP; y,
el Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado
por Resolución Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, en vías de formalización, al
doctor Luis Celedonio Valdez Pallete, en el cargo público de
conf‌i anza de Secretario General del Instituto Tecnológico
Pesquero del Perú – ITP, con ef‌i cacia anticipada al 16 de
noviembre del 2012.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
INES CARAZO DE CABELLOS
Directora Ejecutiva Científ‌i ca
Instituto Tecnológico Pesquero del Perú
I.T.P.
874074-1

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