ORDENANZA N° 1638 - Desafectan uso del suelo de predios ubicados en el distrito de Los Olivos

Fecha de disposición19 Diciembre 2012
Fecha de publicación19 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 19 de diciembre de 2012
481248
187-2012-GR-HUANUCO/DREMH, 30) SANTA ALLICA
D: Cod. 600004912: Coord. UTM: V1: N 8 910 000 00 E
314 000 00, V2: N 8 907 000 00 E 314 000 00, V3: N 8 907
000 00 E 312 000 00, V4: N 8 908 000 00 E 312 000 00,
V5: N 8 908 000 00 E 310 000 00, V6: N 8 909 000 00 E
310 000 00, V7: N 8 909 000 00 E 312 000 00, V8: N 8 910
000 00 E 312 000 00; TIT. TIOFILA ELADIA TARAZONA
DIAZ; R.D.R Nº 183-2012-GR.HUANUCO/DREMH, 31)
COCHAHUASI 3: Cod. 600005012: Coord. UTM: V1: N 8
943 000 00 E 337 000 00, V2: N 8 942 000 00 E 337 000
00, V3: N 8 942 000 00 E 335 000 00, V4: N 8 943 000 00
E 335 000 00; TIT. DIONICIO PONCIANO GOMEZ; R.D.R.
188-2012-GR-HUANUCO/DREMH, 32) SJK 105: Cod.
600004812: Coord. UTM: V1: N 8 905 000 00 E 335 000
00, V2: N 8 901 000 00 E 335 000 00, V3: N 8 901 000 00
E 336 000 00, V4: N 8 899 000 00 E 336 000 00, V5: N 8
899 000 00 E 335 000 00, V6: N 8 900 000 00 E 335 000
00, V7: N 8 900 000 00 E 334 000 00, V8: N 8 905 000 00
E 334 000 00; TIT. S.M.R.L. ALFA 101; R.D.R. Nº 189-
2012-GR-HUANUCO/DREMH, 33) SAN DIEGO: Cod.
600005412: Coord. UTM: V1: N 8 978 000 00 E 354 000
00, V2: N 8 977 000 00 E 354 000 00, V3: N 8 977 000 00
E 353 000 00, V4: N 8 978 000 00 E 353 000 00; TIT.
WILLIAM MELCHOR NIETO CASTAÑEDA; R.D.R. Nº
182-2012-GR-HUANUCO/DREMH, 34) ZENON 2012:
Cod. 600005212: Coord. UTM: V1: N 8 947 000 00 E 298
000 00, V2: N 8 946 000 00 E 298 000 00, V3: N 8 946 000
00 E 297 000 00, V4: N 8 945 000 00 E 297 000 00, V5: N
8 945 000 00 E 295 000 00, V6: N 8 946 000 00 E 295 000
00, V7: N 8 946 000 00 E 296 000 00, V8: N 8 947 000 00
E 296 000 00; TIT. ROSA MONTESINOS ABAD.; R.D.R.
181-2012-GR-HUANUCO/DREMH.
879424-1
GOBIERNO REGIONAL
DE LA LIBERTAD
Disponen publicar concesión minera
de alcance regional cuyos títulos fueron
aprobados en el mes de julio de 2012
GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA,
MINAS E HIDROCARBUROS
RESOLUCIÓN GERENCIAL
Nº 105-2012-GRLL-GGR/GREMH
Trujillo, 10 de agosto del 2012
VISTOS, la relación de Títulos Mineros otorgados por
la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos
de La Libertad en el mes de julio del año 2012, conforme a
lo informado por el Área Legal y Técnica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 179-2006-
MEM/DM publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano con fecha
16 de abril de 2006, se declaró entre otros que el Gobierno
Regional de La Libertad concluyó el proceso de transferencia
de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo
a partir de esa fecha competente para ejercer entre otras, la
función de “otorgar concesiones mineras para pequeña minería
y minería artesanal de alcance regional”.
Que, el Gobierno Regional de La Libertad a través de
la Gerencia de Energía, Minas e Hidrocarburos ha iniciado
el otorgamiento de Títulos de Concesión minera para
pequeña minería y minería artesanal de alcance regional,
conforme lo indicado en el párrafo anterior.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º
del Decreto Supremo Nº 014-92-EM – TUO de la Ley General
de Minería, se debe cumplir con publicar en el Diario Of‌i cial
El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos
hubiesen sido aprobados el mes anterior, considerando lo
establecido en el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-
92-EM – Reglamento de Procedimientos Mineros;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Of‌i cial El
Peruano la concesión minera de alcance regional cuyos
títulos fueron aprobados en el mes de julio del 2012, de
acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la
presente resolución y para los efectos a que se contraen
24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.
Regístrese y publíquese.
GEANMARCO A. QUEZADA CASTRO
Gerente
Gerencia Regional de Energía,
Minas e Hidrocarburos
872639-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Desafectan uso del suelo de predios
ubicados en el distrito de Los Olivos
ORDENANZA N° 1638
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6
de noviembre de 2012 el Dictamen Nº 112-2012-MML-
CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 112-
2012-MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos
Legales
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE DESAFECTA UN PREDIO EN EL
DISTRITO DE LOS OLIVOS
Artículo Primero.- Desafectar el Uso del Suelo del
área de 3,967.50 m², que forma parte de un área mayor
de 4,620.50 m², calif‌i cada como parte del Equipamiento
Urbano destinado a Complejo Deportivo N° 2, con el
propósito de destinarlo para f‌i nes de Equipamiento de
Salud, ubicado en Pueblo Joven P.M.V “Confraternidad”
Mz. COM2, distrito de Los Olivos, Provincia y
Departamento de Lima, e inscrito en la Partida Nº
P01053049 del Registro de Propiedad Inmueble de
Lima de la Zona Registral N° IX, debiéndosele asignar
al área desafectada, el Uso de Equipamiento de Salud
(H2), de conformidad con el Plano Nº 306A-2012-MML-
GDU-SPHU-DD de fecha 19 de octubre del 2012 de
la División de Desafectaciones de la Subgerencia de
Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia
de Desarrollo Urbano.
Artículo Segundo.- Desafectar el Uso del Suelo
del área de 2,500.00 m2, destinado a Centro de Salud,
debidamente inscrito en la Partida N° PO1052831 del
Registro de Predios de la Zona Registral N° IX – Sede
Lima, la misma que conjuntamente con el área remanente
del Complejo Deportivo N° 2, cuya extensión es de 652.50
m2, deberán conformar una sola unidad con un área total de
3,152.50 m2, para ser destinada a Complejo Deportivo del
AA.HH. Juan Pablo II; debiéndosele asignar la zonif‌i cación
de Otros Usos (OU), de conformidad con el Plano Nº 306A-
2012-MML-GDU-SPHU-DD de fecha 19 de octubre del
2012 de la División de Desafectaciones de la Subgerencia
de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia
de Desarrollo Urbano.
Artículo Tercero.- Rectif‌i car la zonif‌i cación de
los terrenos destinados a Centro Cívico Comunal y el
PRONOEI, cada uno con un área de terreno de 860.00
m2, asignándoles la calif‌i cación de Otros Usos (OU –
Centro Cívico Comunal) y Otros Usos (OU – PRONOEI),
respectivamente.

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