Derechos humanos y alienación del hombre

AutorManuel Atienza Rodríguez
Cargo del AutorCatedrático de Filosofía del Derecho, Universidad de Alicante
Páginas27-77
Derechos humanos y alienación del hombre
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DERECHOS HUMANOS Y ALIENACIÓN
DEL HOMBRE
1. EL MARX LIBERAL
Karl Marx nació en 1818, en Tréveris (Renania), en una
familia judía que descendía de rabinos por ambas ramas.
Según su biógrafo McLellan1, casi todos los rabinos de
Tréveris, desde el siglo XVI en adelante, fueron antepasados suyos.
Sin embargo, su padre, abogado de ideas liberales y racionalistas,
se había convertido al protestantismo (religión minoritaria en una
región predominantemente católica) poco antes del nacimiento
de Karl, para poder seguir ejerciendo su profesión. La conversión
estuvo lejos de ser traumática, pues Heinrich Marx profesaba un
deísmo abierto, inspirado en las ideas francesas de la Ilustración,
que transmitió a su hijo Karl hasta que este se hizo ateo, cosa que,
por cierto, ocurrió muy pronto.
Además de la de su padre, Marx recibió también la influencia
1 Cfr. MCLELLAN, D. Karl Marx. Su vida y sus ideas, p. 11, Editorial Grijalbo,
Barcelona, 1977. Para los datos biográficos de Marx he tenido en cuenta,
además de esta obra, la clásica biografía de MEHRING, F, Carlos Marx. Historia
de su vida, Grijalbo, Barcelona-Buenos Aires-Mexico, 1975 y la de I. BERLÍN,
Karl Marx, Alianza Editorial, Madrid, 1973.
Manuel Atienza Rodríguez
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—en los primeros años de su formación— del que luego sería su
suegro, el barón Ludwig von Westphalen, hombre sumamente culto
y de ideas liberales y progresistas que, entre otras cosas, dio a conocer
a Marx la obra del socialista “utópico” Saint Simon.
Después de realizar estudios en su ciudad natal, Mar x se
traslada en 1835 a Bonn para estudiar Derecho y, un año después,
a Berlín, en donde permanece durante más de cuatro años. En
Berlín, además de cultivar la poesía, de llevar una vida (como había
hecho ya en Bonn) bastante agitada y de demostrar (lo que será una
constante en él) su incapacidad para la administración económica
y su propensión al despilfarro, entra en contacto con la filosofía de
Hegel —entonces la filosofía oficial en Berlín— e ingresa en un
club de jóvenes hegelianos, el club de los doctores berlineses2 que
efectuaban una interpretación liberal y progresista (“izquierdista”)
de Hegel y que encabezaba Bruno Bauer con el que Marx traba una
estrecha amistad que no durará mucho.
En la univer sidad de Berlín, asiste a diversos cursos de
Derecho. Los que más le interesaron —aunque por motivos dife-
rentes— fueron los que impartían el neohegeliano y liberal E. Gans,
sobre Derecho penal y F. K. von Savigny, el principal representante
de la escuela histórica del Derecho. Marx intenta por aquella época
construir un sistema de filosofía del Derecho, pero tiene que aban-
donar la empresa ante la imposibilidad con la que se encuentra de
resolver (metafísicamente) el conflicto entre el ser y el deber ser.
La relación de Marx con la escuela histórica, la dirección
de pensamiento con la que surge la ciencia jurídica moderna en
Alemania a comienzos del XIX y que, entre otras cosas, negaba
los derechos humanos desde posturas antiliberales y reaccionarias,
es de un gran interés. En un artículo que publica en 1842 en la
Gaceta Renana de Colonia (de la que luego se hablara) y titulado
“El manifiesto de la escuela histórica del Derecho”3, dirigía una
2 Sobre la ubicación del joven Marx dentro de la filosofía neohegeliana de la
época, cfr. GONZÁLEZ VINCÉN, F. “Filosofía y revolución en los primeros escritos
de Marx”. En: Sistema, N.º 40, Madrid, enero, 1981.
3 El artículo aparece el 9-VIII-1842. Las referencias de los artículos de Marx
en la Gaceta Renana las tomo de la edición italiana de FIRPO, L. MARX, K.
Scritti politici giovanili, Einaudi, Turín, 1950 (reimpresión, 1975). En breve
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dura critica contra G. Hugo, usualmente considerado como el
precursor de la escuela. Para Hugo —comentaba irónicamente
Marx— “toda existencia tiene el valo r de una autoridad, toda
autoridad tiene para él el valor de un fundamento”4. “Si con ra-
zón —añadía poco después— se debe considerar a la filosofía de
Kant como la teoría alemana de la revolución francesa, el Derecho
natural de Hugo es entonces la teoría alemana del ancien régime
francés”5. Y en su “Contribución a la crítica de la filosofía del
Derecho de Hegel”, que se publica en los Anales franco-alemanes,
en 1844, se referirá a la escuela histórica del Derecho como “una
escuela que legitima la infamia de hoy con la infamia de ayer, una
escuela que declara rebelde todo grito del siervo contra el látigo
cuando éste es un látigo antiguo”6.
González Vicén tiene razón, en mi opinión, al considerar que
la crítica de Marx no es en realidad una crítica contra una “escuela”,
es decir, contra “un núcleo de pensamiento articulado y sostenido
por autores determinados”, sino “un ataque de principio contra una
ideología7: la ideología justificadora de la Restauración y del Estado
prusiano de la época que entraba en contradicción flagrante con la
que representaba la izquierda hegeliana. Por otro lado, la crítica de
Marx no era sólo la de un hegeliano de izquierdas más, sino que
formaba parte del proceso deformación de su pensamiento original,
“cuyo trasfondo no es otro que la fundamentación de su nueva no-
ción de la filosofía como parte integrante del mundo real y como
predicado revolucionario para la transformación de este mundo”8.
aparecerá una traducción castellana de estos trabajos de Marx, a cargo de J.
VERMAL, L. en Fernando Torres Editor, Valencia.
4 Ibídem, p. 160.
5 Ibídem, p. 161.
6 MARX, K. Contribución a la crítica de la filosofía del Derecho de Hegel, con notas
aclaratorias de R. Mondolfo, Editorial Nueva, Buenos Aires, segunda edición,
1968, p. 13.
7 GONZÁLEZ VICÉN, F. “Marx y la escuela histórica”. En: Sistemas, N.º 43-44,
Madrid, septiembre, 1981, p. 12.
8 Ibídem, pp. 15-16, subrayado en el original. Sobre Marx y la escuela histori-
ca, vease también, GUASTINI, R. Marx. Dalla filosofía del ditritto alla scienza
della società pp. 51-70. II Mulino, Bolonia, 1974; y W. PAUL, “Marx versus
Savigny”. En: Anales de la cátedra F. Suárez, N.º 18-19, Granada, 1978-79, pp.
243-269.

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