El derecho concursal de hoy
Via Crisis. Revista electrónica de Derecho concursal › Núm. 47, Marzo 2009
Enlazado como:
Via Crisis. Revista electrónica de Derecho concursal › Núm. 47, Marzo 2009
Enlazado como:Resumen
Un nuevo modelo. Un nuevo bien jurídico tutelado. Un nuevo presupuesto material. La anticipación a la insolvencia. La categorización que evanesce la par conditio. El test del mejor interés del acreedor. El comité de acreedores. Desjudicialización y administrativización. El acreedor involuntario. Y como verifican su créditos? Igual que los voluntarios. La intervención del tercero, no acreedor. El cramdown power.
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
El derecho concursal de hoy
(Fotografía en Documento Pdf)
No vamos a saber lo que es el derecho concursal de hoy, sino a hacer un breve programa que resulte de apertura, porque el derecho concursal del siglo XXI es absolutamente NEW, nuevo. Y digo NEW, in inglish, porque este derecho concursal experimenta a partir del Siglo XXI, concretando los atisbos que ya se habían insinuado en el ocaso del siglo pasado, un giro copernicano, generado por la influencia decisiva de institutos anglosajones posibilitado tal vez por circunstancias económicas que se advierten potenciadas con un fenómeno de prosapia principalmente económica llamada globalización . Cambia el mundo de 1970 / 80 en adelante. El derecho concursal está destinado como ustedes saben, al tratamiento de las dificultades de las crisis del sujeto económico. Pero nunca en la historia de la humanidad, y esto es razonable en función del que el progreso no admite vista atrás, nunca jamás la economía había alcanzado un nivel de integración tan grande en función de los nuevos instrumentos al servicio de la humanidad.1 Las comunicaciones devoraron las distancias y superaron mares y cordilleras. Y al evanescer las fronteras el mundo económico es uno. Se decía antes, estornudan en EE.UU.. y hay gripe en México. Pues bien: hoy decimos, hay fiebre en Estado Unidos y tiene neumonía el Mundo. Esa globalización de la economía reclama la globalización del derecho, aunque no como un propósito deliberado, sino como un imperativo de la realidad. Lo cierto es que también detrás de esa realidad hay todo un movimiento académico y dogmático en los grandes centros internacionales del poder, en función del conocimiento de todos los ordenamientos internacionales. Detrás de ese conocimiento está la homogenización. Este es el momento de actuar en orden de los principios del derecho concursal, sobre lo cual han tenido ya conferencias previas, y aquí es también donde debemos hacer una referencia histórica a un periodo dogmático para tratar de focalizar cuales son los grandes cambios. Es cierto en primer término que son muy grandes, y con memoria presente de un pasado relativamente cercano, admitamos que aquello que estudiamos ayer, está en crisis hoy. ¿Qué podemos argumentar para decir que estamos frente a un tsunami concursal como a mí me gusta decir?... Miren ustedes, todos los ordenamientos legislativos en materia concursal reconocen una vieja sedimentación. Se dice que como los buenos vinos, lo regímenes más estables eran aquellos axiológicamente o académicamente u operativamente más calificados. Sin ir más lejos, la famosa Konkursordnung Alemana, de 1887, tuvo una pequeña modificación con la Vergleischordnung de 1935, pero permaneció vigente prácticamente 100 años. Ostentaba los pergaminos mas calificados de todas las existentes, sobre todo en un mund...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex Perú
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Otros documentos:
Decisión nº 6C-2760-06 de Tribunal Sexto de Control Los Teques de Miranda, de February 12, 2007 | Decisión nº 512-07 de Tribunal Duodécimo de Control de Zulia Extensión Maracaibo de Fe... | decisión de juzgado superior civil y mercantil de monagas, de february 01, 2007 | Decisión nº WP01-R-2006-00094 de Corte de Apelaciones de Vargas, de April 03, 2006