RESOLUCION SUPREMA N° 111-2008-JUS - Deniegan pedidos de extradición activa de procesados por presunta comisión de delitos contra el patrimonio y contra la vida, el cuerpo y la salud, formulados por juzgados de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Moquegua

Fecha de disposición03 Julio 2008
Fecha de publicación03 Julio 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 3 de julio de 2008 375389
Deniegan pedidos de extradición activa
de procesados por presunta comisión
de delitos contra el patrimonio y contra
la vida, el cuerpo y la salud, formulados
por juzgados de las Cortes Superiores
de Justicia de Lima y Moquegua
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 110-2008-JUS
Lima, 2 de julio de 2008
Visto; el Informe de la Comisión Of‌i cial de Extradiciones
y Traslado de Condenados Nº 054-2008/COE-TC del 3 de
junio de 2008, sobre la solicitud de extradición activa del
procesado EDIN ASTO ARIAS, formulada por el Primer
Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho de
la Corte Superior de Justicia de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Consultiva de fecha 9 de mayo
de 2008, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte
Suprema de Justicia de la República declaró procedente
la solicitud de extradición activa del procesado EDIN
ASTO ARIAS, por la presunta comisión del delito contra
el patrimonio - estafa en agravio de Antenor Ñaupa Neyra
(Exp. Nº 53-2008);
Que, mediante el Informe Nº 054-2008/COE-TC del 3
de junio de 2008, la Comisión Of‌i cial de Extradiciones y
Traslado de Condenados propone acceder al pedido de
extradición activa del referido procesado;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral
por el Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución
consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que
considere conveniente;
Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del Artículo
514º del Código Procesal Penal, promulgado por el
Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del Artículo 34º
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS
y lo dispuesto en el literal “a” del Artículo 28º del Decreto
Supremo Nº 016-2006-JUS;
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Denegar el pedido de extradición activa
del procesado EDIN ASTO ARIAS, formulado por el Primer
Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Lurigancho de
la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA
Ministra de Justicia
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
221706-7
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 111-2008-JUS
Lima, 2 de julio de 2008
Visto; el Informe de la Comisión Of‌i cial de Extradiciones
y Traslado de Condenados Nº 039-2008/COE-TC del 30
de abril de 2008, sobre la solicitud de extradición activa
del procesado CARLOS ALBERTO CHÁVEZ MEDINA,
formulada por el Juzgado Especializado en lo Penal de Ilo
de la Corte Superior de Justicia de Moquegua;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Consultiva de fecha 10 de enero
de 2008, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte
Suprema de Justicia de la República declaró procedente
la solicitud de extradición activa del procesado CARLOS
ALBERTO CHÁVEZ MEDINA, para que sea procesado
por la presunta comisión del delito contra la vida, el
cuerpo y la salud - lesiones graves y homicidio en grado
de tentativa, en agravio de Elizabeth Emperatriz Rivera
Gutiérrez (Exp. Nº 102-2007);
Que, mediante el Informe Nº 039-2008/COE-TC del 30
de abril de 2008, la Comisión Of‌i cial de Extradiciones y
Traslado de Condenados propone acceder al pedido de
extradición activa del referido procesado;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral
por el Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución
consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que
considere conveniente;
Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del Artículo 514º
del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto
Legislativo Nº 957, el inciso 5) del Artículo 34º del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial
dispuesto en el literal “b” e “i” del Artículo 28º del Decreto
Supremo Nº 016-2006-JUS;
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Denegar el pedido de extradición activa
del procesado CARLOS ALBERTO CHÁVEZ MEDINA,
formulado por el Juzgado Especializado en lo Penal de Ilo
de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA
Ministra de Justicia
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
221706-8
PRODUCE
Otorgan permiso de pesca a favor de
Inversiones Quiaza S.A.C. para operar
embarcación pesquera de bandera
nacional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 244-2008-PRODUCE/DGEPP
Lima, 20 de mayo del 2008
Visto el escrito con registro Nº 00030589 de fecha 28
de abril del 2008, presentado por INVERSIONES QUIAZA
S. A. C.
CONSIDERANDO:
Que conforme a los Artículos 43º y 44º del Decreto
Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, para la operación
de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las
personas naturales y/o jurídicas requerirán del permiso
de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho
específ‌i co que el Ministerio de la Producción otorga a
plazo determinado para el desarrollo de las actividades
pesqueras a nivel nacional;
Que mediante Resolución Directoral Nº 190-2007-
PRODUCE/DGEPP, de fecha 4 de abril del 2007, se
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR