DECRETO SUPREMO N° 315-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, para el financiamiento de proyectos de inversión pública de saneamiento rural

Fecha de disposición19 Noviembre 2014
Fecha de publicación19 Noviembre 2014
El Peruano
Miércoles 19 de noviembre de 2014
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casos en que corresponda se solicitará opinión previa
del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del
Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modif‌i cada
por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, a OCHENTA Y CINCO
(85) militares de la República del Ecuador, del 19 al 23
de noviembre de 2014, a f‌i n que participen en una visita
académica profesional al Servicio Industrial de la Marina
SIMA-PERU y a la Dirección de Hidrografía y Navegación
de la Marina de Guerra del Perú, como parte de una gira
Académica Profesional.
Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cada
por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1166436-1
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Designan responsable de remitir al
Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo las ofertas de empleo de la
Unidad Ejecutora 001: Sede Central
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 268-2014-MIDIS
Lima, 18 de noviembre de 2014
VISTO:
El Memorando Nº 1653-2014-MIDIS/SG/OGA, emitido
por la Of‌i cina General de Administración del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito,
competencias, funciones y estructura orgánica básica;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 012-2004-
TR, establece que todo organismo público y empresa
del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil
Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan
previsto concursar, con diez (10) días hábiles de
anticipación al inicio del concurso;
Que, asimismo, el citado artículo 2 del Decreto
Supremo Nº 012-2004-TR prevé que los organismos
públicos y empresas del Estado designarán al funcionario
responsable de remitir las ofertas de empleo de la
entidad, debiendo realizarse dicha designación mediante
resolución del titular de la entidad publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 047-2012-
MIDIS, se designó a la responsable de remitir al Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de empleo
de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social;
Que, en atención a lo indicado mediante documento
de Visto, se considera necesario dar por concluida la
designación efectuada mediante Resolución Ministerial
Nº 047-2012-MIDIS, a f‌i n de designar al cargo de Jefe(a)
de la Of‌i cina de Recursos Humanos como responsable
de remitir la citada información al Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29792,
Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo
Nº 011-2012-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada
mediante Resolución Ministerial Nº 047-2012-MIDIS.
Artículo 2.- Designar al Jefe(a) de la Of‌i cina
de Recursos Humanos de la Of‌i cina General de
Administración como responsable de remitir al Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de empleo
de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1166058-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014, para el financiamiento
de proyectos de inversión pública de
saneamiento rural
DECRETO SUPREMO
Nº 315-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
establece que dicho Ministerio tiene por f‌i nalidad normar
y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e
integración de los centros poblados, urbanos y rurales,
como sistema sostenible en el territorio nacional;
señalando que tiene competencia en materia de vivienda,
construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo
urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo
competencias compartidas con los gobiernos regionales y
locales en dichas materias;
Que, el artículo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013,
cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagésima
Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº
30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014 crea el Fondo para la Inclusión Económica en
Zonas Rurales - FONIE, a cargo del Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social - MIDIS, con la f‌i nalidad de f‌i nanciar la
elaboración de estudios de pre-inversión, la reformulación
de estudios de proyectos de inversión pública que no
se encuentren en etapa de ejecución, la ejecución de
proyectos de inversión pública, y/o mantenimiento a cargo
de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas
jurídicas privadas, para la ejecución de infraestructura de
agua y saneamiento, electrif‌i cación, telecomunicaciones
y caminos vecinales, así también para las intervenciones
en infraestructura de caminos de herradura, las
intervenciones en agua y saneamiento, electrif‌i cación y
telecomunicaciones que permitan el acceso de los centros
educativos y de salud a tales servicios, y, en la fase de post
inversión, la operación de proyectos de inversión pública;
en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II
de pobreza y que cuenten con más del 50 % de hogares
en proceso de inclusión conforme a lo determinado por el
citado Ministerio, así como en la zona del Valle de los Ríos
Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las
zonas de frontera, y en las zonas de inf‌l uencia de estos;
con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad,
de los servicios básicos seleccionados, generando un

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