DECRETO SUPREMO N° 296-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de los Pliegos Instituto de Gestión de Servicios de Salud y Ministerio de Salud

Fecha de disposición26 Octubre 2014
Fecha de publicación26 Octubre 2014
El Peruano
Domingo 26 de octubre de 2014 535957
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
304-2012-EF y modif‌i catorias, establecen que las Leyes de
Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva
de Contingencia que constituye un crédito presupuestario
global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía
y Finanzas, destinada a f‌i nanciar los gastos que por
su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en
los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las
transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo
a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante
decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía
y Finanzas;
Que, los recursos solicitados para las acciones
antes descritas no han sido previstos en el presupuesto
institucional del año f‌i scal 2014 del pliego 007: Ministerio
del Interior, por lo que, resulta necesario autorizar una
Transferencia de Partidas hasta por la suma total de
TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SIETE
MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 37 907 885,00), a favor del citado
pliego, con cargo a los recursos previstos en la Reserva
de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modif‌i catorias;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, hasta por la suma total de TREINTA Y SIETE
MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
37 907 885,00), a favor del pliego 007: Ministerio del
Interior, destinada a f‌i nanciar las acciones descritas en
la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo
al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 37 907 885,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 37 907 885,00
===========
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 007 : Ministerio del Interior
UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas
de la PNP
En Nuevos Soles
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 32 731 523,00
UNIDAD EJECUTORA 009 : VII Dirección Territorial de Policía
Lima
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE
NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001281 : Vigilancia Policial de Naturaleza
Civil
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 5 176 362,00
---------------------
TOTAL PLIEGO 007 37 907 885,00
=============
TOTAL EGRESOS 37 907 885,00
=============
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación
institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el
artículo 1 de la presente norma, a nivel programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF
y modif‌i catorias.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que hace
referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco
días del mes de octubre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1155440-4
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014 a favor de los Pliegos
Instituto de Gestión de Servicios de
Salud y Ministerio de Salud
DECRETO SUPREMO
N° 296-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprueba,
entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011:
Ministerio de Salud;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167 se creó
el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un
organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de
Salud, que cuenta con personería jurídica de derecho
público, autonomía funcional, administrativa, económica
y f‌i nanciera, en el marco de las políticas establecidas
por el Ministerio de Salud, constituyendo un Pliego
Presupuestal;

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