DECRETO SUPREMO N° 244-2015-EF - Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Ministerio de la Producción

Fecha de disposición02 Septiembre 2015
Fecha de publicación02 Septiembre 2015
560553
NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de setiembre de 2015
El Peruano
/
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 774 966,00
ACTIVIDAD 5000668 : Desarrollo de la Educación Técnica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 394 061,00
TOTAL EGRESOS 39 965 911,00
===========
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente
artículo y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el
Anexo “Transferencia de recursos para f‌i nanciar la contratación
del profesorado en plazas validadas”, que forma parte
integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica
en los portales institucionales del Ministerio de Educación
(www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas
(www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la
presente norma en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados
en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma a nivel
programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la
vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución
será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a
los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23
del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modif‌i catorias.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General
de Presupuesto Público, las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente
Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo
responsabilidad, a f‌i nes distintos para los cuales son
transferidos.
Artículo 4.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día
del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1282168-2
Autorizan Transferencias de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015 a favor del pliego Ministerio de
la Produccion
DECRETO SUPREMO
Nº 244-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, según la Ley Nº 30156, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, el Ministerio tiene por f‌i nalidad normar y
promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e
integración de los centros poblados, urbanos y rurales,
como sistema sostenible en el territorio nacional;
señalando que tiene competencia en materia de vivienda,
construcción, saneamiento, urbanismo, desarrollo
urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo
competencias compartidas con los gobiernos regionales y
locales en dichas materias;
Que, asimismo, el Decreto Legislativo Nº 1047,
que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio
es competente en pesquería, acuicultura, industria y
comercio interno; precisando que es competente de
manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero,
pesquería industrial, acuicultura de mayor escala,
normalización industrial y ordenamiento de productos
f‌i scalizados; siendo competente de manera compartida
con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales,
según corresponda, en materia de pesquería artesanal,
acuicultura de menor escala y de subsistencia, promoción
de la industria y comercio interno en el ámbito de su
jurisdicción;
Que, la Octogésima Primera Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento a efectuar modif‌i caciones presupuestarias
en el nivel institucional, a favor del Ministerio de la
Producción, hasta por la suma de TREINTA MILLONES
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00), para la
ejecución del Gran Mercado de Iquitos - Belén; las cuales
se autorizan mediante decreto supremo, refrendado
por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de
la Producción y el Ministro de Vivienda, Construcción y
Saneamiento;
Que, mediante Of‌i cio N° 1782-2015-PRODUCE/
SG, el Ministerio de la Producción solicita al Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento retomar las
acciones administrativas a f‌i n de que se efectúe la
transferencia de recursos citada en el considerando
precedente, a favor de dicho pliego, hasta por la suma
de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
30 000 000,00), destinada a f‌i nanciar la ejecución del
proyecto de inversión pública “Mejoramiento del servicio
de comercialización del Gran Mercado de Belén - Iquitos,
Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”, con
código SNIP 317396;
Que, con Memorando Nº 2564-2015/VIVIENDA-
OGPP, la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
hace suyo el Informe Nº 374-2015/VIVIENDA-OGPP-
OP de la Of‌i cina de Presupuesto de esa misma entidad,
mediante el cual emite opinión favorable respecto a
la transferencia de recursos e informa que el pliego
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por la suma
de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
30 000 000,00), en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento-Administración
General, con cargo a la fuente de f‌i nanciamiento Recursos
Ordinarios, en mérito de lo cual, a través del Of‌i cio N°
1081-2015/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento solicita al Ministerio de
la Producción dar trámite a la referida transferencia de
recursos;
Que, el Ministerio de la Producción, mediante el Of‌i cio
N° 1815-2015-PRODUCE/SG, remite un proyecto de
decreto que autoriza una Transferencia de Partidas del
pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
a favor del pliego Ministerio de la Producción, hasta por
la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 30 000 000,00), para f‌i nanciar la ejecución
del proyecto de inversión pública “Mejoramiento del
servicio de comercialización del Gran Mercado de Belén
- Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”,
con código SNIP 317396, conforme a lo indicando en los
considerandos precedentes;
Que, de otro lado, a través de los Of‌i cios N°s. 1622 y
1841-2015-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Producción
solicita una demanda de recursos hasta por la suma de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR