DECRETO SUPREMO N° 108-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de pliegos del Gobierno Nacional y Gobierno Regional del Departamento de San Martín

Fecha de disposición06 Mayo 2015
Fecha de publicación06 Mayo 2015
El Peruano
Miércoles 6 de mayo de 2015
552036
país, a f‌i n de moderar los efectos contraproducentes
que puedan darse en la población como también en la
economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto
recursos por un total de DOSCIENTOS CINCUENTA Y
CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 255 855,00), a favor del
pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en
cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-
2014-EF/63.01 “Directiva que establece criterios y
procedimientos para el uso de los recursos, a que se
ref‌i ere la Segunda Disposición Complementaria Final
de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015”;
De conformidad con lo establecido en la Segunda
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282,
Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, la Directiva Nº 002-
2014-EF/63.01 “Directiva que establece criterios y
procedimientos para el uso de los recursos a que se
ref‌i ere la Segunda Disposición Complementaria Final
de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
304-2012-EF;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015
a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y
CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 255 855,00), a f‌i n de atender
tres (03) Actividades de Emergencia, para las situaciones
descritas en la parte considerativa de la presente norma,
de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.0. Reserva de Contingencia 255 855,00
----------------
TOTAL EGRESOS 255 855,00
=========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil
UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de
Defensa Civil
En Nuevos Soles
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y
Apoyo a la Rehabilitación y a la
Reconstrucción
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.4. Donaciones y Transferencias 255 855,00
----------------
TOTAL EGRESOS 255 855,00
=========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo
23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora
para que elabore las correspondientes “Notas para
Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que hace
referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco
días del mes de mayo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1233506-1
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015 a favor de pliegos del
Gobierno Nacional y Gobierno Regional
del Departamento de San Martín
DECRETO SUPREMO
Nº 108-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el
presupuesto institucional de diversos pliegos del Gobierno
Nacional y Gobierno Regional del Departamento de San
Martín;
Que, mediante Of‌i cio Nº 627-2015-P-CNM, el Consejo
Nacional de la Magistratura solicita recursos adicionales
para f‌i nanciar la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de
los servicios de selección y nombramiento, evaluación y
ratif‌i cación y procesos disciplinarios de jueces y f‌i scales
del CNM a nivel nacional mediante el fortalecimiento
integral de la organización, Lima, Lima”, con código SNIP
Nº 232365;
Que, mediante Of‌i cios Nºs. 394 y 401-2015-INPE/01,
el Instituto Nacional Penitenciario solicita recursos
adicionales para, entre otros, f‌i nanciar la operatividad de
los establecimientos penitenciarios de los departamentos
de Cusco, Puno y Lima, del nuevo establecimiento
penitenciario ubicado en la ciudad de Chincha y la
ampliación de la operatividad del establecimiento
penitenciario “Cochamarca” en la ciudad de Pucallpa;
la contratación de agentes de seguridad para varios
establecimientos penitenciarios; y los servicios de
mantenimiento, acondicionamiento y reparaciones en
cincuenta y siete (57) establecimientos penitenciarios a
nivel nacional;
Que, con fecha 29 de diciembre del 2014, el Proyecto
Especial “Juntas de Gobernadores BM/FMI – 2015 PERÚ”,
el Ministerio de Cultura y la Biblioteca Nacional del Perú
suscribieron un Convenio Específ‌i co de Cooperación
Interinstitucional, el cual tiene por objeto establecer los
términos de mutua cooperación para el óptimo desarrollo

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