DECRETO SUPREMO N° 016-2015-SA - Modifican el literal d) del inciso 15.2 del numeral 15 de las Disposiciones Complementarias del Decreto Supremo N° 034-2014-SA

Fecha de disposición30 Mayo 2015
Fecha de publicación30 Mayo 2015
El Peruano
Sábado 30 de mayo de 2015
553682
Artículo 2.- Apoyo a los miembros del CSST
Disponer que los órganos y unidades orgánicas del
Ministerio de Relaciones Exteriores brinden las facilidades
necesarias a los miembros del CSST a los que se ref‌i ere
la presente resolución.
Artículo 3.- Notif‌i cación y Publicación
Encargar la notif‌i cación de la presente resolución a
todos los miembros del CSST y disponer la publicación
de la misma en el Portal Institucional del Ministerio de
Relaciones Exteriores (www.rree.gob.pe), debiendo ser
difundida a todo el personal de la entidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RIOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1243469-1
Autorizan viaje de funcionaria
diplomática a EE.UU. en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0431/RE-2015
Lima, 27 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Foro de Cooperación Económica Asia Pacíf‌i co
(APEC) celebrará la Cuadragésima Reunión del Grupo de
Trabajo de Pequeña y Mediana Empresa (40 SMEWG),
del 10 al 11 de junio de 2015, en la ciudad de Atlanta,
Estado de Georgia, Estados Unidos de América;
Que, la participación peruana en las actividades
del Foro APEC se enmarca en el objetivo estratégico
de política exterior orientado a fortalecer la integración
regional y sub-regional en las esferas económica, política,
social y cultural, así como profundizar la inserción del
Perú en la Región Asia Pacíf‌i co;
Que durante el año 2015, corresponde al Perú
presidir el Comité de Cooperación Económica y Técnica
del APEC (ECOTECH), el cual constituye una instancia
intermedia para la consideración de las iniciativas que el
Grupo de Trabajo de Pequeña y Mediana Empresa eleva
a consideración de los Altos Funcionarios del APEC;
Que, la citada reunión desarrollará importantes iniciativas
para fortalecer la integración de las PYMES en las cadenas
de valor regional y global, que serían adoptadas por la XXIII
Reunión de Líderes del APEC, en noviembre de 2015 y que
deberán ser continuadas o implementadas a partir del año
2016, cuando el Perú ejercerá la Presidencia del APEC y será
sede de una reunión del Grupo de Trabajo de PYMES y una
Reunión Ministerial de PYMES, entre otras reuniones que se
celebrarán a lo largo de ese año y cuya agenda, documentos
y conducción estarán a cargo de equipos multisectoriales de
nuestro país;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 2194,
del Despacho Viceministerial, de 6 de mayo de 2015; y los
Memorandos (DAO) N.° DAO0241/2015, de la Dirección
General de Asia y Oceanía, y (OPR) N.° OPR0158/2015
de la Of‌i cina de Programación y Presupuesto, de 15
de mayo de 2015, que otorga certif‌i cación de crédito
presupuestario al presente viaje;
De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, modif‌i cada por la Ley N.° 28807, y
su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.° 047-
2002-PCM; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático
de la República, su Reglamento y modif‌i catorias; la Ley
N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo
10 de la Ley N.° 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios,
de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República,
Carmen del Rocío Azurín Araujo, Subdirectora de APEC,
de la Dirección de APEC y Foros Especializados, de la
Dirección General de Asia y Oceanía, a la ciudad de
Atlanta, Estado de Georgia, Estados Unidos de América,
del 10 al 11 de junio de 2015, por las razones expuestas
en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente comisión de servicios, serán cubiertos
por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática
y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior,
debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no
mayor de quince (15) días calendario, al término del
referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos
Pasaje
Aéreo Clase
Económica
US$
Viáticos
por día
US$
Número
de Días
Total
Viáticos
US$
Carmen del Rocío
Azurín Araujo 1 255,18 440,00 2+1 1 320,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario
posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria
diplomática deberá presentar a la Ministra de Relaciones
Exteriores, un informe detallado sobre las acciones
realizadas y los resultados obtenidos en el viaje
autorizado.
Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RIOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1243469-2
SALUD
Modifican el literal d) del inciso 15.2
del numeral 15 de las Disposiciones
Complementarias del Decreto Supremo
DECRETO SUPREMO
Nº 016-2015-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley
N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014, autoriza el nombramiento de hasta el 20% de la
PEA def‌i nida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto
Legislativo N° 1153, de los profesionales de la salud y de los
técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio
de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras
de salud de los gobiernos regionales;
Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2014-
SA se establecen los Lineamientos para el proceso
de nombramiento de los profesionales de la salud y
de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud
del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las
unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales,
bajo el amparo de la Ley 30114 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014;
Que, el literal d) del inciso 15.2 del numeral 15 de las
Disposiciones Complementarias de los Lineamientos en
mención, señala que a efectos de resguardar la atención
de salud, queda prohibido que el personal contratado
que pase a la condición de nombrado pueda desplazarse
a otras dependencias del Ministerio de Salud, sus
organismos públicos y unidades ejecutoras de salud de los
gobiernos regionales, durante los cinco años siguientes al
nombramiento. Excepcionalmente, podrá solicitar permuta
con la debida sustentación del caso;
Que, sin embargo, existe un déf‌i cit importante de
profesionales de la salud especialistas en el país, lo cual se
ve ref‌l ejado en la problemática de la provisión de la atención
especializada a nivel nacional, generando un incremento de

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