DECRETO SUPREMO N° 003-2015-IN - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1175, Ley del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú

Fecha de disposición27 Enero 2015
Fecha de publicación27 Enero 2015
El Peruano
Martes 27 de enero de 2015
545536
el Decreto Legislativo N°1149, Ley de la Carrera y Situación
del Personal de la Policía Nacional del Perú.
QUINTA.- Adecuación del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio del Interior
El Ministerio del Interior adecuará su Reglamento de
Organización y Funciones de acuerdo a las disposiciones
contenidas en el presente Reglamento.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
TRANSITORIAS
PRIMERA.- Comisión de transferencia del FOSPOLI
a SALUDPOL
En un plazo no mayor a quince (15) días contados a
partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el
Titular del Sector Interior emitirá la Resolución Ministerial
formalizando la creación de la Comisión de Transferencia
de los bienes, acervo documentario, activos y pasivos
correspondientes al ex Fondo de Salud para el personal
de la Policía Nacional del Perú (FOSPOLI) al SALUDPOL.
SEGUNDA.- Atención por enfermedades raras o
huérfanas
Los benef‌i ciarios que en la actualidad reciban atención
por enfermedades raras o huérfanas, incluidas en el
listado aprobado por el Ministerio de Salud, mantendrán la
cobertura hasta que se implementen nuevos mecanismos
de f‌i nanciamiento público.
En un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días
contados a partir de la publicación del presente Decreto
Supremo, el Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior
presentarán al Consejo de Ministros las medidas y acciones
que resulten necesarias para garantizar el f‌i nanciamiento
y la atención a los pacientes portadores de enfermedades
raras o huérfanas del Régimen de Salud de la Policía
Nacional del Perú.
TERCERA.- De la continuidad de los requisitos y
formatos para las prestaciones a los benef‌i ciarios
En tanto se aprueben los procedimientos y normas
internas del SALUDPOL, las IPRESS PNP continuarán
brindando las atenciones de salud a los benef‌i ciarios del
SALUDPOL, con los procedimientos, requisitos y formatos
exigidos antes de la vigencia de la presente norma.
1193296-2
Decreto Supremo que aprueba el
1175, Ley del Régimen de Salud de la
Policía Nacional del Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 003-2015-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
establece que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional
del Perú se rigen por sus propias leyes y reglamentos;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1175 se aprobó
la Ley del Régimen de Salud de la Policía Nacional del
Perú, que tiene por objeto regular el régimen de salud
del personal policial y familiares derechohabientes;
regulando la organización, competencias, funciones,
f‌i nanciamiento, niveles de coordinación y relación
organizacional de la Dirección Ejecutiva de Sanidad
(DIREJESAN PNP) y el Fondo de Aseguramiento en
Salud de la Policía Nacional del Perú(SALUDPOL) con
las diferentes unidades orgánicas de la Policía Nacional
del Perú y las entidades de salud de los sectores
públicos, privados o mixtos;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final
del Decreto Legislativo N° 1175 dispone que el Poder
Ejecutivo, en un plazo de ciento veinte (120) días, mediante
Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Interior y
el Ministro de Salud, aprobará el Reglamento del citado
Decreto Legislativo; y,
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1175,
Ley del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú,
el mismo que consta de seis (6) Títulos, ocho (8)Capítulos
y cuarenta y cuatro(44) Artículos, cuatro (4) Disposiciones
Complementarias Finales y once (11) Disposiciones
Complementarias Transitorias, cuyo texto forma parte del
presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Financiamiento
La implementación de las acciones señaladas en el
presente Decreto Supremo y el Reglamento que se aprueba
serán f‌i nanciadas con cargo al presupuesto asignado a la
Dirección Ejecutiva de Sanidad de la Policía Nacional del
Perú (DIREJESAN PNP)y con las transferencias del Fondo
de Aseguramiento en Salud(SALUDPOL),sin demandar
recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las
disposiciones legales vigentes.
Artículo 3.- Implementación del Régimen de Salud
de la Policía Nacional del Perú
Autorícese al Ministerio del Interior para que, mediante
Resolución Ministerial, proceda a dictar las disposiciones
necesarias destinadas a dotar de todos los recursos
materiales, técnicos y de personal que resulten necesarios
para la adecuada implementación y puesta en funcionamiento
del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú, en el
marco de las disposiciones legales vigentes.
Artículo 4.- Vigencia del Reglamento
El Reglamento aprobado por el presente Decreto
Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de
su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro del Interior y el Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis
días del mes de enero del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO
N° 1175, LEY DEL RÉGIMEN DE SALUD DE LA
POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto
El presente reglamentotiene por objeto regular y
desarrollar la Ley del Régimen de Salud de la Policía Nacional
del Perú, aprobada por Decreto Legislativo N°1175.
Artículo 2.- Acrónimos
2.1 DIREJEPER PNP: Dirección Ejecutiva de
Personal de la Policía Nacional del Perú.
2.2 DIREJESAN PNP: Dirección Ejecutiva de
Sanidad de la Policía Nacional del Perú.
2.3 DIRECFIN PNP: Dirección de Economía y
Finanzas de la Policía Nacional del Perú.
2.4 IAFAS (Instituciones Administradoras de
Fondos de Aseguramiento en Salud):Son instituciones
o empresas públicas privadas o mixtas que tienen
como objetivo la captación y gestión de fondos para el
aseguramiento de las prestaciones de salud incluidas en
los planes de aseguramiento en salud. En el Régimen de
Salud de la PNP la IAFAS es SALUDPOL.
2.5 IPRESS(Insti tuciones Prestadoras de
Servicios de Salud):Son instituciones o empresas
públicas, privadas o mixtas, que tienen como objetivo la
prestación de servicios de salud. En el régimen de salud
de la PNP, las IPRESS son los diferentes establecimientos
de salud de la PNP.

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