DECRETO SUPREMO N° 001-2015-RE - Ratifican el 'Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino de Marruecos sobre protección y restitución de bienes culturales robados o ilícitamente transferidos'

Fecha de disposición14 Enero 2015
Fecha de publicación14 Enero 2015
El Peruano
Miércoles 14 de enero de 2015
544686
Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº
dispone que el Ministro o la máxima autoridad ejecutiva
en cada Sector, constituye el Órgano Resolutivo y en
concordancia con la normatividad presupuestal vigente,
le corresponde autorizar la Fase de Inversión y es el
principal responsable por el cumplimiento de la referida
Ley, su Reglamento y las normas que a su amparo se
expidan;
Que, el numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento
del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, dispone
que el Órgano Resolutivo del Sector es el Titular de
la Entidad o la máxima autoridad ejecutiva de cada
Sector;
Que, asimismo el numeral 7.6 del artículo 7º de
la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, Directiva General
del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada
mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-EF-
68.01, dispone que son funciones y responsabilidades
del Órgano Resolutivo, entre otras, la autorización
de elaboración de expedientes técnicos o estudios
def‌i nitivos, así como la ejecución de los Proyectos
de Inversión Pública - PIP declarados viables,
pudiendo realizar ambas autorizaciones en un solo
acto, señalando además que los proyectos viables
aprobados en su Presupuesto Institucional de Apertura
se consideran ya autorizados y por lo tanto no requieren
una autorización expresa, salvo para aquellos PIP que
implican modif‌i cación presupuestaria, agregando la
norma acotada que esta función puede ser objeto de
delegación;
Que, para agilizar la implementación de las políticas
penitenciarias del Instituto Nacional Penitenciario,
aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 0419-
2007-JUS, es conveniente delegar en el Presidente del
Consejo Nacional Penitenciario, la facultad de autorizar
la elaboración de expedientes técnicos o estudios
def‌i nitivos, así como la ejecución de los Proyectos de
Inversión Pública declarados viables no aprobados en el
Presupuesto Institucional de Apertura del Instituto Nacional
Penitenciario, pudiéndose realizar ambas autorizaciones
en un solo acto, y;
Estando a lo informado mediante los documentos
de vistos y contando con el visado de las Oficinas
Generales de Planeamiento y Presupuesto y de
Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos, su Reglamento de Organización y
Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-
2012-JUS y la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, Directiva
General del Sistema Nacional de Inversión Pública,
aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2011-
EF-68.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegación de facultades
Delegar en el Presidente del Consejo Nacional
Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, durante
el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades:
a) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos
o estudios def‌i nitivos, que no sean de competencia de
la Of‌i cina de Gestión de Inversiones del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos.
b) Autorizar la ejecución de los Proyectos de
Inversión Pública declarados viables no aprobados en
el Presupuesto Institucional de Apertura del Instituto
Nacional Penitenciario, que no sean de competencia de
la Of‌i cina de Gestión de Inversiones del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 2º.- Obligación de dar cuenta
El Presidente del Consejo Nacional Penitenciario
deberá informar al Despacho Ministerial cada treinta (30)
días calendario, acerca de las gestiones y resultados a
que se ref‌i ere el ejercicio de la delegación indicada en el
artículo 1º de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Notif‌i cación
Notif‌i car la presente Resolución Ministerial
al Instituto Nacional Penitenciario, para los f‌i nes
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1187380-1
RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el “Convenio entre el
Gobierno de la República del Perú y el
Gobierno del Reino de Marruecos sobre
protección y restitución de bienes
culturales robados o ilícitamente
transferidos”
DECRETO SUPREMO
N° 001-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Convenio entre el Gobierno de la
República del Perú y el Gobierno del Reino de
Marruecos sobre protección y restitución de bienes
culturales robados o ilícitamente transferidos” fue
suscrito el 5 de julio de 2011, en la ciudad de Lima,
República del Perú;
Que, es conveniente a los intereses del Perú
la ratif‌i cación del citado instrumento jurídico
internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57
y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
segundo párrafo del artículo 2 de la Ley No. 26647, que
facultan al Presidente de la República para celebrar y
ratif‌i car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la
aprobación previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio entre el
Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del
Reino de Marruecos sobre protección y restitución de
bienes culturales robados o ilícitamente transferidos”,
suscrito el 5 de julio de 2011, en la ciudad de Lima,
República del Perú.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el
texto íntegro del Convenio, así como la fecha de entrada
en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece
días del mes de enero del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1187922-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR