DECRETO DE ALCALDIA N° 11-2015-MDR - Disponen el embanderamiento general del distrito

Fecha de disposición20 Junio 2015
Fecha de publicación20 Junio 2015
El Peruano
Sábado 20 de junio de 2015
555620
MUNICIPALIDAD
DEL RIMAC
Aprueban el Reglamento de
Administración de Instalaciones
Deportivas Públicas de la
Municipalidad
ORDENANZA Nº 430
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RIMAC
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
VISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 1º de junio de
2015, Informe Nº 28-2015-GDHYS-MDR de fecha 07 de
mayo de 2015 de la Gerencia de Desarrollo Humano y
Social, Informe Nº 242-2015-GAJ-MDR de fecha 07 de
mayo de 2015 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
en su artículo 82 inciso 18, determina las funciones
de las municipalidades en materia de recreación y
deportes; entre otros, a mérito de lo cual las autoridades
municipales deben fomentar la práctica del deporte
y proveer de las facilidades para tal efecto en forma
idónea y ordenada;
Que, la Ley General del Deporte Nº 28036 establece
los principios generales y el marco jurídico que regula
el rol del Estado y participación de entidades públicas,
privadas, en actividad deportiva y recreativa fomentando
la práctica masiva del deporte y recreación en virtud a
la política establecida para tal efecto; correspondiendo
a las autoridades municipales participar informando
y coordinando sobre la materia de infraestructura
deportiva en base al Plan Nacional del Deporte;
Que, el Capítulo I de la Ordenanza Nº 463 de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, establece la
conformación y funciones de los Comités Deportivos
Comunales;
Que, la Municipalidad del Rímac amparándose en
la normativa anterior y en aras de impulsar una política
deportiva del distritito considera necesario normar la
administración de las instalaciones deportivas;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 8
Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de
los regidores y con la dispensa del trámite de lectura
y aprobación del acta, el Concejo Municipal, aprobó la
siguiente:
REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE
INSTALACIONES DEPORTIVAS PÚBLICAS
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de
Administración de Instalaciones Deportivas Públicas
de la Municipalidad Distrital del Rímac, que consta de
trece artículos, dos disposiciones complementarias y tres
disposiciones f‌i nales.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Reglamento, así como velar por el cumplimiento
de los f‌i nes del mismo, Gerencia Municipal, Gerencia de
Administración y Finanzas, Gerencia de Fiscalización
Administrativa, Gerencia de Gestión Urbana y Relaciones
Institucionales, Gerencia de Desarrollo Humano y Social,
en lo que fuere de su competencia.
Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas
complementarias necesarias para el estricto cumplimiento
del Reglamento.
Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las normas que
se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario El
Peruano.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria
General, Gestión Documentaria y Registros Civiles, la
publicación de la presente Ordenanza, Reglamento y
su Anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad
del Distrito del Rímac así como en el diario Of‌i cial El
Peruano.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Imagen y Comunicación Social, la difusión del presente
Reglamento.
POR TANTO:
Mando se regístrese, publíquese, comuníquese y
cúmplase.
Dado en el Palacio Municipal el primero de junio del
año dos mil quince.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1252955-1
Disponen el embanderamiento general
del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 11-2015-MDR
Rímac, 5 de junio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DEL RÍMAC
CONSIDERANDO:
Que, el 28 de julio del presente año, se conmemora
el 194º Aniversario de la Independencia Nacional, en
tal sentido, siendo fecha de trascendencia nacional,
constituye una oportunidad para fomentar entre los
vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional
y revalorización de principios como el civismo, respeto y
patriotismo;
Que, es deber del Gobierno Local incentivar la
participación cívica del vecindario, resaltando los valores
nacionales, el respeto y veneración a los símbolos
patrios;
Que, es política de la actual administración municipal
resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar
nuestra entidad así como nuestra conciencia cívica, a
través de la celebración de actividades y festividades,
siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y
pintado de fachadas en todos los inmuebles del distrito
del Rímac, lo que redundará además en el mejoramiento
del ornato;
De conformidad con los artículos 20º numeral 6) y 42º
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER EL
EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DEL
RÍMAC, de las viviendas, instituciones públicas, privadas
y locales comerciales a partir del 1º al 31 de julio de 2015,
con motivo de conmemorarse el 194º Aniversario de la
Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- RECOMENDAR que todos los
predios del distrito, estén debidamente presentados con
la limpieza adecuada y de ser el caso el pintado de sus
fachadas.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Imagen
y Comunicación Social, Gerencia de Fiscalización
Administrativa y Gerencia de Medio Ambiente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
1252953-1

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