DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2015-MDB - Aprueban el Reglamento del Programa Techo y Muro Verde en el distrito de Barranco

Fecha de publicación04 Octubre 2015
Fecha de disposición04 Octubre 2015
563336 NORMAS LEGALES Domingo 4 de octubre de 2015 /
El Peruano
comprometan la presencia de sus trabajadores, así como
para el ejercicio de funciones o participación en eventos de
interés para la Superintendencia, como el presente caso;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje
de los citados funcionarios para participar en el evento
indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos
y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con
cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y,
En uso de las facultades que le conf‌i ere la Ley
Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros”, la Resolución SBS Nº 5797-2015,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y
en virtud a la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-18
sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el
Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto
en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto
Supremo Nº 056-2013-PCM;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores
Juan Miguel Cabrera Infante, Supervisor de Microf‌i nanzas
del Departamento de Supervisión Microf‌i nanciera C de
la Superintendencia Adjunta de Banca y Microf‌i nanzas
y John Richard Pineda Galarza, Abogado II del
Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de
Asesoría Jurídica de la SBS, del 04 al 08 de octubre
de 2015 a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de
Bolivia, para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberán presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos
y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con
cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de
acuerdo al siguiente detalle:
Juan Miguel Cabrera Infante
Pasaje aéreo US$ 451,36
Viáticos US$ 1 480,00
John Richard Pineda Galarza
Pasaje aéreo US$ 451,36
Viáticos US$ 1 480,00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los
funcionarios cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO ESPINOSA CHIROQUE
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones (a.i.)
1295745-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban el Reglamento del Programa
Techo y Muro Verde en el distrito de
Barranco
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2015-MDB
Barranco, 29 de setiembre de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANCO
VISTOS: El Informe Nº 092-2015-GDU-MDB, de fecha
22 de setiembre de 2015, emitido por la Gerencia de
Desarrollo Urbano; El Informe Nº 407-2015-GAJ-MDB, de
fecha 25 de setiembre de 2015, emitido por la Gerencia
de Asesoría Jurídica; y el Proveído Nº 1108-2015-MDB-
GM, de fecha 28 de setiembre de 2015, emitido por la
Gerencia Municipal, respecto al proyecto de Reglamento
de la Ordenanza Nº427-MDB, que crea el Programa
Techo y Muro Verde en el distrito de Barranco;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, concordante con el
Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el Artículo X del Título Preliminar de la Ley Nº
los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para
viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la
sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local
es permanente e integral. Las Municipalidades provinciales
y distritales promueven el desarrollo local en coordinación y
asociación con los niveles de gobierno regional y nacional,
con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar
las mejoras condiciones de vida de su población;
Que, mediante Ordenanza Nº 427-MDB, se creó el
Programa Techo y Muro Verde en el distrito de Barranco
cuyo objetivo es la mejora de la calidad del aire y la
recuperación y el embellecimiento de un espacio, el techo,
que armonice con el trazo costero del distrito, cuyo destino
balneario se inscribe en la visión de desarrollo del mismo;
y, en la Primera Disposición Transitoria Complementaria
y Final se encarga a la Gerencia de Desarrollo Urbano
emitir la Reglamentación respectiva;
Estando a lo informado, y ejerciendo las facultades
conferidas por los artículos 20º, numeral 6, y 43º de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, con la visación
de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal;
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del
Programa TECHO Y MURO VERDE en el distrito de
Barranco, el mismo que consta de 12 (Doce) Artículos y 02
ANEXOS, y forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano, Gerencia de Gestión Ambiental,
Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de
Administración Tributaria, Gerencia de Desarrollo Humano,
Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y Sub
Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, el
cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG
Alcalde
1295541-1
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Ordenanza que aprueba los procedimientos
administrativos, servicios administrativos
brindados en exclusividad, requerimientos
y derechos de trámite contenidos en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos -
TUPA de la Municipalidad de Magdalena del
Mar
Magdalena, 31 de agosto de 2015
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA
DEL MAR

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