DECRETO DE ALCALDIA N° 004-2015/MDA - Prorrogan plazos de vencimiento para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2015

Fecha de disposición27 Febrero 2015
Fecha de publicación27 Febrero 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 27 de febrero de 2015 547635
CONSIDERANDO:
Gobiernos Regionales se establece la estructura,
organización, competencias y funciones de los Gobiernos
Regionales, constituyéndolos como una persona jurídica
de derecho público, con autonomía política, económica y
administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806,
por f‌i nalidad promover la transparencia de los actos del
Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la
información, consagrada en el numeral 5 del Art. 2º de la
Que, el artículo 3º del citado Texto Único Ordenado,
señala que el Estado tiene la obligación de entregar la
información que demanden las personas en aplicación
del principio de publicidad, para cuyo efecto se designa
al funcionario responsable de entregar la información
solicitada; y, en su artículo 5º prescribe que las entidades
públicas deben contar con un Portal de Internet en el que
se publique la información más importante de la institución,
debiendo designar para tal efecto a un funcionario
responsable de elaborar dicho portal;
se aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia
artículo 3º que la máxima autoridad de la entidad mediante
Resolución, designará a los funcionarios responsables
de entregar la información de acceso público y de la
elaboración y actualización del Portal de Transparencia;
Que, en cumplimiento de la normativa expuesta en
los considerandos precedentes, mediante Resolución
Ejecutiva Regional Nº 0058-2011-GORE-ICA/PR de fecha
25 de enero de 2011, se designó al Econ. Carlos Fernando
Flores Hernández, Gerente Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial como
el funcionario responsable de la actualización de la
información que se difunde a través del Portal de
Transparencia del Gobierno Regional de Ica, de acuerdo
a Ley;
Que asimismo, mediante Resolución Ejecutiva
Regional Nº 390-2010-GORE-ICA/PR, se designó al
abogado José Fernando Valdez Loyola, como Funcionario
Responsable de Entregar la Información del Gobierno
Regional de Ica;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0016-2013-
GORE-ICA de fecha 26 de diciembre de 2013 se aprueba
el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF
del Gobierno Regional de Ica, estableciendo cambios en
la estructura orgánica del Gobierno Regional, generando
la supresión, creación y desdoblamiento de órganos y
unidades orgánicas, así como la generación de nuevas
nomenclaturas de órganos y unidades orgánicas, entre
otros aspectos orgánico funcionales;
Que, en virtud a la nueva estructura orgánica del
Gobierno Regional de Ica, resulta necesario actualizar
las designación del responsable de brindar información
pública y de actualizar el portal de transparencia,
designando un titular y un suplente;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único
072-2003-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27806, la Ley
Ordenanza Regional Nº 0016-2013-GORE-ICA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DESIGNAR a la abogada Erika Milagro
Calderón Inga como funcionario responsable de entregar
la información – FREI, titular , de conformidad con lo
establecido en el artículo 3º del Texto Único Ordenado
043-2003-PCM; y, al abogado Antonio Salazar García
como suplente.
Artículo 2º.- Designar al Gerente Regional de
Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial y al Director General de la Of‌i cina Regional de
Administración como los responsables titular y alterno,
respectivamente, de registrar y actualizar el Portal
de Transparencia del Gobierno Regional de Ica, en
concordancia con el artículo 5º del Texto Único Ordenado
Nº 043-2003-PCM y el Reglamento de Organización y
Funciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado con
Ordenanza Regional Nº 0016-2013-GORE-ICA.
Artículo 3º.- Los órganos del Gobierno Regional
de Ica, bajo responsabilidad, deberán facilitar la
información y/o documentación que les sea solicitada
como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1º de la
presente Resolución, dentro de los plazos establecidos en
las normas vigentes.
Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva
Regional Nº 0390-2010-GORE-ICA/PR de fecha 23 de
julio de 2010 y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0058-
2011-GORE-ICA/PR de fecha 25 de enero de 2011.
Artículo 5º.- Publicar la presente Resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal Institucional del
Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES
Presidente Regional
1204962-2
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Prorrogan plazos de vencimiento para
pago del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales correspondientes al
ejercicio 2015
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-2015/MDA
Ate, 19 de febrero del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE
VISTO; el Informe Nº 0042-2015-MDA-GAT de la
Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 176-
2015-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el
Proveído Nº 452-2015-MDA/GM de la Gerencia Municipal;
y,
CONSIDERANDO:
la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado
del Código Tributario y sus modif‌i catorias, establecen
que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden
crear, modif‌i car y suprimir sus contribuciones, arbitrios,
derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su
jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto
Supremo Nº 133-2013-EF, establece que el plazo para
el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con
carácter general, por la Administración Tributaria;
Que, mediante Ordenanza Nº 370-MDA, de fecha
15 de enero del 2015 y publicada en el Diario Of‌i cial “El
Peruano” el 25 de enero del 2015, se establecieron las
fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial
y de la Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública,
Parques y Jardines Públicos y de Serenazgo para el
ejercicio 2015;
Que, el primer párrafo del artículo 1º de la Ordenanza
señalada en el considerando precedente, establece
que el plazo para el pago del Impuesto Predial para
los propietarios de más de un predio o cuyo uso(s)
sean destinados a comercio, industrias y/o, servicios
correspondientes al ejercicio 2015 vence el 27 de febrero
del 2015;
Que, asimismo, el primer párrafo del artículo 2º de la
Ordenanza Nº 370-MDA, establece que, la obligación de

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