2607 252-2002-PE/DNEPP - Declaran fundada impugnación interpuesta contra la R.D. Nº 325-2001-PE/DNEPP

Fecha de disposición15 Julio 2002
Fecha de publicación15 Julio 2002
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 15 de julio de 2002 AÑO XX - Nº 8059 Pág. 226439
SUMARIO
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
"AÑO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL"
DIARIO OFICIAL
Director: HUGO GARAVITO AMÉZAGA http://www.editoraperu.com.pe
PODER EJECUTIVO
DEFENSA
R.S. Nº 0110-DE/MGP.- Autorizan viaje a oficial de la Mari-
na de Guerra para recibir tratamiento médico altamente espe-
cializado en los EE.UU. 226440
ECONOMÍA Y FINANZAS
R.M. Nº 278-2002-EF/10.- Aceptan renuncia de asesor del
Despacho Ministerial en Asuntos de Deuda Pública 226440
R.M. Nº 280-2002-EF/10.- Aceptan renuncia de Jefa del Ga-
binete de Asesores del Despacho Ministerial 226440
MITINCI
R.VM. Nº 29-2002-MITINCI/VMT.- Declaran fundada
impugnación y dejan sin efecto cancelación de designación
como calificador de establecimientos de hospedaje impuesta
a persona natural 226441
PESQUERÍA
R.D. Nº 248-2002-PE/DNEPP.- Aprueban cambio de titular
de permiso de pesca y de nombre de embarcación pesquera a
favor de Pesquera La Isla S.A.C. 226441
R.D. Nº 252-2002-PE/DNEPP.- Declaran fundada
impugnación interpuesta contra la R.D. Nº 325-2001-PE/
DNEPP 226442
R.D. Nº 253-2002-PE/DNEPP.- Declaran inadmisible impugnación
interpuesta contra resolución que declaró en abandono procedimiento
administrativo de permiso de pesca 226443
R.D. Nº 255-2002-PE/DNEPP.- Aprueban cambio de titular de
licencia de operación para operar planta de procesamiento de
harina de pescado a favor de Pesca Perú Chimbote Norte S.A.
226444
R.D. Nº 588-2002-PE/DINSECOVI.- Sancionan con multa a
persona natural por infringir lo dispuesto en la Ley General de
Pesca 226445
PROMUDEH
RR.MM. Nºs. 419 y 420-2002-PROMUDEH.- Aprueban dona-
ciones efectuadas a favor de Cáritas del Perú, a ser distribuidas
entre niños, asilos y comedores populares de Arequipa 226446
JUSTICIA
R.S. Nº 135-2002-JUS.- Aprueban Estatuto de la Superinten-
dencia Nacional de los Registros Públicos 226448
D.S. Nº 025-2002-JUS.- Aprueban Texto Único de Procedi-
mientos Administrativos de la COFOPRI 226456
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. Nº 094-2002-CE-PJ.- Aprueban Directiva "Nor-
mas Reguladoras de la Devolución y Habilitación de Arance-
les Judiciales" 226470
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
S B S
Res. SBS Nº 623-2002.- Autorizan a Caja Municipal de Aho-
rro y Crédito el traslado de agencia ubicada en el distrito y
provincia de Trujillo 226472
RR. SBS Nºs. 627 y 628-2002.- Autorizan al Banco de
Crédito del Perú la apertura de oficinas especiales en los
distritos de Miraflores y San Miguel, provincia de Lima
226473
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
ADUANAS
Res. Nº 000 ADT/2002-001294.- Modifican procedimiento
de "Donaciones" INTA-PE.01.02 (v.1) en lo referido al anexo
"Documentos Sustentatorios según Código Liberatorio"
226473
Circular Nº INTA-CR-50-2002.- Aprueban circular que es-
tablece precisiones a las modificaciones del valor FOB de la
DUA en el SIGAD, producto de Notas de Crédito o Débito
226474
CONSUCODE
Res. Nº 153-2002/CONSUCODE/PRE.- Relación de provee-
dores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de
junio de 2002 226475
INADE
R.D. Nº 085-2002-INADE-7100.- Modifican el Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio 2002 de
la Unidad Ejecutora - Sierra Centro Sur 226476
SUNARP
Res. Nº 274-2002-SUNARP-SN.- Designan representante de
la SUNARP ante el Consejo Consultivo de la Oficina Registral
Nor Oriental del Marañón 226476
SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES
PRESTADORAS DE SALUD
RR. Nºs. 014, 015 y 019-2002-SEPS/S.- Autorizan con-
tratar servicios de consultoría sobre percepción de usua-
rios del sistema de EPS, organización y ejecución de cur-
so de conciliación y revisión de procesos de auditoría
226477
Res. Nº 017-2002-SEPS/CD.- Aprueban cláusulas mínimas
de contratos de prestación de servicios que celebran las Enti-
dades Prestadoras de Salud y los proveedores de servicios de
salud 226478
Res. Nº 035-2002-SEPS/IG.- Actualizan indicadores
prestacionales a utilizarse para supervisar entidades bajo el
ámbito del Reglamento General de Supervisión de la SEPS
226481
Pág. 226440
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 15 de julio de 2002
PODER EJECUTIVO
DEFENSA
Autorizan viaje a oficial de la Marina
de Guerra para recibir tratamiento mé-
dico altamente especializado en los
EE.UU.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 0110-DE/MGP
Lima, 12 de julio de 2002
Visto el Oficio S.200-3915 del Director de Salud y
Centro Médico Naval "CMST", de fecha 20 junio 2002;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución de la Comandancia General de
la Marina Nº 0104-94-CGMG, de fecha 24 enero 1994,
se pasó a la situación de retiro al Teniente Primero, Car-
los Francisco MONTJOY Patroni, por la causal "Incapaci-
dad Psicofísica", afección contraída en Acción de Armas;
Que, al citado Oficial en situación de retiro, se le ha
establecido el siguiente diagnóstico: SECUELA DE FRAC-
TURA EXPUESTA IIIº B POR ARMA DE FUEGO, PIER-
NA DERECHA, ACORTAMIENTO MIEMBRO INFERIOR
DERECHO, INSUFICIENCIA VENOSA MIEMBRO INFE-
RIOR DERECHO, DEDOS EN GARRA PIE DERECHO;
Que, conforme al documento del visto, se ha deter-
minado la necesidad del Teniente Primero (r) Carlos Fran-
cisco MONTJOY Patroni, para que viaje a la ciudad de
Houston - Estados Unidos de América, a partir del 15 al
19 julio 2002, a fin de recibir tratamiento médico alta-
mente especializado, con la posibilidad que sea interve-
nido quirúrgicamente en el Texas Orthopedic Hospital de
la mencionada ciudad, en el marco de las normas que
establecen dicho beneficio para quienes han resultado
incapacitados para el Servicio, en el cumplimiento de
funciones directamente vinculadas con la seguridad na-
cional;
Que, asimismo mediante Decreto Supremo Nº 065 DE/
CCFFAA, de fecha 17 setiembre 1993, se adiciona en el
Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de
fecha 4 diciembre 1987, como beneficiario de tratamien-
to médico altamente especializado al personal militar que
pasa a la Situación de Retiro, por la causal "Incapacidad
Psicofísica", en acción de armas o por afección contraí-
da en acto, con ocasión o a consecuencia del servicio, y
cuyo estado de salud requiera necesariamente dicho tra-
tamiento, siempre y cuando la enfermedad, lesión o se-
cuela, sea la que ocasionó su baja, previo informe justifi-
catorio de la Dirección de Salud y la aprobación del Co-
mandante General de la Institución correspondiente;
Que, la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes
al exterior y el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de
fecha 4 diciembre 1987, establece los conceptos que se
deben abonar por el período inicial del tratamiento médi-
co altamente especializado en el extranjero del Personal
de las Fuerzas Armadas;
Estando a lo propuesto por el Director de Adminis-
tración de Personal, a lo recomendado por el Director
General del Personal de la Marina, a lo opinado por el
Comandante General de la Marina y a lo acordado con el
Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Teniente Primero
(r) Carlos Francisco MONTJOY Patroni, CIP 00810162, a
la ciudad de Houston - Estados Unidos de América, a
partir del 15 al 19 julio 2002, a fin que reciba tratamiento
médico altamente especializado, con la posibilidad que
sea intervenido quirúrgicamente en el Texas Orthopedic
Hospital, de dicha ciudad.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Re-
solución Suprema, serán sufragados por el Ministerio de
Defensa - Marina de Guerra del Perú, de acuerdo al si-
guiente detalle:
Pasajes: Lima - Houston (EE.UU.) - Lima:
US$ 1,657.06 x 1 persona
Equipajes: (50% V.T.P.N.)
US$ 1,367.00 x 50%
Viáticos:
US$ 154.00 x 5 días x 1 Ofic. Sub.
Impuesto de Aeropuerto:
US$ 25.00 x 1 persona (Perú)
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y/o término del presente
viaje, sin exceder el plazo total establecido.
Artículo 4º.- Los gastos de tratamiento médico, me-
dicinas y hospitalización que irrogue dicho tratamiento,
serán sufragados por el Ministerio de Defensa - Marina
de Guerra del Perú, con cargo al presupuesto
correspondiente.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da
derecho a liberación o exoneración de impuestos aduane-
ros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME
Ministro de Defensa
12479
ECONOMÍA Y FINANZAS
Aceptan renuncia de asesor del Despa-
cho Ministerial en Asuntos de Deuda
Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 278-2002-EF/10
Lima, 12 de julio del 2002
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 453-2001-EF
se designó al señor Mirko Stiglich Jiménez como Asesor
del Despacho Ministerial de Economía y Finanzas, en
Asuntos de Deuda Pública;
Que, el indicado funcionario ha presentado renuncia
al cargo que venía desempeñando;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º de
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el
señor Mirko Stiglich Jiménez al cargo de Asesor del Des-
pacho Ministerial de Economía y Finanzas, en Asunto de
Deuda Pública, dándosele las gracias por los servicios
prestados al Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.
Ministro de Economía y Finanzas
12498
Aceptan renuncia de Jefa del Gabinete
de Asesores del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 280-2002-EF/10
Lima, 12 de julio del 2002
Pág. 226441
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 15 de julio de 2002
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 404-2001-EF
se designó a la doctora María Cecilia Blume Cillóniz como
Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial
de Economía y Finanzas;
Que, la indicada funcionaria ha presentado renuncia
al cargo que venía desempeñando;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º de
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la
doctora María Cecilia Blume Cillóñiz al cargo de Jefe del
Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Eco-
nomía y Finanzas, dándosele las gracias por los servi-
cios prestados al Estado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.
Ministro de Economía y Finanzas
12499
MITINCI
Declaran fundada impugnación y dejan
sin efecto cancelación de designación
como calificador de establecimientos de
hospedaje impuesta a persona natural
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 29-2002-MITINCI/VMT
Lima, 1 de julio del 2002
Vistos, el Expediente Nº 008337 que contiene el Re-
curso de Apelación interpuesto por el señor NÉSTOR
CARRIÓN MORALES contra la Resolución Directoral Nº
0374-2002-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 8 de marzo del
2002, y el Informe Nº 043-2001-MITINCI/VMT-AJA;
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución Directoral Nº 0374-2002-MITINCI/
VMT/DNT, declara infundado el Recurso de Reconsi-
deración interpuesto por el señor Néstor Carrión Morales
contra la Resolución Directoral Nº 0012-2002-MITINCI/
VMT/DNT, de fecha 9 de enero del 2002, que le aplica la
sanción de Cancelación de su designación de Califica-
dor de Establecimientos de Hospedaje, la misma que in-
cluye su inhabilitación permanente;
Que, la Resolución recurrida se fundamenta en el Acta
de Inspección Nº 115-2001-DNT/DDFT, realizada el 6 de
setiembre del 2001, en la que se constató que el Estable-
cimiento de Hospedaje "Los Ficus", ubicado en la Av. Los
Héroes del Cenepa, Mz. C, Lt. 5, distrito de Comas, pro-
vincia y departamento de Lima, carecía de servicio tele-
fónico, lo cual contradecía lo señalado expresamente en
el Informe Técnico Nº 111-01-Lima, emitido por el señor
Néstor Carrión Morales, en su condición de Calificador
de Establecimientos de Hospedaje;
Que, con fecha 2 de abril del año en curso, el señor
Néstor Carrión Morales, interpone Recurso de Apelación
contra la Resolución Directoral Nº 0374-2002-MITINCI/
VMT/DNT, manifestando en su descargo que dicha Re-
solución ha sido expedida sin evaluar debidamente los
argumentos expuestos en su Reconsideración, lo cual
perjudica su trayectoria profesional de más de 20 años
en labores relacionadas con la Hotelería;
Que, asimismo, señala que la Dirección Nacional de
Turismo no ha tenido presente que el propietario del Es-
tablecimiento de Hospedaje "Los Ficus" ha admitido su
responsabilidad sobre el retiro del teléfono de la recep-
ción de dicho establecimiento, y que igualmente, no ha
tomado en cuenta las fotografías donde se aprecian ca-
bles de telefonía, que evidencian que existía tendido de
líneas telefónicas;
Que, finalmente, expresa que la Administración no ha
considerado que en su Informe Técnico Nº 111/01 - Lima,
indicó expresamente que "cualquier modificación reali-
zada por el propietario, es de su entera responsabilidad";
Que, efectuada la evaluación de los actuados, se apre-
cia que la Diligencia de Inspección al Establecimiento de
Hospedaje "Los Ficus", se llevó a cabo el 6 de setiembre
del 2001, habiendo efectuado el señor Néstor Carrión
Morales, su respectiva evaluación técnica, el 21 de julio
del mismo año, fecha en la que constató la existencia de
un teléfono en la recepción del citado establecimiento;
Que, al respecto, obra en autos la Declaración Jurada
del anterior propietario del local donde se encuentra ubi-
cado el Establecimiento de Hospedaje "Los Ficus", en el
sentido que el indicado inmueble fue vendido a su actual
propietario, señor Widmark Abel Alcócer Rodríguez, con
una instalación de teléfono fijo de uso doméstico;
Que, igualmente, el propietario del Establecimiento de
Hospedaje "Los Ficus" expresa en su Declaración Jura-
da, que después que el señor Néstor Carrión Morales
efectuó el Informe Técnico Nº 111/01-Lima, requerido para
obtener la correspondiente clase y categoría de dicho
establecimiento, por razones particulares procedió a tras-
ladar temporalmente el teléfono ubicado en la recepción
del citado Establecimiento de Hospedaje, a otro local
comercial de su propiedad;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 42º de
la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo
General, la Declaración Jurada presentada por los admi-
nistrados, se fundamenta en la presunción de veracidad,
por la cual se consideran ciertas de antemano todas aque-
llas manifestaciones presentadas, salvo evidencia en
contrario;
Que, en estricta aplicación de la citada norma, al se-
ñor Néstor Carrión Morales, no le asiste responsabilidad
alguna con relación al traslado del teléfono del Estableci-
miento de Hospedaje "Los Ficus", realizado por el pro-
pietario de dicho establecimiento con posterioridad a la
expedición de su respectivo Informe Técnico Nº 111-01-
Lima;
De conformidad con lo establecido en los Artículos
42º y 209º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento
Administrativo General; la Ley Nº 26961 - Ley para el
Desarrollo de la Actividad Turística; y el Reglamento de
Calificadores de Establecimientos de Hospedaje, aproba-
do por la Resolución Ministerial Nº 151-2001-MITINCI/
DM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar FUNDADO el Recurso de Ape-
lación interpuesto por el señor NÉSTOR CARRIÓN MO-
RALES contra la Resolución Directoral Nº 0374-2002-
MITINCI/VMT/DNT, por las razones expuestas en la par-
te considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la sanción de Cancela-
ción de la Designación como Calificador de Estableci-
mientos de Hospedaje, impuesta al señor NÉSTOR CA-
RRIÓN MORALES mediante la Resolución Directoral Nº
0012-2002-MITINCI/VMT/DNT, debiendo la Dirección
Nacional de Turismo, reincorporarlo en el Registro de
Calificadores de Establecimientos de Hospedaje con el
Nº 44.
Artículo 3º.- Declárese agotada la vía administrativa,
en lo que hubiera sido materia de Apelación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAMIRO SALAS BRAVO
Viceministro de Turismo
12477
PESQUERÍA
Aprueban cambio de titular de permi-
so de pesca y de nombre de embarca-
ción pesquera a favor de Pesquera La
Isla S.A.C.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 248-2002-PE/DNEPP
Lima, 8 de julio de 2002

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