La decisión de los otros

Palestra del Tribunal Constitucional. Revista de Doctrina y JurisprudenciaNúm. 3-2008, Marzo 2008

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Resumen


En el presente trabajo, el autor, a través del estudio de casos como el de Ilave y Majaz, pone en evidencia la necesidad de reconocer al “otro” para que el pluriculturalismo de nuestro país no devenga en una realidad de exclusión y violencia. Se pone especial énfasis en el papel del Estado y en las dicotomías entre las normas oficiales y los postulados legales o normas consuetudinarias de las comunidades

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Extracto


La decisión de los otros

Lo global y lo particular

La globalización1 es el fenómeno dominante en el mundo contemporáneo de los albores de la nueva centuria. Éste se manifiesta a cada momento, sea cuando mandamos un correo electrónico al otro extremo del mundo, o cuando nos enteramos instantes después de la ocurrencia de un golpe de Estado en algún país remoto. Tenemos la posibilidad de conocernos unos a otros, de expandir nuestros horizontes mentales e intercambiar recursos entre personas dispersas alrededor del mundo. Somos una sociedad global, no hay que dudarlo. Sin embargo, ¿eso quiere decir que seamos una sociedad homogénea?

Aunque suene paradójico, si bien para muchos la globalización conduce a la uniformización de la humanidad, en la realidad está acentuando las diferencias locales, la diversidad cultural o haciendo que los individuos se aferren a una identidad diferenciada. Nunca estuvimos tan unidos, pero somos tan o más disímiles que en el pasado. Nos encontramos en una época en la cual las colectividades humanas encuentran, como nunca antes, vías para poder expresarse, transmitir su cultura, aprender del otro; lo que se conoce como interculturalidad.

Sin embargo, este resurgimiento de los colectivos diferenciados no puede entenderse sólo como una reacción al fenómeno de la globalización, pues existen otros factores concurrentes para que los pueblos y los grupos étnicos puedan encontrar un cauce a través del cual manifestarse y demandar cierta clase de derechos. En primer lugar, la legitimación y difusión de la democracia como modelo de organización política, que abre canales de participación en las decisiones a poblaciones y grupos humanos que históricamente habían sido excluidos y oprimidos; en segundo lugar, la importancia que viene adquiriendo a nivel normativo internacional y en los Estados nacionales, los derechos de las colectividades o pueblos. Una muestra de ello es la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en septiembre del presente año3.

Los derechos colectivos son diversos y ciertamente complejos. Si se pudieran sintetizar de alguna manera, habría que señalar que estos consisten esencialmente en el derecho a decidir o participar en las decisiones que afectan sus intereses. Así, el ejercicio de los derechos colectivos facultaría a un grupo humano con características de pueblo a decidir s...

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