RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 112-2014-P-CSJHA-PJ - Aclaran lo dispuesto en la Res. Adm. N° 522-2013-P-CSJHA-PJ, en lo referente al horario de atención diario a los justiciables en la Corte Superior de Justicia de Huaura.

Fecha de publicación26 Febrero 2014
Fecha de disposición26 Febrero 2014
El Peruano
Miércoles 26 de febrero de 2014 517553
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto
en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de
aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo
personal ingresó mediante Concurso Público;
Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia
N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana
Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao,
Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación
Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes
Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en
los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante
Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se
desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito
de competencia de cada una de esas Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como Auxiliares Coactivos
de la Intendencia Regional Cusco, a los funcionarios que
se indica a continuación:
- GLORIA INES MOREYRA PIZARRO CON REG. 3777
- WASHINGTON WILLY PALLY CANAZA CON REG. 7805
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTHA A. VELARDE SOLORZANO
Intendente Regional
1054182-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE FISCALIZACION LABORAL
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 010-2014-SUNAFIL
Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia
N° 010-2014-SUNAFIL, publicada en la edición del día 21
de febrero de 2014
En el Artículo Único;
DICE:
(...) Designar, con ef‌i cacia desde el 18 de febrero de
2014, (...)
DEBE DECIR:
(...) Designar, con ef‌i cacia desde el 19 de febrero de
2014, (...)
1054634-1
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Aclaran lo dispuesto en la Res. Adm. Nº
522-2013-P-CSJHA-PJ, en lo referente
al horario de atención diario a los
justiciables en la Corte Superior de
Justicia de Huaura
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 112-2014-P-CSJHA-PJ
Huacho, 18 de febrero del 2014.
EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE HUAURA
VISTO:
La Resolución Administrativa N° 522-2013-P-CSJHA-
PJ, de fecha 29.11.13, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia,
es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo,
dirige la aplicación de la Política del Poder Judicial, en tal
sentido asume competencia administrativa para la mejor
organización, funcionamiento y atención de los órganos
jurisdiccionales que conforman su Distrito, dirigiéndolo a
brindar a los abogados, justiciables y público en general,
la pronta atención que se merecen por parte del personal
administrativo y jurisdiccional.
Que, mediante el documento del visto, se ha dispuesto
en su artículo primero que el horario único de atención al
público en los Centros de Distribución General de las Sedes
Judiciales de las Provincias de Huaura, Barranca y Huaral,
será de 08:00 am a 04:00 pm, hora en que se cerrará la
ventanilla no aceptando ningún documento posterior.
En tal sentido, corresponde aclarar la disposición
antes mencionada, toda vez que, de conformidad con los
numerales 2 y 3, del artículo 138° de la Ley del Procedimiento
Administrativo General, Ley N° 27444, el horario de atención
diario debe concluir con la prestación del servicio a la última
persona compareciente dentro del horario hábil, debiendo
entenderse por éste al último de los justiciables que dentro
del horario establecido de 08:00 am a 04:00 pm, haya
ingresado a los recintos judiciales a la espera de que sea
recepcionado sus escritos; debiendo los Responsables de las
Centrales de Distribución General, adoptar los mecanismos
y/o acciones pertinentes -ya sea a través de la entrega de
tickets, recepción anticipada de documentos u otros -a f‌i n de
dar cumplimiento lo señalado.
Que, estando a los considerandos expuestos y en uso
de las facultades conferidas por el artículo 90°, inciso 3 y
9 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial:
RESUELVE:
Artículo Primero: ACLARAR lo dispuesto en el artículo
primero de la Resolución Administrativa N° 522-2013-P-
CSJHA-PJ, en el sentido de que el horario de atención diario
debe concluir con la prestación del servicio al último de los
justiciables que dentro del horario establecido de 08:00 am
a 04:00 pm, haya ingresado a los recintos judiciales a la
espera de que sea recepcionado sus escritos.
Articulo Segundo: DISPONER que los Responsables
de las Centrales de Distribución General, adopten los
mecanismos y/o acciones pertinentes - ya sea a través de
la entrega de tickets, recepción anticipada de documentos
u otros - a f‌i n de dar cumplimiento lo señalado.
Articulo Tercero: DISPONER que lo antes establecido
no rige para los escritos presentados en procesos con
reo en cárcel y/o detenidos, los mismos que deben ser
recepcionados por las Centrales de Distribución General
hasta la culminación de la jornada laboral, esto es, hasta
las 16:45 horas.
Articulo Cuarto: DISPONER la publicación de la
presente Resolución Administrativa en el Diario Of‌i cial
“El Peruano”, en el diario de mayor circulación de las
Provincias de Huaura, Barranca y Huaral, y en la Página
Web del Poder Judicial.
Articulo Quinto: PONER la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la
Presidencia del Poder Judicial, de la Of‌i cina Desconcentrada
de Control de la Magistratura, de los Órganos Jurisdiccionales
de las Provincias de Huaura, Huaral y Barranca, de la
Of‌i cina de Administración, del Área de Informática, del Área
de Servicios Judiciales y Recaudación, de los Centros de
Distribución General, de la Of‌i cina de Seguridad Integral y,
de los interesados, para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JAIME LLERENA VELÁSQUEZ
Presidente
1053891-1

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