RESOLUCION N° 003-2014-OS/GART - Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas

Fecha de disposición04 Marzo 2014
Fecha de publicación04 Marzo 2014
El Peruano
Martes 4 de marzo de 2014 518067
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION EN
ENERGIA Y MINERIA
Aprueban costos administrativos y
operativos del FISE de las Empresas
de Distribución Eléctrica en sus
actividades vinculadas con el descuento
en la compra del balón de gas
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA ADJUNTA
DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO
SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y
MINERÍA OSINERGMIN
N° 003-2014-OS/GART
Lima, 28 de febrero de 2014
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) creó el
Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos
(SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético
(FISE), estableciendo en su Artículo 3° un esquema
de compensación social y servicio universal para
los sectores más vulnerables de la población, que
comprende, entre otros, una compensación para
promover el acceso al GLP de dicha población,
mediante un descuento en la compra mensual de un
balón de GLP de hasta 10 kg;
Que, las Empresas de Distribución Eléctrica, de
conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así
como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por
implementación del mecanismo de descuento; y los costos
administrativos y operativos aprobados y establecidos por
OSINERGMIN en que incurran dichas Empresas deben
ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el
Administrador;
Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN N°s.
138-2012-OS/CD y 034-2013-OS/CD, se aprobaron las
Normas “Procedimiento, Plazos, Formatos y Disposiciones
Aplicables para la Implementación y Ejecución del Fondo
de Inclusión Social Energético aplicable al descuento
en la compra del balón de gas”, y “Procedimiento para
el reconocimiento de costos administrativos y operativos
del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus
actividades vinculadas con el descuento en la compra
del balón de gas” (en adelante “Norma Costos FISE”),
respectivamente. Esta última norma, dispone la aprobación
mensual de costos administrativos y operativos del FISE
e incluye los formatos en que se reporta la información
pertinente.
Que, las empresas distribuidoras Adinelsa, Coelvisac,
Edecañete, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro
Puno, Electro Sur Este, Electrocentro, Electronoroeste,
Electronorte, Electrosur, Emsemsa, Emseusac,
Hidrandina, Luz del Sur, Seal y Sersa han remitido los
Formatos FISE 12-A, 12-B, 12-C y 12-D conteniendo
información hasta diciembre de 2013 sobre los costos
administrativos y operativos en los que han incurrido
para implementar y operar el FISE, motivo por el cual,
corresponde a OSINERGMIN la aprobación de dichos
costos, luego de la revisión efectuada, a f‌i n de que se
proceda a transferir del Fondo los montos aprobados
a favor de las empresas distribuidoras de energía
eléctrica;
Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 267-
2013-OS/CD, se incorporó el Artículo 8° en la Norma
Costos FISE, en el cual se estableció que los costos
administrativos y operativos del FISE a que se ref‌i eren
los considerandos precedentes, serían aprobados con
resoluciones de la Gerencia Adjunta de Regulación
Tarifaria de OSINERGMIN;
Que, finalmente, se ha expedido el Informe Técnico
N° 095-2014-GART de la División de Distribución
Eléctrica y el Informe Legal N° 057-2014-GART de
la Coordinación Legal de la Gerencia Adjunta de
Regulación Tarifaria, los cuales complementan la
motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN,
cumpliendo de esta manera con el requisito de
validez de los actos administrativos a que se refiere el
numeral 4 del Artículo , de la Ley del Procedimiento
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley
de Transparencia y Simplif‌i cación de los Procedimientos
Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley Marco de
los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en
los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en la Ley N° 29852,
Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en
Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético,
y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo
N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del
normas modif‌i catorias, complementarias y conexas;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar los costos administrativos y
operativos del FISE de las Empresas de Distribución
Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento
en la compra del balón de gas, de acuerdo con lo
siguiente:
Empresa
Monto total a
reconocer
por OSINERGMIN
(Nuevos Soles)
Adinelsa 7 744,08
Coelvisac 32 086,77
Edecañete 5 933,27
Electro Dunas 5 436,82
Electro Oriente 40 093,90
Electro Puno 134 145,56
Electro Sur Este 66 549,10
Electrocentro 190 438,01
Electronoroeste 83 354,60
Electronorte 66 045,53
Electrosur 9 431,84
Emsemsa 1 450,00
Emseusac 6 200,00
Hidrandina 169 919,68
Luz del Sur 20 979,13
Seal 42 149,60
Sersa 2 571,36
TOTAL 884 529,25
Artículo 2°.- A efectos de los reembolsos de los gastos
reconocidos en la presente resolución, la instrucción de
orden de pago al f‌i duciario a que se hace referencia
en el numeral 7.4 del artículo 7° de la Resolución
OSINERGMIN N° 034-2013-OS/CD, la realizará el Jefe
de Proyecto FISE e informará al Consejo Directivo de
OSINERGMIN.
Artículo 3°.- La presente resolución deberá ser
publicada en el diario of‌i cial El Peruano y consignada junto
con los Informes N° 095-2014-GART y 057-2014-GART, en
la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe.
VICTOR ORMEÑO SALCEDO
Gerente Adjunto
Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria
OSINERGMIN
1056301-1

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