1067 475-2004-MP-FN - Declaran fundada denuncia contra ex Juez del Juzgado Mixto de Corongo por delito de prevaricato e infundada denuncia contra ex magistrados por delito de abuso de autoridad

Fecha de publicación01 Abril 2004
Fecha de disposición01 Abril 2004
Pág. 265872
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 1 de abril de 2004
Que, Informe de Homologación Monodactilar Nº 1018/01/
UD/DCP/RENIEC, Examen de Confrontación Monodactilar
Nº 194-2002, Informe de Homologación Monodactilar Nº 372/
2002/UD/GO/RENIEC, Examen de Confrontación Monodac-
tilar Nºs. 387-2002 y 364-2002, e Informe de Homologación
Monodactilar Nº 366-2002/UDGIA/GO/RENIEC, respectiva-
mente, determinan que se trata de casos de doble inscripción
realizadas por una misma persona biológica;
Que, el comportamiento realizado por los ciudadanos an-
tes indicados, al hacer insertar en instrumentos públicos de-
claraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el
documento mismo, dado el hecho de haberse inscrito nueva-
mente a pesar de contar con una inscripción anterior, se en-
cuentra tipificado como delito contra la Fe Pública en la moda-
lidad de Falsedad Ideológica, previsto y sancionado en el ar-
tículo 428º del Código Penal vigente;
Que, en atención a los considerandos precedentes resul-
ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los
asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, para que interponga las acciones legales que
correspondan en defensa de los intereses del Estado y del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra ciu-
dadanos EDWIN ELEONOR MEZA GALVAN, YONY GON-
ZALES RAFAEL y/o JHONNY GONZALES RAFAEL, MA-
RIA MEDINA MONTOYA y/o MARUJA MEDINA MONTOYA,
YSOE MONTEJO SAAVEDRA y/o ALEXANDER MONTE-
JO SAAVEDRA, RICARDO GIORDANO CAMPERO GON-
ZALES y/o RICARDO GIORDANO CARPIO GONZALES y
HILTER VASQUEZ SALGADO; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de
los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, para que en nombre y representación de los intere-
ses del Estado interponga las acciones legales que correspon-
dan contra EDWIN ELEONOR MEZA GALVAN, YONY GONZA-
LES RAFAEL y/o JHONNY GONZALES RAFAEL, MARIA ME-
DINA MONTOYA y/o MARUJA MEDINA MONTOYA, YSOE
MONTEJO SAAVEDRA y/o ALEXANDER MONTEJO SAAVE-
DRA, RICARDO GIORDANO CAMPERO GONZALES y/o RI-
CARDO GIORDANO CARPIO GONZALES y HILTER VAS-
QUEZ SALGADO, por presunto delito contra la Fe Pública, en la
modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Pú-
blico encargado de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a
que se contrae la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
06190
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales a presunto responsable de la
comisión de delito contra la administra-
ción pública
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 115-2004-JEF/RENIEC
Lima, 19 de marzo de 2004
Visto, el Oficio Nº 697-04-GO/RENIEC, el Informe Nº
008-2004-GO/SGCF y el Informe Nº 185-2004-GAJ/RE-
NIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fe-
cha 4 de marzo del 2004.
CONSIDERANDO:
Que, la Jefatura Regional de Iquitos, entre los meses de
agosto y diciembre del año 2003 recibió frecuentes quejas ver-
bales y escritas presentadas por la Municipalidad Distrital de
Sapuena, por Autoridades del Centro Poblado Menor de Obre-
ro y por promotores católicos del distrito de Jenaro Herrera -
provincia de Requena sobre el accionar del locador del Regis-
tro Nacional de Identificación y Estado Civil, señor RICARDO
MAFALDO RÍOS, quien se desempeñaba como terminalista y
encargado del Punto de Atención de Requena - Iquitos, las
mismas que ponían en conocimiento sobre irregularidades en
el cobro de formularios de RENIEC y sobre la ineficiencia en
su desempeño;
Que, ante las quejas presentadas, la Gerencia de Opera-
ciones mediante Memo Nº 054-04-GO/RENIEC, dispone que
se proceda a efectuar la investigación correspondiente con res-
pecto a las presuntas irregularidades imputadas al menciona-
do servidor;
Que, mediante Memorando Nº 252-2003-RENIEC/GO/JR4/
IQU, Nº 238-2003-RENIEC/GO/JR2/LORE y Nº 270-2003-RE-
NIEC/GO/JR-4/IQU, la Jefatura Regional de Iquitos se dirige al
trabajador en mención para solicitarle el descargo respecto a
las quejas presentadas, el mismo que niega las imputaciones
en su contra, manifestando que sí se realizaron los hechos que
se denuncian, pero que lo hicieron terceras personas no vincu-
ladas con la institución;
Que, con fecha 10 de noviembre del 2003, mediante Infor-
me Nº 002-2003-RENIEC/GO/JR4-IQU/AST.ADM., se informa
que entre los días 3 al 6 de noviembre del año 2003, el señor
Marcos Morales La Rosa, Asistente de la Jefatura Regional de
Iquitos por orden del Jefe Regional procedió a tomar manifes-
taciones a 36 ciudadanos del distrito de Jenaro Herrera, los
mismos que declaran que los cobros indebidos fueron realiza-
dos directamente por el señor RICARDO MAFALDO RÍOS;
Que, mediante Informe Nº 008-2004-GO/SGCF, de fecha
31 de enero del 2004, la Subgerencia de Control y Fiscaliza-
ción, informa del resultado de las investigaciones, la misma
que concluye que el servidor en mención ha realizado cobros
de dinero por formatos de Declaraciones Juradas de Domicilio;
Que, los hechos descritos precedentemente, constituyen
indicios razonables de la comisión del delito contra la Adminis-
tración Pública en su modalidad de Concusión, previsto y san-
cionado por el artículo 382º del Código Penal vigente, por cuanto
el señor RICARDO MAFALDO RÍOS, en su calidad de termi-
nalista de la Agencia de RENIEC en la provincia de Requena -
Iquitos, ha realizado el cobro ilegítimo por Formularios de
Declaraciones Juradas de Domicilio que son de distribución
gratuita, induciendo en error a los pobladores del distrito de
Jenaro Herrera, provincia de Requena, departamento de Iqui-
tos, aprovechando la situación de desconocimiento de los po-
bladores de las zonas mas alejadas del país;
Que, en atención a los considerandos precedentes, y es-
tando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resul-
ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los
asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, para que interponga las acciones que correspon-
dan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Na-
cional de Identificación y Estado Civil contra RICARDO MA-
FALDO RÍOS; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encarga-
do de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-
ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los
intereses del Estado interponga las acciones legales que corres-
pondan contra RICARDO MAFALDO RÍOS, en agravio del Esta-
do y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador
Público encargado de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a
que se contrae la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
06186
MINISTERIO PÚBLICO
Declaran fundada denuncia contra ex
Juez del Juzgado Mixto de Corongo por
delito de prevaricato e infundada
denuncia contra ex magistrados por
delito de abuso de autoridad
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA
NACIÓN Nº 475-2004-MP-FN
Lima, 26 de marzo de 2004

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