La continuación de la sociedad disuelta por vencimiento del plazo de duración

Resumen


1. El recuerdo de una buena persona. 2. El plazo de duración de las sociedades comerciales. 3. La disolución de la sociedad por expiración del término de constitución. 4. La continuación de la actividad de la sociedad comercial con plazo vencido. 4.1. Modificaciones en la estructura del sujeto societario. 4.2. La doctrina de la identidad.

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Extracto


La continuación de la sociedad disuelta por vencimiento del plazo de duración

1. El recuerdo de una buena persona.

La Dirección de esta Revista, cuyo Consejo de Redacción tengo el alto y seguramente inmerecido honor de integrar, ha decidido homenajear al recordado jurista Enrique Manuel Butty con la aparición de un número especial destinado a honrar su memoria.

Abogado, juez y profesor, supo descollar en todas las facetas de su actividad profesional haciendo gala de profundos conocimientos y agudos planteos que, en algunos casos, importaron sostener posiciones avanzadas para su época sin temor a las críticas ni a la adopción de criterios discutibles. No lo arredraron la novedad ni la polémica; antes bien azuzaron su espíritu inquieto poco apegado a la solemnidad en todos los ámbitos.

Nuestros caminos, por fortuna, se cruzaron en más de una oportunidad y siempre nos ha quedado algún sedimento enriquecedor; desde los lejanos tiempos en que tuvimos oportunidad de auxiliar al Dr. Butty en sus actividades académicas en la cátedra a cargo del Profesor Jaime Luis Anaya, hasta que -en ejercicio de la Presidencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial- nos tomó el juramento de rigor al acceder a la magistratura.

Mucho tiempo ha corrido desde que conocimos a Enrique, algunas experiencias compartidas, anécdotas y divertidos comentarios a los que era tan proclive, que recordó con generosidad y cariñosamente al ponernos en funciones, deslumbrando con su fácil y particular modo de expresión a los asistentes.

Destacar sus muchas cualidades sería redundante. Nadie que lo haya conocido podría abrigar algún reparo al respecto. Pero, si correspondiera resumirlas, ninguna calificación podría describirlo mejor que recordarlo como la buena persona que fue. Si una de sus virtudes se eleva sobre las demás, esa es la calidad humana que lo distinguía y que perdura en el recuerdo.

Y, como testimonio de nuestro afecto, elegimos para sumarnos a su homenaje una cuestión del derecho societario al que dedicó sus mejores esfuerzos intelectuales y que prefiguró una de las reformas instauradas por la ley 22.903: la doctrina de la identidad. Expresamos nuestro disenso con ciertas conclusiones que expresó, pero estamos seguros que a Enrique no le hubiera dado demasiada importancia.

2. El plazo de duración de las sociedades comerciales.

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