La interpretación de normas de contabilidad y auditoría: "Auditoría y revisión del balance social"

AutorMaría Rodrigues de Ramirez
  1. INTRODUCCIÓN

    En la reunión de la Junta de Gobierno de la FACPCE que tuvo lugar el 30/11/2012, fue aprobada la interpretación N° 6 de normas de contabilidad y auditoría: “Auditoría o revisión del balance social”. La misma se constituye en una respuesta ad hoc para abordar las cuestiones vinculadas con el balance social que la resolución técnica (RT) 36 -aprobada en esa maratónica sesión- introduce como nuevo informe que las empresas voluntariamente pueden emitir para ejercicios que se inicien a partir del 1/1/2013 (o anticipadamente desde los que comiencen el 30/11/2012).

    En este trabajo, tras una breve referencia a los antecedentes de esta interpretación que, en nuestra opinión, viene a cubrir una necesidad “temporal”, en virtud de que no se ha aprobado aún la modificación de la resolución técnica 7 incluida en el proyecto de resolución técnica 28, reseñamos su contenido que resulta de indispensable consulta para los contadores públicos independientes que encaren este tipo de tarea en empresas que decidan emitir sus balances sociales y no apliquen las normas de la IAASB de la IFAC que adopta la resolución técnica 35. Resulta importante contar con una serie de guías sobre procedimientos apropiados para abordar este tipo particular de compromisos de aseguramiento no tradicionales.

  2. ANTECEDENTES

    El 17/3/2011, el Consejo Emisor de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA) de la FACPCE aprobó el Proyecto de Interpretación(1) sobre “Auditoría del balance social” que fue aprobado por la Junta de Gobierno de la FACPCE el 1 de abril, con un período de consulta que se extendió hasta el 31/8/2011. Uno año después, tras el análisis de las opiniones recibidas, el CENCyA, en reunión del 20/9/2012, lo aprobó y elevó a la Junta de la FACPCE para su análisis y eventual aprobación como interpretación, lo que finalmente ocurrió en la reunión que tuvo lugar en la ciudad de Villa Carlos Paz (provincia de Córdoba) el 30/11/2012, bajo la denominación ahora de “auditoría o revisión del balance social” dentro de la maratónica sesión en la que se aprobaron de la resolución técnica 32 a la 36.

    Recordamos que el 28/3/2008, la Junta de Gobierno de la FACPCE había aprobado el proyecto de resolución técnica 14, “normas profesionales sobre compromisos de seguridad distintos de auditoría o revisión de estados financieros históricos y servicios relacionados”, que fue dejado de lado(2) en razón de cambio de estrategia que se volcó, con los proyectos de resolución técnica 24 a 27, a la cuestión más amplia relacionada con la adopción de las normas internacionales de auditoría y con el proyecto de resolución técnica 28 a las modificaciones de la resolución técnica 7 (aplicable a los casos en que la aplicación de las NIA no fuera obligatoria ni se optara por ello).

  3. COMENTARIOS GENERALES SOBRE TERMINOLOGÍA Y CUESTIONES RELACIONADAS CON LA ESTRUCTURA NORMATIVA

    El título de la interpretación, agrega “o revisión” al del Proyecto 6 que se refería solamente a la “auditoría” de balances sociales. Entendemos que esta denominación busca poner el acento en la terminología de uso más corriente en nuestro medio y se aleja, así, de la NIEA (ISAE) 3000 sobre encargos de aseguramiento que difieren de las Auditorías o Revisiones realizadas sobre información financiera histórica, que actualmente ya se encuentra plasmada en la resolución técnica 35 de aprobación en la misma fecha que la interpretación N° 6.

    La imprecisión terminológica subsiste por cuanto en el alcance se habla de “procedimientos a aplicar en el caso de una auditoría o revisión de balances sociales y la emisión del informe de verificación que emita el auditor sobre cifras e información presentada por las organizaciones que presenten sus memorias de sostenibilidad”. Recordamos que la resolución técnica 36 sobre balances sociales establece que la estructura de los mismos está conformada por ambos elementos: la memoria de sustentabilidad y el estado de valor económico generado y distribuido.

    A diferencia del Proyecto 6, la interpretación utiliza el término “aseguramiento” en lugar de “seguridad” que ha sido reemplazado en todo el texto e incluye la pregunta 3 referida a “si los estados contables que se habrán de tomar como base (sic), deberán contar con informe de auditoría”, a lo que se responde afirmativamente señalando que el mismo puede haber sido realizado por el mismo “auditor del balance social o por otro profesional” en cuyo caso se evaluará si corresponde realizar procedimientos adicionales.

    A los efectos de esclarecer la situación y ubicar al lector en algunas cuestiones que se desarrollan en las preguntas que se tratan a continuación, reseñamos en el siguiente cuadro las resoluciones técnicas aprobadas y la que se halla pendiente de aprobación en función de los Proyectos de resoluciones técnicas que se han venido discutiendo, que habrán de tener un fuerte impacto en la actuación de los contadores públicos argentinos.

    PRT RT Contenido: Adopción de A partir de ejercicios/Alcance
    24 32 Normas Internacionales de Auditoría (NIA) del IAASB de la IFAC (quienes apliquen deben cumplir con RT 34) ISAs - International Standards on Auditing Iniciados el 1/7/2013 (se permite su aplicación anticipada para los trabajos de auditoría que se inicien a partir del 30/11/2012) para la preparación de los estados financieros por parte de las entidades obligadas a aplicar NIIF (cotizantes en el mercado de valores) o que opten por ello.
    25 33 Normas Internacionales de Encargos de Revisión (NIER) del IAASB de la IFAC (quienes apliquen deben cumplir con RT 34) ISREs - International Standards on Review Engagements Períodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados el 1/7/2013 (aplicación anticipada opcional para los servicios previstos en esta norma siempre que se lo haga de manera coherente con la adopción de las NIA para la auditoría del ejercicio completo) para la revisión de los estados financieros intermedios emitidos por las entidades que apliquen NIAs de acuerdo a RT 32 para sus estados financieros de ejercicio completo.
    26 34 Normas internacionales de control de calidad (N° 1) Normas sobre independencia (contenidas en el Código de Ética internacional, complementarias a las vigentes en cada jurisdicción) ISQCs - International Standard on Quality Control Las normas de independencia y sistemas de control de calidad establecidas por esta resolución deben aplicarse a los trabajos realizados de acuerdo con las resoluciones técnicas 32, 33 y 35, incluso los realizados con anticipación a las fechas de aplicación obligatoria. Se requiere que queden establecidos sistemas de control de calidad en cumplimiento de esta RT a la fecha de inicio del ejercicio en que el contador manifieste haber realizado servicios profesionales en los que se apliquen las normas contenidas en las RT 32, 33 y 35, siendo también de aplicación para quienes decidan cumplirlas voluntariamente sin necesidad de realizar tal manifestación.
    27 35 Normas internacionales de encargos de aseguramiento (NIEA) y servicios relacionados (NISR) del IAASB de la IFAC (quienes apliquen deben cumplir con RT 34) ISAEs - International Standards son Assurance Engagements ISRSs - International Standards on Related Services Para servicios diferentes de las Auditorías o Revisiones de información financiera histórica que se pueden prestar desde el 30/11/2012.
    28 Modificaciones a la RT 7 A enero/2013 figura en la página de FACPCE como Proyectos Anteriores (vencidos)
    FUENTE: Elaboración propia en función de información contenida en RT y Manual 2012 (IAASB)

    A continuación transcribimos el Anexo de la resolución técnica 35 que ilustra sobre pronunciamientos adoptados, en el que resaltamos los pertinentes para el tipo de compromisos relacionados con el balance social para los contadores públicos que decidieran adoptarla:

    ANEXO RT 35 Listado de NIEA y NISR y otros pronunciamientos relacionados que se adoptan(3) Prefacio de las normas internacionales de control de calidad, auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento y servicios relacionados “Marco internacional para servicios de aseguramiento” “Compromisos de aseguramiento diferentes de auditoría o revisión de información financiera histórica” 3000-3699 Normas internacionales sobre compromisos de aseguramiento 3000-3399 Aplicables a todos los servicios de aseguramiento 3000 Compromisos de aseguramiento diferentes de auditoría o revisión de información financiera histórica 3400-3699 Normas para cuestiones específicas 3400 El examen de información financiera prospectiva Servicios relacionados 4000-4699 Normas internacionales sobre servicios relacionados 4400 Compromisos para aplicar procedimientos convenidos sobre información financiera 4410 Compromisos para compilar información financiera Notas Internacionales de Prácticas de Encargos de Aseguramiento - No existen a la fecha Notas Internacionales de Prácticas de Servicios Relacionados - No existen a la fecha

    Creemos que también resulta ilustrativo para comprender la ubicación de los distintos pronunciamientos internacionales el esquema que la IAASB de la IFAC realiza dentro del Manual 2012 sobre las normativas internacionales:

    Estructura de pronunciamientos emitidos por la IAASB

    (Ver Gráfico en PDF Adjunto)

    Se enfatiza en el alcance de la interpretación 6 que el auditor deberá realizar una tarea previa para diseñar los procedimientos de auditoría a aplicar, lo que tiene que ver con la identificación de la “materia objeto de análisis” y de los “criterios adecuados” para su evaluación. Ello se justifica en tanto, a diferencia de la auditoría de estados contables, que constituyen informes ampliamente reconocidos, así como las normas utilizadas como “sensores” para su evaluación, en el caso del balance social, “no existe un reconocimiento unívoco” ni un solo cuerpo normativo que regule su contenido, estructura, mediciones, forma y plazos de presentación.

    Ejemplifica tales extremos a través de...

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