ORDENANZA N° 016-2013 - Aprueban Programa de beneficio de reducción de deudas constituidas por multas y sanciones administrativas derivadas de infracciones a las disposiciones en materia de tránsito y/o al servicio de transporte regular de pasajeros, servicio de taxi y otros

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Fecha de la disposición17 de Agosto de 2013
El Peruano
Sábado 17 de agosto de 2013
501344
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE EXONERA EL 50% DEL
DERECHO DE PAGO DE LA TASA DE
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, DE LA
AUTORIZACIÓN PARA LA UBICACIÓN
DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS Y COLOCACIÓN
DE TOLDOS, ESTABLECIDOS EN
EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Artículo 1. Exonérase, excepcionalmente y por única
vez, el pago del 50% del derecho de la tasa establecida
en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Municipalidad Provincial de Callao para el Procedimiento
de Licencia de Funcionamiento Municipal a los
propietarios y/o conductores de los locales comerciales,
que desarrollen actividades comerciales al por menor y
de servicio como: of‌i cina administrativas, consultorio
médico o jurídico para el ejercicio profesional individual,
servicio de computación, cabinas de internet, locutorio,
lavandería, salón de belleza, estudio fotográf‌i co, f‌l orería,
farmacia, botica, control de presión arterial e inyectables,
alquiler de disfraces, sastrería, trabajo de mantenimiento
de electrodomésticos y equipos informáticos, librería,
bodega, bazar, boutique, venta de productos artesanales,
restaurante con venta de licor como complemento de las
comidas y con horario establecido, fuente de soda, juguería,
como uso complementario a la vivienda, ocupando para el
desarrollo de la actividad económica autorizada, un área
de hasta cien metros cuadrados (100 m2).
Artículo 2. Exonérase, excepcionalmente y por única vez,
el pago del 50% de la tasa establecida en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial
del Callao para el procedimiento de autorización para la
ubicación de anuncios publicitarios y la colocación de toldos
a los propietarios y/o conductores que desarrollen actividades
económicas indicadas en el artículo anterior, siempre que los
anuncios y toldos sean hasta los doce metros cuadrados (12
m2) estén adosados a la pared de la vivienda, promocionando
el negocio y no sean estructuras especiales y/o cumplan con
las características establecidas en la Ordenanza Municipal Nº
000010-2013-MPC.
Artículo 3. No se incluyen dentro de los alcances de la
presente Ordenanza las actividades industriales, talleres
u otras actividades que causan ruidos molestos o humos
en perjuicio de los vecinos.
Artículo 4. Las solicitudes de licencia de funcionamiento
municipal, de autorización para la ubicación de anuncios
publicitarios y para la colocación de toldos, acogidas a la
presente Ordenanza serán aceptadas siempre que cumplan
con presentar los requisitos establecidos en la Ley Marco
de Licencia de Funcionamiento Nº 28976, el Reglamento
de Inspecciones Técnicas de Seguridad de Defensa Civil,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM,
la Ordenanza Municipal Nº 000010-2008, que aprueba
las Normas Técnicas Administrativas para la Ubicación de
Anuncios Publicitarios en la Provincia Constitucional del
Callao y el Texto Único de Procedimientos Administrativos
– TUPA, de esta comuna y, con la f‌i nalidad de evitar tramites
infructuosos, se expedirá una orden de pago de la tasa
correspondiente a cada autorización, la misma que deberá
expedirse posteriormente a la orientación y verif‌i cación de
los requisitos establecidos en las acotadas normas.
Artículo 5. Encárgase a la Gerencia General de
Desarrollo Económico Local y Comercialización la
expedición de la licencia de funcionamiento municipal
dentro de las setenta y dos (72) horas de haber ingresado
la solicitud de licencia de funcionamiento Municipal
acogida a presente Ordenanza.
Artículo 6. Encárgase a la Gerencia General de
Desarrollo Económico Local y Comercialización la
expedición de la autorización para la ubicación de
anuncios publicitarios y colocación de toldos, en forma
conjunta y simultánea al otorgamiento de la Licencia de
Funcionamiento Municipal, dentro de las setenta y dos
(72) horas de haber ingresado la solicitud de licencia
de funcionamiento municipal acogida a la Ordenanza
Nº 0010-2013, dado a que las autorizaciones descritas
constituyen procedimientos vinculados y accesorios al
funcionamiento del local y considerando que la licencia de
funcionamiento tiene carácter indeterminado, la nulidad
o cese de la licencia de funcionamiento, acarreará la
pérdida de vigencia de la autorización para la ubicación
de anuncios publicitarios y para la colocación de toldos,
en tanto el establecimiento no obtenga una nueva licencia
de funcionamiento y siempre que no se modif‌i quen las
características y/o condiciones de dichas autorizaciones.
Artículo 7. Exonérase, excepcionalmente y por
única vez, el pago del 100% de la multa administrativa,
derivada de una notif‌i cación de infracción por carecer de
licencia de funcionamiento municipal a los propietarios y/o
conductores de los locales comerciales, que desarrollen
actividades comerciales al por menor y/o de servicio, con
un área de hasta 100 m2. indicados en el primer artículo;
se incluye además a aquellos que por primera vez hayan
sido notif‌i cados y sancionados.
Con respecto a la exoneración de la notif‌i cación
de infracción y/o multa administrativa, derivada de
una notif‌i cación de infracción por carecer de licencia
de funcionamiento municipal, los administrados que
estuvieran incursos en estos casos deberán solicitar
por escrito la respectiva anulación de la notif‌i cación y/o
de la multa administrativa, para lo cual deberán adjuntar
copia legible de la solicitud de trámite de la licencia de
funcionamiento municipal, Formulario Único de Trámite-
FUT, ingresado por ante la Gerencia de Recepción
Documental y Archivo General de la Municipalidad.
Artículo 8. Exonérase, excepcionalmente y por
única vez, el derecho de pago por levantamiento de
clausura, estipulado en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos-TUPA; ítem 8 y 9 de la Gerencia General
de Desarrollo Económico Local y Comercialización.
Con respecto al levantamiento de la sanción
complementaria de clausura def‌i nitiva o temporal ejecutada,
podrá ser suspendida previa presentación de la solicitud de
levantamiento de la clausura, para los cual deberá acreditar
haber levantado la infracción, presentando copia del
Formulario Único de Trámite - FUT, documentos que acredita
el inicio del trámite de la respectiva licencia de funcionamiento
municipal, ingresada por ante la Gerencia de Recepción
Documental y Archivo General de la Municipalidad.
Artículo 9. El incumplimiento a lo dispuesto en la
presente Ordenanza y demás normas municipales, estará
sujeto a las sanciones y acciones administrativas descritas
en el Régimen de Aplicación de Sanciones – RAS, aprobada
mediante Ordenanza Municipal Nº 000010-2007.
Artículo 10. Encárgase a la Gerencia General
de Desarrollo Económico Local y Comercialización el
cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia
General de Relaciones Públicas y a la Gerencia de
Informática, la promoción, difusión y publicidad de la misma.
Artículo 11. La presente ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación, con una vigencia hasta
el 16 de setiembre de 2013.
Artículo 12. Facúltase al señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
necesarias para la correcta aplicación de la presente
Ordenanza, así como para disponer la prórroga
correspondiente, si fuera necesario.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
975648-1
Aprueban Programa de beneficio de
reducción de deudas constituidas por
multas y sanciones administrativas
derivadas de infracciones a las
disposiciones en materia de tránsito
y/o al servicio de transporte regular de
pasajeros, servicio de taxi y otros
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 016-2013
Callao, 12 de agosto de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO

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