08 001-2003-MIMDES - Aprueban el Reglamento de la Ley N° 27767 - Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria
Fecha de disposición | 18 Enero 2003 |
Fecha de publicación | 18 Enero 2003 |
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 18 de enero de 2003
de 2003, a fin de participar como representante de la Dele-
gación Oficial Peruana en el IV Período de Sesiones del
Comité Especial Encargado de elaborar el Proyecto de
Convención de Naciones Unidas sobre Lucha contra la
Corrupción, conforme a la invitación cursada por el señor
Embajador Subsecretario de Asuntos Multilaterales y Es-
peciales del Ministerio de Relaciones Exteriores;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619,
Ley Nº 27879 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al señor abogado Luis
Gilberto Vargas Valdivia, Procurador Público Ad Hoc, a la
ciudad de Viena, Austria, del 19 al 24 de enero de 2003,
para los fines expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos
transferidos al Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo – PNUD, en el marco del Proyecto PER/02/003
"Procuraduría Anticorrupción Ad Hoc", de acuerdo al si-
guiente detalle:
Pasajes US$ 1,325.42
Viáticos US$ 1,560.00
Tarifa CORPAC US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-
ros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO
Ministro de Justicia
00928
Autorizan a procuradora iniciar accio-
nes judiciales contra presuntos res-
ponsables de la comisión de delito con-
tra la fe pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 014-2003-JUS
Lima, 16 de enero de 2003
Que, mediante Visto el Oficio Nº 1753-2002-JUS/PPMJ
de fecha 8 de noviembre de 2002, de la Procuraduría Pú-
blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de
Justicia;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 1770-2002/ZR Nº XI-JZ, de fe-
cha 20 de setiembre de 2002, el Jefe de la Zona Registral Nº
XI, sede Ica, manifiesta que el señor Ernesto Laos Ríos pre-
sentó el título Nº 380 y que posteriormente con fecha 14 de
mayo del presente año presentó los títulos 437 y 438 ante el
Registro de Propiedad Vehicular para la inmatriculación de
los vehículos: marca Honda, modelo CBR-600F3, año 1998,
color rojo - negro, serie PCZSE-2608795, motor
JH2PC2508VM608722, con Declaración Única de Aduanas
Nº 172-2000-10-32612-4; marca Yamaha, modelo YZF600-RG,
año 2001, color azul - blanco - negro, serie
JYARJO4EOYA006711, motor NR9HK091D, con Declara-
ción Única de Aduanas Nº 172-2001-05540-2-01-1-00; mar-
ca Kawasaki, modelo ZX-9R, año 2001, color verde, serie
JKAZX2E13YA000679, motor ZX9000E029505, con Decla-
ración Única de Aduanas Nº 172-2001-10-05640-3-16-1-00;
Que, efectuada la calificación y consulta por parte del
Registrador Público de Chincha en la página Web de Adua-
nas se determinó que las mencionadas declaraciones eran
falsas, procediéndose a la tacha de los referidos títulos de
conformidad con lo señalado por el artículo 36º del Regla-
mento General de los Registros Públicos, siendo poste-
riormente elevados los títulos en original a la Jefatura Zo-
nal a fin de que dichos hechos sean puestos en conoci-
miento de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos
Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en represen-
tación y defensa de los intereses del Estado, interponga
las acciones judiciales que correspondan;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de
la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-
creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y ar-
tículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y
Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley
Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car-
go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para
que en representación y defensa de los intereses del Esta-
do, interponga las acciones judiciales correspondientes
contra don Ernesto Laos Ríos y los que resulten responsa-
bles de la comisión de delito contra la fe pública, conforme
a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de
la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como
los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora
Pública, para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO
Ministro de Justicia
00929
MIMDES
Aprueban el Reglamento de la Ley
Nº 27767 - Ley del Programa Nacional
Complementario de Asistencia Alimen-
taria DECRETO SUPREMO
Nº 001-2003-MIMDES
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 27767 - Ley del Programa Nacio-
nal Complementario de Asistencia Alimentaria, se estable-
ce las normas que regulan la obligatoriedad de la adquisi-
ción de productos alimenticios nacionales de origen agro-
pecuario e hidrobiológico, por los Programas de Apoyo Ali-
mentario y Compensación Social de todos los organismos
públicos del Estado que utilicen recursos públicos;
Que es necesario establecer las normas reglamenta-
rias y procedimientos que deberán observar y aplicar obli-
gatoriamente los Programas de Apoyo Alimentario y Com-
pensación Social de todos los organismos públicos del
Estado que utilicen recursos públicos del Estado, cuando
adquieran productos alimentos nacionales de origen agro-
pecuario e hidrobiológico;
Que el artículo 8º de la referida Ley dispone que el re-
glamento será propuesto por el Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social, refrendado por el Ministerio de Econo-
mía y Finanzas;
De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto de la norma
Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 27767 que estable-
ce las normas que regulan la obligatoriedad de la adquisi-
ción de productos alimenticios nacionales de origen agro-
pecuario e hidrobiológico por los Programas de Apoyo Ali-
mentario y Compensación Social de todos los organismos
del Estado que utilicen recursos públicos, el cual consta
de treinta y siete (37) Artículos, tres (3) Normas Comple-
mentarias, cinco (5) Disposiciones Transitorias y Finales y
un (1) anexo, que forman parte integrante del presente De-
creto Supremo.
Artículo 2º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Econo-
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