1507 366-2001-EM/VME - Código Nacional de Electricidad Suministro 2001

Fecha de publicación06 Agosto 2001
Fecha de disposición06 Agosto 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 6 de agosto de 2001 AÑO XIX - Nº 7715 Pág. 208399
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
M T C
Autorizan viaje de funcionario de la
Dirección General de Correos a Brasil
para participar en seminario relativo al
Fondo para el Mejoramiento de la Cali-
dad de Servicio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 359-2001-MTC/15.03
Lima, 2 de agosto de 2001
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría General de la Unión Postal de las
Américas, España y Portugal - UPAEP, con la colabora-
ción de la Administración Postal de Brasil, ha organiza-
do el Seminario sobre el Fondo para el Mejoramiento
de la Calidad de Servicio, que se realizará en la ciudad
de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil,
durante los días 6 al 9 de agosto de 2001;
Que, la Unión Postal de las Américas, España y
Portugal ha aceptado la candidatura del señor Godofre-
do Wong Mori, Director de Asesoría Técnica de la Direc-
ción General de Correos del Ministerio de Transportes,
Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que en
calidad de Coordinador Nacional represente a la admi-
nistración postal peruana en el referido Seminario;
Que, el Seminario tiene como objetivo fundamental
familiarizar a los responsables de la elaboración de los
proyectos relativos al Fondo para el Mejoramiento de
la Calidad de Servicio con las directivas relacionadas
con el Fondo y con los procedimientos para la formula-
ción de proyectos, así como también permitir que los
países agilicen la preparación y presentación de pro-
yectos individuales o colectivos al Consejo Fiduciario;
Que, los gastos que demande la participación del
mencionado funcionario, serán financiados por la Unión
Postal de las Américas, España y Portugal y la Adminis-
tración Postal de Brasil;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Decre-
tos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 053-2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Godofredo
Wong Mori, Director de Asesoría Técnica de la Dirección
General de Correos del Ministerio de Transportes, Co-
municaciones, Vivienda y Construcción, a la ciudad de
Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, durante
los días 5 al 9 de agosto de 2001, para los fines a que se
contrae la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente
no irrogará gastos al Estado.
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere-
cho a exoneración o liberación de impuestos o de dere-
chos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CHANG REYES
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
28654
Autorizan adquisición de combustible
mediante adjudicación de menor cuan-
tía para ejecución de obras del Proyec-
to Mejoramiento de Pavimentos del
Aeropuerto de Huánuco
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 360-2001-MTC/15.02
Lima, 2 de agosto de 2001
VISTOS:
El Memorándum Nº 1515-2001-MTC/15.17 y el In-
forme Nº 125-2001-MTC/15.17.04 y sus antecedentes,
por los cuales se solicita la expedición de la Resolución
Ministerial correspondiente para autorizar la exonera-
ción del proceso de selección para la adquisición de
15,000 (quince mil) galones de Petróleo Diesel -2 para
el Proyecto: Mejoramiento de los Pavimentos del
Aeropuerto de Huánuco;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Informe Nº 125-2001-MTC/
15.17.04, con fecha 25 de febrero de 2001, se publicó el
aviso de convocatoria de la Licitación Pública Nº 001-
2001-MTC/15.17.J.P.M.A.H., para la adquisición de
combustible para el Proyecto Mejoramiento de los Pa-
vimentos del Aeropuerto de Huánuco; declarándose
desierta la referida Licitación, en aplicación del Artí-
culo 32º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adqui-
siciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su-
premo Nº 012-2001-PCM al quedar una única propues-
ta válida durante la apertura de los segundos sobres
que contienen la propuesta económica;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 205-2001-
MTC/15.02, de fecha 21 de mayo de 2001, se declaró en
situación de urgencia la adquisición de combustible
para el Proyecto Mejoramiento de los Pavimentos del
Aeropuerto de Huánuco; exonerándose a la Dirección
General de Caminos del requisito de Licitación Públi-
ca para la adquisición de 45,000 galones de Petróleo
Diesel - 2; mientras dure el proceso de selección de la
Segunda Convocatoria;
Que, de acuerdo al referido Informe, el 10 de abril de
2001, se publicó el aviso de la Segunda Convocatoria de
la Licitación Pública Nº 001-MTC/15.17.J.P.M.A.H.
declarándose nuevamente desierta la referida Licita-
ción Pública, en aplicación del Artículo 32º del TUO de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
por presentarse sólo un postor;
Que, debido a que la segunda convocatoria de la
referida Licitación Pública fue declarada desierta el
25.5.2001, de conformidad con el Artículo 32º del TUO
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-
do, se convocó al proceso de Adjudicación Directa;
Que, de acuerdo al referido informe, el mejoramien-
to del aeropuerto de Huánuco se encuentra en su etapa
de ejecución y el Petróleo Diesel - 2, compromete en
forma directa e inminente la continuidad de las obras
y con la finalidad de no obstaculizar los vuelos de las
aeronaves y evitar posibles accidentes; así como evitar
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 6 de agosto de 2001
la generación de mayores gastos generales por parali-
zación de obras; mientras dure el proceso de Adjudica-
ción Directa, se debe declarar en situación de urgencia
la adquisición temporal de 15,000 galones de Petróleo
Diesel - 2 por un valor referencial de S/. 115,500 (ciento
quince mil quinientos soles);
Que, el inciso c) del Artículo 19º del TUO de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba-
do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM señala que
están exonerados de los procesos de Licitación Pública,
Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el
caso las adquisiciones y contrataciones que se realicen
en situación de urgencia, declaradas de conformidad
con la referida ley;
Que, el Artículo 21º del citado texto legal señala que
se considera situación de urgencia cuando la ausencia
extraordinaria e imprevisible de determinado bien o
servicio compromete en forma directa e inminente la
continuidad de los servicios esenciales o de las operacio-
nes productivas que la Entidad tiene a su cargo, facul-
tando dicha situación a la entidad a la adquisición o
contratación de los bienes o servicios u obras por el
tiempo o cantidad según el caso necesario para llevar
cabo el proceso de selección que corresponda;
Que, el Artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
establece que las adquisiciones o contrataciones exone-
radas del proceso de Licitación, Concurso Público o
Adjudicación Directa, se realizarán mediante el proce-
so de Adjudicación de Menor Cuantía, y se aprobarán
mediante Resolución del Titular del Pliego; requirien-
do de un Informe Técnico Legal previo y publicado en
el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copia
de la misma y de los informes que la sustentan a la
Contraloría General de la República, dentro de los 10
días siguientes a la fecha de su aprobación;
Que, el Artículo 108º del Reglamento del TUO de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-
PCM y modificado mediante Decreto Supremo Nº 079-
2001-MTC, señala que la situación de urgencia debe
entenderse como una medida temporal, ante un hecho
de excepción que determina una acción rápida a fin de
adquirir o contratar lo indispensable para paliar la
urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de
selección correspondiente para las adquisiciones y
contrataciones definitivas;
Que, en consecuencia, es necesario adquirir los
15,000 galones de Petróleo Diesel - 2, mediante el
proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; a fin no se
comprometa directa e inminentemente la continuidad
de las referidas obras;
Con el informe favorable de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, y de conformidad con el Texto Unico
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-
2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Su-
premo Nº 013-2001-PCM y su modificatoria aprobada
por Decreto Supremo Nº 079-2001-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la
adquisición de combustible Petróleo Diesel - 2; para la
ejecución de las obras del Proyecto Mejoramiento de
los Pavimentos del Aeropuerto de Huánuco.
Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transpor-
tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del
proceso de Adjudicación Directa para la adquisición
de 15 000 (quince mil) galones de Petróleo Diesel - 2,
hasta por un monto de S/. 115,500 (ciento quince mil
quinientos y 00/100 nuevos soles) a ser destinados en
la ejecución de las obras del Proyecto mejoramiento de
la pavimentación del Aeropuerto de Huánuco.
Artículo 3º.- Autorizar a la Dirección General de
Caminos la adquisición del bien a que se refiere el
Artículo 1º de la presente Resolución, mediante el
proceso de Adjudicación de Menor Cuantía.
Artículo 4º.- La presente Resolución, así como el
Informe Técnico contenido en el Informe Nº 125-2001-
MTC/15.17.04 y el Informe Legal, serán puestos en
conocimiento de la Contraloría General de la Repúbli-
ca dentro de los diez días calendario siguientes a la
fecha de su aprobación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CHANG REYES
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
28655
Autorizan a empresa la operación de
estación retransmisora del servicio de
radiodifusión sonora comercial
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 561-2001-MTC/15.03
Lima, 24 de julio de 2001
VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa
RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A., para la
realización de inspección técnica y otorgamiento de
autorización por diez (10) años, para la operación de la
estación retransmisora del servicio de radiodifusión
sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), situa-
da en el distrito de Chaupimarca, provincia y departa-
mento de Pasco; y sobre aumento de potencia y cambio
de ubicación de dicha estación;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 068-97-MTC/
15.17, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17
AVISO
COMENTARIOS A LA LEY DEL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 6 de agosto de 2001
de febrero de 1997, se concedió a RADIO "A" FRE-
CUENCIA MODULADA S.A., autorización y permi-
so de instalación y prueba por el plazo improrrogable
de doce (12) meses, para operar una estación re-
transmisora del servicio de radiodifusión sonora
comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el dis-
trito de Yanacancha, provincia y departamento de
Pasco;
Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordena-
do de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la
facultad que otorga el Estado a personas naturales o
jurídicas para operar un servicio de radiocomunica-
ción autorizado;
Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la
Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la
inspección y a mérito del informe técnico respectivo el
Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda
y Construcción podrá expedir la correspondiente licen-
cia;Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece
que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo
máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifu-
sión, renovables a solicitud del interesado;
Que, el Artículo 193º del Reglamento General de
la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son
modificables las características de instalación y ope-
ración autorizadas para el uso o explotación de fre-
cuencias y otros parámetros técnicos si antes no se
obtiene la correspondiente aprobación del Ministe-
rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y
Construcción
Que, la Dirección de Administración de Frecuen-
cias de la Dirección General de Telecomunicaciones,
con Informe Nº 068-2001-MTC/15.19.03.2, de acuer-
do con los resultados satisfactorios de la inspección
técnica y de la evaluación técnica, emite su conformi-
dad técnica para que se le otorgue a RADIO "A"
FRECUENCIA MODULADA S.A. autorización para
operar la referida estación del servicio de radiodifu-
sión por el plazo de diez (10) años, incluyéndose el
cambio de ubicación y el aumento de potencia solici-
tados; y que se procede a adecuar el tipo de emisión
de la estación a las normas técnicas de radiodifu-
sión;
Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Di-
rección General de Telecomunicaciones, mediante
Informe Nº 413-2001-MTC/15.19.01, señala que es
procedente autorizar la operación de la citada esta-
ción de radiodifusión por el plazo de diez (10) años,
que incluye el período de instalación y prueba otor-
gado por la Resolución Ministerial Nº 068-97-MTC/
15.17; así como también es procedente autorizar los
cambios de características técnicas antes indica-
dos;
De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-
93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-
MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrati-
vos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi-
vienda y Construcción; y,
Con la opinión favorable del Director General de
Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la empresa RADIO "A"
FRECUENCIA MODULADA S.A., por el plazo de diez
(10) años la operación de una estación retransmisora
del servicio de radiodifusión sonora comercial en Fre-
cuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Chau-
pimarca, provincia y departamento de Pasco, de acuer-
do a las siguientes características técnicas:
Estación :BC-FM
Frecuencia :98.5. MHz
Indicativo :OBT-4W-FM
Potencia :1 Kw.
Emisión :256F8E
Horario :H24
Ubicación de la
Planta Retransmisora :Pasaje Tarma Nº 1127 -
Plaza Gamaniel Blanco, dis-
trito de Chaupimarca, pro-
vincia y departamento de
Pasco.
Coordenadas:
L.O. 76° 15' 22"
L.S. 10° 40' 40"
Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se
refiere el artículo precedente incluye el período de
instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por la
Resolución Ministerial Nº 068-97-MTC/15.17, por tan-
to vencerá el 17 de febrero del año 2007. La Dirección
General de Telecomunicaciones procederá a extender
la correspondiente licencia de operación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MENACHO RAMOS
Viceministro de Comunicaciones
28324
Otorgan a empresas autorización y per-
miso de instalación para operar
estaciones transmisoras del servicio
de radiodifusión comercial por televi-
sión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 563-2001-MTC/15.03
Lima, 24 de julio de 2001

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