RESOLUCION Nº 454-2011-CNM - Disponen expedir título de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja del Distrito Judicial de Lima

Fecha de disposición11 Diciembre 2011
Fecha de publicación11 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 11 de diciembre de 2011
454734
ORGANOS AUTONOMOS
CONSEJO NACIONAL DE
LA MAGISTRATURA
Disponen expedir título de Juez del
Primer Juzgado de Paz Letrado de
Surco y San Borja del Distrito Judicial
de Lima
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL
DE LA MAGISTRATURA
Nº 454-2011-CNM
Lima, 28 de noviembre del 2011
VISTO:
El Informe N° 083-2011-CPSN/CNM de la Comisión
Permanente de Selección y Nombramiento sobre la
expedición de título a favor de doña María del Rosario
Rebeca Portocarrero Arangoitia; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante
Resolución Administrativa N° 845-2010-CE-PJ del 13 de
julio de 2010, declaró fundado el recurso de reconsideración
interpuesto por doña María del Rosario Rebeca Portocarrero
Arangoitia contra la resolución del 14 de octubre de 2009 que
declaró improcedente su solicitud de traslado; reformándola
dispone su traslado por motivos de unidad familiar del
Juzgado de Paz Letrado de San Martín de Pangoa del
Distrito Judicial de Junín al Primer Juzgado de Paz Letrado
de Surco y San Borja del Distrito Judicial de Lima;
Que, la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante
Resolución N° 698-2010-P-CSJL/PJ publicada en el
Diario Of‌i cial El Peruano el 9 de setiembre de 2010,
incorpora a la citada magistrada como Juez del Primer
Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja del Distrito
Judicial de Lima, juramentando en el referido cargo el 10
de setiembre de 2010;
Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante
Resolución N° 385-2010-CNM del 8 de noviembre de
2010, declaró improcedente la expedición de título de Juez
del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja
del Distrito Judicial de Lima por motivos de unidad familiar
a favor de la citada magistrada, por no estar considerada
dicha causal en la Ley N° 29277-Ley de Carrera Judicial;
Que, con fecha 20 de diciembre de 2010, la citada
magistrada interpuso recurso de reconsideración contra
la Resolución N° 385-2010-CNM; siendo declarado
infundado, en mérito a la Resolución N° 130-2011-CNM
del 18 de abril de 2011;
Que, con el Informe de visto la Comisión Permanente
de Selección y Nombramiento, informa que si bien
es cierto a partir de la publicación de la Resolución N°
284-2010-CNM el 12 de setiembre de 2010, por la cual
se modif‌i có el artículo 6° del Reglamento de Expedición
y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales, quedó
establecido que los jueces y f‌i scales trasladados no
podrían incorporarse a la nueva plaza mientras que este
Colegiado no les otorgue el nuevo título que lo nombra en
la plaza de destino; en el presente caso, doña María del
Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia fue incorporada al
nuevo cargo el 9 de setiembre de 2010, es decir, antes de
la entrada en vigencia de la referida disposición; opinando
por que se declare la nulidad de las Resoluciones N° 385-
2010-CNM y N° 130-2011-CNM del 8 de noviembre de
2010 y 18 de abril de 2011, respectivamente; y asimismo
expedir el título a favor de doña María del Rosario Rebeca
Portocarrero Arangoitia de Juez de Paz Letrado de Surco
y San Borja del Distrito Judicial de Lima;
Que, por los argumentos expuestos y estando al
acuerdo del Pleno del Consejo del 9 de noviembre de
2011; y de conformidad con las facultades conferidas por
los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del
Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica
del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del
Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de
Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura,
aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM;
SE RESUELVE:
Primero.- Declarar la nulidad de las Resoluciones
N° 385-2010-CNM y N° 130-2011-CNM del 8 de noviembre
de 2010 y 18 de abril de 2011, respectivamente, que
declararon improcedente la expedición del título de Juez
del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja
del Distrito Judicial de Lima, a favor de doña María del
Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia e infundado el
recurso de reconsideración interpuesto.
Segundo.- Cancelar el título expedido a favor de doña
María del Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia, de
Juez de Paz Letrado de San Martín de Pangoa del Distrito
Judicial de Junín.
Tercero.- Expedir el título a favor de doña María del
Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia, de Juez del
Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja del
Distrito Judicial de Lima.
Cuarto.- Remitir copia de la presente resolución al
señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la
República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para
su conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO GARCÍA NÚÑEZ
Presidente
726619-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Interamericano de
Finanzas la apertura de agencia ubicada
en el distrito y provincia de Trujillo,
departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN SBS Nº 11827-2011
Lima 29 de noviembre de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Interamericano de
Finanzas, el día 24 de noviembre de 2011, para que esta
Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia
de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justif‌i ca la apertura de la
citada of‌i cina;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “B”, mediante Informe Nº 176-2011-
DSB“B”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley Nº 2670, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y,
en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS
Nº 12883-2009;

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