1514 068-2000-SEPS/CD - Modifican cláusulas de las Condiciones Generales del Contrato de Prestación de Servicios de Seguridad Social en Salud para Afiliados Potestativos

Fecha de publicación20 Noviembre 2000
Fecha de disposición20 Noviembre 2000
Pág. 195140
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 20 de noviembre de 2000
VISTOS, el Oficio RE (SME-OEA) Nº 2 - 6/36 de 17.AGO.2000
del Subsecretario de Asuntos Multilaterales y Especiales del
Ministerio de Relaciones Exteriores; la Hoja Informativa Nº
025-2000-CG/RIN de 8.NOV.2000, Memorando Nº 124-2000-
CG/RIN de 10.NOV.2000 y Memorando Nº 131-2000-CG/RIN
de la Oficina de Cooperación Internacional;
CONSIDERANDO:
Que, a través de los documento de vistos, la Fundación
para las Américas ha organizado la Cumbre Andina sobre
Anticorrupción, a llevarse a cabo en Cartagena de Indias,
Colombia, los días 20 y 21 de noviembre del año en curso,
siendo la Contraloría General de la República punto nacional
de contacto para efectos de la referida Cumbre, en atención
a la labor que le es inherente en armonía con la competencia
funcional que la Constitución y la Ley le asignan;
Que, asimismo con motivo de la citada Cumbre se desarro-
llarán diversas actividades, entre las que se encuentran los
Talleres de Trabajo para el establecimiento de Grupos Naciona-
les de Acción por la Transparencia, los mismos que se realizarán
el día 19 de los corrientes, teniendo como objetivo promover la
transparencia y la lucha contra la corrupción mediante el
esfuerzo conjunto de todos los sectores de la sociedad;
Que, el indicado evento permitirá el intercambio de
experiencias e información, a nivel de representantes de la
administración pública y de la sociedad civil en el ámbito
regional con relación a los planes de acción de la lucha contra
la corrupción, siendo de especial interés el tratamiento de los
asuntos a abordarse en la mencionada Cumbre, para la
gestión de este Organismos Superior de Control;
Que, en consecuencia es conveniente autorizar la partici-
pación en el mencionado foro internacional de un profesional
de la Contraloría General de la República, cuyas labores
estén vinculadas al diseño y desarrollo de las acciones
institucionales para prevenir y combatir eficazmente la
corrupción administrativa;
En uso de las facultades conferidas por los Artículos 24º
y 40º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de
Control y el D.S. Nº 135-90-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de
servicios de la abogada NOEMÍ GALLEGOS PEIRANO,
Profesional IV de la Oficina de Asesoría Técnica Jurídica, a
la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 19 al 22 de
noviembre de 2000, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la comisión
de servicios al exterior serán asumidos con cargo al presu-
puesto de la Contraloría General de la República, conforme
al detalle siguiente:
Pasajes :US$ 577.02 (Quinientos Setentisiete con
02/100 dólares americanos)
Viáticos :US$ 1000.00 (Mil y 00/100 dólares
americanos)
Tasas de Embarque :US$ 50.00 (Cincuenta y 00/100 dólares
americanos)
Artículo Tercero.- La citada servidora presentará a la
Alta Dirección un informe sobre el desarrollo del evento y sus
alcances en el ámbito de control gubernamental dentro de los
quince días siguientes a la culminación de la comisión de
servicios, así como remitirá un ejemplar del material técnico
obtenido a la Escuela Nacional de Control.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho de exoneración de tributos, cualquiera fuera su clase
o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN HIGAONNA DE GUERRA
Contralora General de la República
13211
S B S
Aprueban modificación del estatuto
social de SECREX Compañía de Segu-
ros de Crédito y Garantías
RESOLUCIÓN SBS Nº 823-2000
San Isidro, 15 de noviembre del 2000
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por SECREX Compañía de Segu-
ros de Crédito y Garantías, para que se le apruebe la
modificación total de su Estatuto Social; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 1171-79-EF/97.10 se aprobó
el estatuto de la Compañía Peruana de Seguros de Crédito a
la Exportación S.A. (SECREX), sujetándose a las disposicio-
nes del Decreto Supremo Nº 141-79-EF;
Que, las normas básicas de la organización y funciona-
miento de SECREX contenidas en el Decreto Supremo Nº 141-
79-EF devinieron incompatibles con las normas de la Consti-
tución Política del Perú, relativas al Régimen Económico, de
la legislación que regula el sistema financiero y de seguros del
Que, por Decreto Supremo Nº 104-2000-EF, de fecha 19
de setiembre de 2000, se derogó el Decreto Supremo Nº 141-
79-EF, precisándose que la empresa SECREX está compren-
dida en el régimen legal, general y específico vigente la
organización y funcionamiento de las empresas de seguros;
Que, en Junta General de Accionistas celebrada el día 6
de octubre de 2000, se acordó la modificación total del
Estatuto Social de la referida empresa, a las disposiciones del
Decreto Supremo Nº 104-2000-EF, a la Ley Nº 26702 y a todas
las demás normas aplicables;
Que, la minuta de modificación estatutaria ha sido for-
mulada de conformidad con las disposiciones legales vigen-
tes sobre la materia;
Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas
de Seguros y de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº
1100-2000-LEG;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 14º de la
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu-
ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,
Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley
General;
RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la
modificación del Estatuto Social de SECREX Compañía de
Seguros de Crédito y Garantías, cuyos documentos pertinen-
tes quedan archivados en este Organismo, y devuélvase la
minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta
Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la
que se insertará el texto de la presente Resolución, para su
inscripción en el Registro Público respectivo de Lima y Callao.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY
Superintendente de Banca y Seguros
13222
SUPERINTENDENCIA
DE ENTIDADES
PRESTADORAS DE
SALUD
Modifican cláusulas de las Condicio-
nes Generales del Contrato de Presta-
ción de Servicios de Seguridad Social
en Salud para Afiliados Potestativos
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 068-2000-SEPS/CD
Lima, 15 de noviembre de 2000
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 060-2000-SEPS/CD se aprobaron
las Normas sobre Condiciones Generales del Contrato de

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