CIRCULAR N° B-2204-2012 - Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre diciembre 2012 -febrero 2013

Fecha de disposición14 Diciembre 2012
Fecha de publicación14 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 14 de diciembre de 2012
480902
Actualización del monto máximo de
cobertura del Fondo de Seguro de
Depósitos correspondiente al trimestre
diciembre 2012 - febrero 2013
Lima, 12 de diciembre de 2012
CIRCULAR Nº B - 2204 - 2012
F - 544 - 2012
CM - 392 - 2012
CR - 260 - 2012
--------------------------------------
Ref.: Actualización del monto
máximo de cobertura
del Fondo de Seguro de
Depósitos correspondiente
al trimestre diciembre 2012
- febrero 2013
--------------------------------------
Señor
Gerente General:
Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones
conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General
del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica
de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y
sus modif‌i catorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia
dispone la actualización trimestral, correspondiente al periodo
diciembre 2012 – febrero 2013, del monto máximo de cobertura
que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en
el artículo 153º de la mencionada Ley General, disponiéndose
su publicación en virtud de lo señalado en el Decreto Supremo
N° 001-2009-JUS y tomando en consideración lo establecido
en la Resolución SBS N° 8911-2012.
En tal sentido, el monto máximo de cobertura que
reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante
el periodo diciembre 2012 – febrero 2013 se indica a
continuación:
COBERTURA DEL
FONDO DE SEGURO DE
DEPOSITOS
DICIEMBRE 2012 – FEBRERO
2013
(*)
Monto en Nuevos Soles 91,216
(*) Actualización para el trimestre diciembre 2012
– febrero 2013 en base a la Variación IPM diciembre 1998
– noviembre 2012: 1.47121861
Atentamente,
JAVIER POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
(a.i.)
877661-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones - ROF de la Unidad Ejecutora
307 Educación UGEL Morropón
ORDENANZA REGIONAL
Nº 250-2012/GRP-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL PIURA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución
Política del Perú de 1993, modif‌i cada por la Ley de
Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV,
sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley de Bases
de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modif‌i catoria,
Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias;
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
- Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su
inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son
competentes para aprobar su organización interna y su
presupuesto;
Que, el Artículo 35º de la Ley de Bases de la
Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos
Regionales son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales
de Presupuesto;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2006-
PCM del fecha 26 de julio del 2006, se aprobaron los
Lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las
Entidades de la Administración Pública;
Que, mediante Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el ejercicio f‌i scal 2011, publicada en
el Diario Of‌i cial El Peruano el 09 de diciembre de 2010, en
su Vigésima Novena Disposición Complementaria Final
determina en el literal g), la creación entre otras de la
Unidad Ejecutora de Educación UGEL Morropón del Pliego
Gobierno Regional del Departamento de Piura, como una
acción que se sujeta al presupuesto institucional de la
entidad respectiva, sin demandar recursos adicionales
al Tesoro Público, y a las disposiciones establecidas en
la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto;
Que, con Of‌i cio Nº 800-2012-GOB.REG.PIURA-
DREP-DGI-ARAC (HRYC Nº 04498), la Dirección
Regional de Educación remite a la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial el proyecto de Reglamento de Organización y
Funciones - ROF de la Unidad Ejecutora 307 Educación
UGEL Morropón; con Informe Nº 066-2012/GRP-410300
del 11 de octubre de 2012 de la Sub Gerencia Regional
de Desarrollo Institucional, e Informe Nº 1624-2012/GRP-
460000 del 19 de octubre de 2012 de la Of‌i cina Regional
de Asesoría Jurídica, se recomienda la continuación del
trámite de aprobación;
Que, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo
Regional, mediante Informe Nº 044-2012/GRP-200010-
ACCR del 19 de noviembre de 2012, recomienda la
aprobación del proyecto de ROF de la Unidad Ejecutora
307 Educación UGEL Morropón;
Que, estando a lo acordado y aprobado por
unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 11 - 2012, de fecha
21 de noviembre del 2012, con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del
Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y
atribuciones conferidas por la Constitución Política del
Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA UNIDAD
EJECUTORA 307 EDUCACIÓN UGEL MORROPÓN
Artículo Primero.- Aprobar, el Reglamento de
Organización y Funciones - ROF de la Unidad Ejecutora
307 Educación UGEL Morropón, cuyo texto ha quedado
conformado por cinco (05) títulos, treinta y siete (37)
artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias y un
Organigrama Estructural.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General
Regional, en coordinación con la Unidad Ejecutora

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