RESOLUCION N° 059-2014-COSUSINEACE/P - Oficializan acuerdos que certifican a Evaluadores de Competencias en diversas ocupaciones y su incorporación en el Registro de Especialistas en Evaluación de Competencias Profesionales del IPEBA

Fecha de disposición07 Mayo 2014
Fecha de publicación07 Mayo 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 7 de mayo de 2014 522475
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO
SUPERIOR Nº 060-2014-COSUSINEACE/P
Lima, 2 de mayo de 2014
VISTO:
El Of‌i cio Nº 122-2014-IPEBA-CT, del 16 de abril del
2014, que remite el Instituto Peruano de Evaluación,
Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad de la Educación
Básica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28740, a través de su artículo 5º establece
como f‌i nalidad del Sistema Nacional de Evaluación,
Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad Educativa
(SINEACE), el garantizar a la sociedad que las instituciones
educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad,
con el propósito de optimizar los factores que incidan
en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y
competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de
calif‌i cación profesional y desarrollo laboral;
Que, de acuerdo al numeral 20.3 del artículo 20º de la
Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, aprobado con el Decreto
Supremo Nº 018-2007-ED, la certif‌i cación de las competencias
profesionales es otorgada por la entidad certif‌i cadora
autorizada por los órganos operadores respectivos;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
27º literal h) del mencionado Reglamento, es función
del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y
Certif‌i cación de la Calidad de la Educación Básica (IPEBA),
autorizar y registrar a las entidades certif‌i cadoras;
Que, en atención a lo recomendado por la Directora
de Evaluación y Certif‌i cación del IPEBA mediante Informe
Nº009-DEC-IPEBA-2014, en Sesión Nº149 del 04 de
diciembre 2013, por Acuerdo Nº 479-2013-IPEBA, el
Directorio del IPEBA autorizó como Entidad Certif‌i cadora
de Competencias en la ocupación de Operarios en el
Manejo de Uva de Mesa, al Centro de Investigación y
Promoción del Campesinado - CIPCA;
Que, mediante el documento de visto, la Coordinadora
Técnica del IPEBA, hace de conocimiento el acuerdo
antes mencionado y solicita su of‌i cialización;
Que, el Consejo Superior del SINEACE, a través del
Acuerdo Nº 272-2014-COSUSINEACE arribado Sesión Nº
56 del 23 de abril del 2014, acordó of‌i cializar el Acuerdo Nº
479-2013-IPEBA, mediante el cual el Directorio del IPEBA
acordó aprobar la autorización como Entidad Certif‌i cadora
de Competencias en la ocupación de Operarios en el
Manejo de Uva de Mesa, al Centro de Investigación y
Promoción del Campesinado - CIPCA;
De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28740, Ley
del SINEACE, su Reglamento, aprobado con el Decreto
Supremo Nº 018 -2007-ED y las atribuciones conferidas
mediante Resolución Ministerial Nº 0500-2012-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Of‌i cializar el Acuerdo Nº 479-2013-
IPEBA, de Sesión Nº149 del 04 de diciembre 2013,
mediante el cual el Directorio del Instituto Peruano de
Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad de la
Educación Básica – IPEBA, aprobó la Autorización como
Entidad Certif‌i cadora de Competencias en la ocupación
de Operarios en el Manejo de Uva de Mesa, al Centro de
Investigación y Promoción del Campesinado - CIPCA.
Artículo 2º.- Disponer la incorporación del Centro de
Investigación y Promoción del Campesinado - CIPCA, en el
Registro Nacional de Entidades Certif‌i cadoras del Instituto
Peruano de Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de la
Calidad de la Educación Básica.
Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en el Portal Web Institucional del Consejo
Superior del SINEACE, así como en la página web del
Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación
de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Superior
SINEACE
1079584-17
Oficializan acuerdo que aprobó
el “Procedimiento de Evaluación
externa con fines de Acreditación de
Instituciones de Educación Básica y
Técnico Productiva”
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO
SUPERIOR Nº 061-2014-COSUSINEACE/P
Lima, 2 de mayo de 2014
VISTO:
El Of‌i cio Nº 059-2014/COSUSINEACE/IPEBA del 10
de marzo del 2014, emitido por el Instituto Peruano de
Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad de
la Educación Básica – IPEBA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28740, establece que el Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación
de la Calidad Educativa - SINEACE, tiene por f‌i nalidad
garantizar a la sociedad que las instituciones educativas
públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con
el propósito de optimizar los factores que incidan en
los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y
competencias necesarias para alcanzar mejores niveles
de calif‌i cación profesional y desarrollo laboral;
Que, de acuerdo al literal h) del artículo 16° de la
del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y
Certif‌i cación de la Calidad Educativa elaboran, con
participación de las instancias descentralizadas, los
indicadores de medición de la calidad que contribuyan a
orientar la toma de decisiones;
Que, el artículo 27°, inciso a) del Reglamento de la
Ley 28740, Ley del SINEACE dispone que es función
del Directorio del IPEBA aprobar las normas que regulan
la autorización y funcionamiento de las entidades
evaluadoras con f‌i nes de acreditación y de las entidades
certif‌i cadoras;
Que, el artículo 33°, literales a) y b) del mismo
Reglamento disponen respectivamente que es función
de la Dirección de Evaluación y Acreditación del IPEBA,
proponer los estándares y criterios de evaluación para
la acreditación de las instituciones educativas, así como
sugerir al Directorio los requisitos para el funcionamiento
de las entidades evaluadoras con f‌i nes de acreditación;
Que, mediante Acuerdo Nº 463-2013, de la Sesión N°
146-2013 de fecha 09 de octubre 2013, el Directorio del
IPEBA aprobó el “Procedimiento de Evaluación externa
con f‌i nes de Acreditación de Instituciones de Educación
Básica y Técnico Productiva”, documento que de acuerdo
al Informe N° 086B-2013-DEA/IPEBA, emitido por la
Directora de Evaluación y Acreditación del IPEBA, cumple
con las condiciones técnicas y procedimientos de consulta
y aprobación respectivos;
Que, mediante el documento de visto, el Instituto
Peruano de Evaluación, Acreditación y Certif‌i cación de
la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, hace de
conocimiento el acuerdo antes mencionado, solicitando
se emita la resolución administrativa correspondiente por
parte de la Presidencia del Consejo Superior, a efectos
de of‌i cializarlo;
Que, el Consejo Superior del SINEACE, a través del
Acuerdo N° 274-2014-COSUSINEACE arribado en Sesión
Nº 56 del 23 de abril del 2014, acordó of‌i cializar el Acuerdo
Nº 463-2013-IPEBA, mediante el cual el Directorio del
IPEBA aprobó el “Procedimiento de Evaluación externa
con f‌i nes de Acreditación de Instituciones de Educación
Básica y Técnico Productiva”;
De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley
del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto
Supremo N° 018 -2007-ED y las atribuciones conferidas
mediante Resolución Ministerial Nº 0500-2012-ED
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Of‌i cializar el Acuerdo N° 463-2013 de
la Sesión Nº 146-2013 del 09 de octubre 2013, mediante
el cual el Directorio del Instituto Peruano de Evaluación,
Acreditación y Certif‌i cación de la Calidad de la Educación

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