98 138-2001-ED - Aceptan renuncia del Director General del Centro Nacional de Información Científica y Tecnológica del CONCYTEC

Fecha de publicación08 Abril 2001
Fecha de disposición08 Abril 2001
Pág. 201090
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 8 de abril de 2001
Que, es necesario dar por concluida la designación a la que
se refiere el considerando precedente;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto
Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº
26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Dar por concluida a partir de la fecha de
la presente Resolución, la designación del CPC Héctor LU-
QUE MAMANI, como Auditor General del Instituto Nacional
de Radio y Televisión del Perú - IRTP, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
MARCIAL RUBIO CORREA
Ministro de Educación
21565
Aceptan renuncia del Director de la
Orquesta Sinfónica Nacional
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 137-2001-ED
Lima, 6 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1330-90-ED de
fecha 8 de agosto de 1990, se designó a don JOSÉ CARLOS
SANTOS ORMEÑO, como Director de la Orquesta Sinfónica
Nacional, en condición de confianza;
Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al
citado cargo;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº
por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 50-94-ED; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar, la renuncia formulada por don
JOSÉ CARLOS SANTOS ORMEÑO, al cargo de confianza de
Director de la Orquesta Sinfónica Nacional del Instituto
Nacional de Cultura, con efectividad al 1 de febrero del 2001,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
MARCIAL RUBIO CORREA
Ministro de Educación
21566
Aceptan renuncia del Director General
del Centro Nacional de Información
Científica y Tecnológica del
CONCYTEC
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 138-2001-ED
Lima, 6 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 160-2000-ED de
fecha 20 de octubre de 2000, se designó al ingeniero David
Silva Ledesma Tejada, en el cargo de Director General (Nivel
D-6) del Centro Nacional de Información Científica Tecnoló-
gica - CENDICYT, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecno-
logía - CONCYTEC;
Que, el mencionado funcionario ha presentado renuncia
al citado cargo;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
modificado por la Ley Nº 26510; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar a partir de la fecha de la
presente Resolución, la renuncia presentada por el ingeniero
David Silva Ledesma Tejada, al cargo considerado de confian-
za de Director General (Nivel D-6) del Centro Nacional de
Información Científica Tecnológica - CENDICYT, del Consejo
Nacional de Ciencia y Tecnología - CONCYTEC, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
MARCIAL RUBIO CORREA
Ministro de Educación
21567
ENERGÍA Y MINAS
Modifican artículo del Reglamento de
Utilización de los Recursos y Medios
Provenientes de los Contratistas
DECRETO SUPREMO
Nº 017-2001-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidro-
carburos, se norma las actividades de hidrocarburos en el
territorio nacional;
Que, el Artículo 29º de la citada ley, establece que los
contratistas proveerán los Recursos y los Medios que acuer-
den con el contratante, para una efectiva Transferencia de
Tecnología y de Capacitación del Personal del Subsector
Hidrocarburos que designe el Ministerio de Energía y Minas;
Que, por Decreto Supremo Nº 40-98-EM, se aprobó el
Reglamento de Utilización de los Recursos y Medios Prove-
nientes de los Contratistas, en aplicación del Artículo 29º de
la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos;
Que, es necesario modificar el Artículo 10º del precitado
Reglamento señalando que el Presidente del Directorio de la
empresa Petróleos del Perú S.A. - PETROPERU S.A. presidi-
rá el referido Comité;
De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 10º del Reglamento de
Utilización de los Recursos y Medios Provenientes de los
Contratistas, en aplicación del Artículo 29º de la Ley Nº 26221,
Ley Orgánica de Hidrocarburos aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 040-98-EM, el que quedará redactado de la siguiente
forma:
"Artículo 10º.- El Comité de Administración de los Recur-
sos para Capacitación - CAREC, estará integrado por tres (3)
miembros:
a) El Presidente del Directorio de PETROPERU S.A.,
quien lo presidirá;
b) El Director General de Hidrocarburos; y
c) Un representante del Ministerio de Energía y Minas.
El referido Comité contará con un Secretario Ejecutivo,
quien prestará el apoyo necesario para el cumplimiento de sus
funciones."
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrenda-
do por el Ministro de Energía y Minas y entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del
mes de abril del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS HERRERA DESCALZI
Ministro de Energía y Minas
21561

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