El catastro y los registros de la propiedad inmobiliaria

AutorJuan Morales Godo
Cargo del AutorProfesor de Derecho Civil y Derecho Procesal Civil , Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Pontificia Universidad Católica del Perú y Universidad de Lima
Páginas607-628
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El catastro y los registros de la propiedad inmobiliaria
El catastro y los registros
de la propiedad inmobiliaria
JUAN MORALES GODO
PEDRO ALAMO HIDALGO1
I. EL CATASTRO
1.1. Origen
Es un lugar común decir que los pueblos de la antigüedad:
romanos, egipcios, caldeos y asirios, chinos y griegos, habrían
desarrollado algún tipo de catastro; el Perú antiguo no es la ex-
cepción. El Inca Garcilaso de la Vega, en su obra Los Comentarios
Reales de los Incas —Capítulo XXVI— De la geométrica, geografía,
aritmética, y música que alcanzaron., expresa: “De la geométrica
supieron mucho, porque les fue necesario para medir sus tierras,
para las ajustar y partir entre ellos; mas esto fue materialmente,
no por altura de grados ni por otra cuenta especulativa, sino por
sus cordeles y piedrecitas, por las cuales hacen sus cuentas y
particiones, que por no atreverme a darme a entender, dejaré de
decir lo que supe de ellas. De la geografía supieron bien, para
pintar y hacer cada nación el modelo y dibujo de sus pueblos
y provincias, que era lo que habían visto; no se metían en las
1 Vocal del Tribunal Registral del Centro (sede ORLC).
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Juan Morales Godo / Pedro Alamo Hidalgo
ajenas, era extremo lo que en este particular hacían. Yo vi el
modelo del Cozco y parte de su comarca, con sus cuatro caminos
principales, hechos de barro y piedrezuelas y palillos, trazado
por su cuenta y medida, con sus plazas chicas y grandes, con
todas sus calles anchas y angostas, con sus barrios y casas, hasta
las muy olvidadas, con los tres arroyos que por ella corren, que
era admiración mirarlo”2.
Es conocido, por los peruanos y peruanistas, que los
incas dividieron sus tierras en varias clases, y que utilizaron
una unidad de medida: el topo, que hasta hace unas décadas
atrás era la unidad de medida ( por lo menos en el nombre)
con que se inscribían las tierras de algunas zonas del Perú en
los registros públicos, y que la representación en maquetas de
sus pueblos y ciudades, e inclusive de todo el Tahuantinsuyu
(el territorio bajo dominio inca), no era ajena a sus habilidades,
debiendo sólo agregar que para comprobar lo cierto de las
af‌i rmaciones del Inca Garcilaso de la Vega, basta viajar a las
ciudades del Perú, que todavía muestran presencia incaica,
para verif‌i car que los modelos antes indicados están escul-
pidos en grandes piedras, que por ello mismo han logrado
resistir el paso del tiempo.
1.2. Concepto
La Enciclopedia Jurídica Omeba lo def‌i ne como “ el registro
público de los bienes inmuebles, que sirve de base para aplicar
las contribuciones territoriales y que contiene la ubicación de los
inmuebles, límites, extensión, transferencias, etcétera”3.
ROCA SASTRE dice que “es un registro, censo, padrón, catálo-
go o inventario de la riqueza territorial de un país, en el que se
determinan las f‌i ncas rústicas y urbanas del mismo, mediante
2 Inca Garcilaso de la Vega. Comentarios Reales de los Incas. Biblioteca
Clásicos del Perú. Perú: Editorial Andina, 1985, pp. 85-86.
3 Enciclopedia Jurídica Omeba. Tomo II, p. 828.

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