02 0069-2006/INDECOPI-CRT - Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre carrozado de ómnibus, requisitos para competencia de laboratorios de ensayo y calibración y evaluación de la conformidad

Fecha de disposición07 Septiembre 2006
Fecha de publicación07 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
jueves 7 de setiembre de 2006 327573
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a que se refieren los artículos 23º y 24º del mencionado
reglamento.
La colocación de los valores deberá efectuarse en
un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados
a partir de la fecha de su inscripción en el Registro
Publico del Mercado de Valores, siempre y cuando el
plazo del programa y del trámite anticipado no hayan
culminado. El plazo de colocación es prorrogable hasta
por un periodo igual, a petición de parte. Para tales
efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá
ser presentada después de vencido el referido plazo
de colocación.
Artículo 4º.- La aprobación y el registro a los que se
refiere el artículo 1º de la presente resolución no implican
que CONASEV recomiende la inversión en los valores u
opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio.
Los documentos e información para una evaluación
complementaria están a disposición de los interesados
en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el
Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en
internet.
Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a
Telefónica Móviles S.A., en su calidad de Emisor; a Banco
de Crédito del Perú, en su calidad de Agente
Estructurador; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores
de Lima S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR LOZÁN LUYO
Gerente General
Comisión Nacional Supervisora de Empresas y
Valores
01771-1
CONSEJO NACIONAL DE
DESCENTRALIZACIÓN
Designan integrantes del Gabinete de
Asesores del CND
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 068-CND-P-2006
Lince, 1 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, se crea el Consejo Nacional de
Descentralización - CND, como organismo independiente
y descentralizado, encargado de dirigir y conducir el
proceso de descentralización en el país, confiriéndole
autonomía técnica, administrativa y económica en el
ejercicio de sus funciones;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
18º del Reglamento de Organización y Funciones del
Consejo Nacional de Descentralización, aprobado por
Resolución Presidencial Nº 036-CND-P-2006, el
Gabinete de Asesores es el órgano de asesoramiento
del Despacho Presidencial, que depende, funcional y
administrativamente del Presidente del CND;
Que, en el marco de lo expuesto en los párrafos
precedentes, resulta conveniente designar a los
profesionales que formarán parte del Gabinete de
Asesores; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27783,
Presidencial Nº 036-CND-P-2006, Reglamento de
Organización y Funciones del CND;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a los señores FRANCISCO
GARCIA TELLO y GUILLERMO AUGUSTO DÁVILA
ROSAZZA, como integrantes del Gabinete de Asesores
del Consejo Nacional de Descentralización.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO RAZA URBINA
Presidente
01854-1
FONAFE
FE DE ERRATAS
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 004-2006/023-FONAFE
Mediante Oficio Nº 02524-2006/DE-FONAFE el
Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad
Empresarial del Estado solicita se publique Fe de
Erratas del Acuerdo de Directorio Nº 004-2006/023-
FONAFE, publicado en la edición del 6 de setiembre de
2006.
DICE:
NOMBRE DEL RENUNCIANTE EMPRESA CARGO
ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTROCENTRO S.A. DIRECTOR
ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE HIDRANDINA S.A. DIRECTOR
ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTRONORTE S.A. DIRECTOR
ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTRONOROESTE S.A. DIRECTOR
DEBE DECIR:
NOMBRE DEL RENUNCIANTE EMPRESA CARGO
ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTROCENTRO S.A. PRESIDENTE
ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE HIDRANDINA S.A. PRESIDENTE
ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTRONORTE S.A. PRESIDENTE
ORTIGAS CUNEO, LUIS ENRIQUE ELECTRONOROESTE S.A. PRESIDENTE
01871-1
INDECOPI
Aprueban Normas Técnicas Peruanas
sobre carrozado de ómnibus, requisitos
para competencia de laboratorios de
ensayo y calibración y evaluación de
la conformidad
RESOLUCIÓN
COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS
Y COMERCIALES
Nº 0069-2006/INDECOPI-CRT
Lima, 23 de agosto de 2006
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del
Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones
del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo
Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos
Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo
Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas
recomendables para todos los sectores;
Que, las actividades de Normalización deben
realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta
para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas
que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos

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