La calificación e inscripción de resoluciones judiciales en el Sistema Registral Peruano

AutorEduardo J. Meza Flores
CargoMagíster en Derecho Civil. Ex-Registrador Público de la Oficina Registral Arequipa
Páginas47-113
EDUARDO J. MEZA FLORESEDUARDO J. MEZA FLORES
EDUARDO J. MEZA FLORESEDUARDO J. MEZA FLORES
EDUARDO J. MEZA FLORES
Magíster en Derecho Civil.
Ex-Registrador Público de la Oficina Registral Arequipa
LA CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN
DE RESOLUCIONES JUDICIALES EN EL
SISTEMA REGISTRAL PERUANO
FOLIO REAL
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REVISTA PERUANA DE DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL
49
I. ANTECEDENTES DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN EL
SISTEMA REGISTRAL PERUANO
A fin de entender en mejor forma el tema que nos ocupa, es
necesario hacer un breve estudio histórico a cerca del princi-
pio de legalidad, actualmente consagrado en el artículo 2011 del Código
1. En el siglo XIX
1.1. Inicios de siglo
Al iniciar la República en el Perú, continuaban rigiendo las leyes
españolas en todo aquello que no se opusieran a las normas aprobadas
en el Estatuto Provisional de San Martín, de fecha el 8 de octubre de
18211. De esta forma, siguieron en vigencia los denominados Oficios de
SS
SS
SUMARIOUMARIO
UMARIOUMARIO
UMARIO
I. Antecedentes del principio de legalidad en el Sistema Registral Pe-
ruano. II. La calificación de documentos judiciales en la doctrina
nacional. III. La calificación de resoluciones judiciales en la jurispru-
dencia registral. IV. Análisis y perspectivas de la calificación registral
frente a las resoluciones judiciales que ordenan una inscripción.
1. Artículo primero de la Sección Ultima del Estatuto Provisional de San Martín: “Quedan
en su fuerza y vigor todas las leyes que regían en el gobierno antiguo, siempre que no
estén en oposición con la independencia del país, con las formas adoptadas por este
Estatuto, y con los decretos o declaraciones que se expidan por el actual gobierno”.

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