Autorizan otorgar bonificación extraordinaria a pensionistas de los regímenes de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y del D. Ley Nª 20530

Fecha de publicación12 Mayo 2000
Fecha de disposición12 Mayo 2000
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 12 de mayo de 2000 AÑO XVIII - Nº 7263 Pág. 186511
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
P C M
Designan representante de la So-
ciedad de Comercio Exterior del
Perú ante el Consejo Directivo de
PROMPEX
RESOLUCION SUPREMA
Nº 183-2000-PCM
Lima, 11 de mayo del 2000
Visto el Oficio Nº 021-2000-PROMPEX/SG del Secre-
tario General de la Comisión para la Promoción de Expor-
taciones - PROMPEX; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 805, se creó la
Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROM-
PEX, como organismo promotor de las exportaciones nacio-
nales;
Que, la Dirección, Administración y Control de
PROMPEX, debe estar a cargo de un Consejo Directivo
integrado por representantes de los Sectores Público y
Privado;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 211-96-PCM, se
designó al señor Juan Francisco Raffo Novelli, como repre-
sentante de la Sociedad de Comercio Exterior del Perú,
COMEX-PERU, ante el Consejo Directivo de PROMPEX;
Que, mediante Carta Nº 084-2000/GG/COMEXPE-
RU, la Sociedad de Comercio Exterior del Perú, comuni-
ca la designación del señor Enrique Gubbins Bovet,
como su nuevo representante ante el Consejo Directivo
de PROMPEX;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º del
Decreto Legislativo Nº 805 y Artículo 11º del Decreto Supre-
mo Nº 040-96-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor
Juan Francisco Raffo Novelli, como representante de la
Sociedad de Comercio Exterior del Perú, COMEX-PERU,
ante el Consejo Directivo de PROMPEX, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar al señor ENRIQUE GUBBINS
BOVET, como representante de la Sociedad de Comercio
Exterior del Perú COMEX-PERU, ante el Consejo Directivo
de PROMPEX.
Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
5325
AGRICULTURA
Autorizan viaje de coordinador del Pro-
yecto "Apoyo en la Formulación de la
Ley Forestal y Fauna", para participar
en reunión de la Comisión Binacional
Peruano-Colombiana
RESOLUCION SUPREMA
Nº 044-2000-AG
Lima, 11 de mayo del 2000
CONSIDERANDO:
Que, entre el Perú y Colombia se llevó a cabo la reunión
de la Comisión Binacional Peruano-Colombiana, realiza-
da teniendo en consideración la programación de lugares
de visita por el Perú: Santa Mercedes y por Colombia:
Tarapacá;
Que, dicho evento permitió, además del intercambio de
experiencias en materia forestal, el fortalecimiento de la
relación binacional, por constituir una instancia de aproba-
ción y negociación en el financiamiento de proyectos conjun-
tos, madereros y forestales, sobre los cuales el Perú tiene
particular interés;
Que, en consecuencia es necesario autorizar la partici-
pación en el mencionado evento, del funcionario a que se
contrae la presente Resolución Suprema;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley
Nº 27212, Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-
PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, el
viaje en comisión de servicios, del 23 de febrero al 4 de marzo
del 2000, del Ing. Antonio Morizaki Taura, Coordinador del
Proyecto PD 42/96 REV "Apoyo en la Formulación de la Ley
Forestal y Fauna", que participó en representación del
Ministerio de Agricultura, en la reunión de la Comisión
Binacional Peruano-Colombiana.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogó el cumplimiento de
la presente Resolución, fueron cubiertos con cargo a la
Cadena Funcional Programática: 04-011-0039-00245-0439-
00129, "Apoyo en la formulación de la Ley Forestal y
Fauna", Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Trans-
ferencia del Presupuesto para el año 2000 de la Unidad
Ejecutoria 003 - Unidad de gestión de Contratos Internacio-
nales - UGECI, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura,
los mismos que ascienden a la suma de: Pasajes US$
621.00, Viáticos US$ 610.00 y Tarifa Corpac US$ 6.94.
Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu-
ción Suprema, no da derecho a exoneración o liberación de
impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 4º.- El mencionado funcionario a su retorno,
dentro de los 15 días de culminado dicho evento, presentó
a la Jefatura de UGECI, un informe sobre su participación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
5326
Pág. 186512
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 12 de mayo de 2000
Lista de Plaguicidas Agrícolas y
Sustancias Afines, registrados en el
mes de marzo del año 2000
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 026-2000-AG-SENASA-DGSV
Lima, 5 de mayo de 2000
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 17º del
Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de
Agricultura, ha sido creado el Servicio Nacional de Sanidad
Agraria (SENASA) encargado de desarrollar y promover la
participación de la actividad privada para la ejecución de
los planes y programas de prevención, control y erradica-
ción de plagas y enfermedades que inciden con mayor
significación socioeconómica en la actividad agraria, a su
vez es el ente responsable de cautelar la seguridad sanita-
ria del agro nacional;
Que, conforme a lo señalado por el Artículo 17º del
Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Na-
cional de Sanidad Agraria (SENASA), aprobado por Decre-
to Supremo Nº 24-95-AG, la Dirección General de Sanidad
Vegetal tiene, entre otras funciones, la de establecer meca-
nismos de control, registro y fiscalización de los insumos de
uso agrícola tales como semillas y agroquímicos, así como
conducir el registro de las empresas productoras y/o comer-
cializadoras de estos insumos;
Que, por Decreto Supremo Nº 15-95-AG, se aprueba el
Reglamento sobre el Registro, Comercialización y Control
de Plaguicidas Agrícolas y Sustancias Afines, disponiéndo-
se la apertura del registro correspondiente y la publicación
periódica de los registros efectuados;
Que, por Memorándum Nº 227-2000-AG-SENASA-
DGSV-DIA, de fecha 6 de abril del 2000, la Dirección de
Insumos Agrícolas, ha remitido el listado de Plaguicidas
Agrícolas y Sustancias Afines, registrados en el mes de
marzo del 2000;
Estando a la delegación de facultades conferidas a la
Dirección General de Sanidad Vegetal, mediante Resolu-
ción Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA, de conformidad con
lo dispuesto por el Artículo 12º del Reglamento sobre Regis-
tro, Comercialización y Control de Plaguicidas Agrícolas y
Sustancias Afines, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-
95-AG y su modificatoria Resolución Ministerial Nº 0268-
96-AG, el Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visación
del Director General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Disponer la publicación en el Diario
Oficial El Peruano de la Lista de Plaguicidas Agrícolas y
Sustancias Afines, registrados en el mes de marzo del 2000,
por la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio
Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura,
cuya relación es la siguiente:
NOMBRE INGREDIENTE ACTIVO CLASE PAIS DE EMPRESA
COMERCIAL Reg. ORIGEN
ABTIN ABAMECTINA 922 INSECTICIDA- NACIONAL FARMEX S.A.
ACARICIDA
BREAK THRU POLYETHER 923 SURFACTANTE EE.UU. BASF PERUANA S.A.
POLYMETHYLSILOXANO
X-CYTE CITOQUININAS 924 REGULADOR DE EE.UU. STOLLER PERU S.A.
CRECIMIENTO
DE PLANTAS
TRIZEB 80 WP MANCOZEB 925 FUNGICIDA COLOMBIA- PRODUCTOS QUIMICOS
SUDAFRICA PERUANOS S.A.
SELVIRIN DIAZINON 926 INSECTICIDA NACIONAL QUIMICOS AGRICOLAS S.A.
GRANULADO
BALAZO 480 SL GLIFOSATO 927 HERBICIDA COLOMBIA- PRODUCTOS QUIMICOS
SUDAFRICA PERUANOS S.A.
BROCARIL Beauveria bassiana 928 INSECTICIDA COLOMBIA SERFI S.A.
BIOLOGICO
MATA SHIURE 3% DIAZINON 929 INSECTICIDA POLVO INRECOR
SECO
WEEDMASTER SL DICAMBA+ 2,4-D 930 HERBICIDA COLOMBIA NOVARTIS DE COLOMBIA S.A.
SECTOR AGRO REGION
ANDINA SUCURSAL PERU.
PYRINEX 2.5 CS CLORPIRIFOS 931 INSECTICIDA ISRAEL MAGAN PERU LTDA.
RIMON 10 EC NOVALURON 932 INSECTICIDA ISRAEL MAGAN PERU LTDA.
SUMIGLIFO GLIFOSATO 933 HERBICIDA JAPON SUMITOMO CORPORATION
DEL PERU S.A.
ORTOSOL ORTOFENIL FENOL 934 FUNGICIDA ESPAÑA PROCITRUS
CITROSOL AUE IMAZALIL+TIABENDAZOL+ 935 FUNGICIDA ESPAÑA PROCITRUS
TECTO 5 IMAD 3 CERA DE POLIETILENO
ACTIVATOR ALQUIL POLIOXIETILENO 936 SURFACTANTE EE.UU. UNITED AGRI PRODUCTS DEL
ETER+ACIDOS GRASOS PERU S.R.L.
SATURADOS
Pág. 186513
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 12 de mayo de 2000
Modifican fechas límite de siembra,
matada y quema para cultivo del
algodonero en el valle de Nasca
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 073-2000-AG-SENASA
Lima, 5 de mayo del 2000
VISTO:
El Oficio Nº 348-2000-CTAR-DRA-I-SENASA, de fecha
14 de abril del 2000, mediante el cual la Dirección del
SENASA Ica, remite el Informe Técnico Nº 025/2000-CTAR-
DRA-I-SENASA-AAPN, en el que se informa los acuerdos
tomados por la Comisión Ad Hoc del Reglamento del Culti-
vo de Algodón en el valle de Nasca, en su reunión del 28 de
marzo del 2000;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 3º del Texto Unico Ordenado del
Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de
la Costa Peruana, aprobado mediante Resolución Minis-
terial Nº 0251-94-AG y modificado por la Resolución
Ministerial Nº 443-97-AG, fija las fechas de siembra,
matada y quema en los valles de la costa peruana;
asimismo, siendo la Segunda Disposición Complementa-
ria del mencionado Texto Unico Ordenado, la que faculta
al SENASA para modificar mediante Resolución Jefatu-
ral, las fechas establecidas en el citado artículo, acorde
con las condiciones ecológicas, hidrológicas, agrometeo-
rológicas y fitosanitarias que se presentan en los distin-
tos valles de la Costa Peruana;
Que, la Comisión Ad Hoc encargada de evaluar y
supervisar el cumplimiento del Reglamento del Cultivo
del Algodonero en el valle de Nasca, en su reunión del 28
de marzo del 2000, después de analizar la situación del
cultivo mediante una deliberación entre sus miembros,
ha llegado a la conclusión en modificarse las fechas
límites para la siembra, matada y quema, debido a que el
citado valle presenta zonas con diferenciaciones climáti-
cas e hidrológicas;
Que en consecuencia, resulta necesario adecuar las
fechas límites de siembra, matada y quema del cultivo de
algodonero en armonía a las condiciones climáticas e
hidrológicas del valle de Nasca, a fin de otorgar las
mejores condiciones para un óptimo desarrollo de este
cultivo; y,
Con las visaciones de la Dirección General de Sanidad
Vegetal y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar las fechas límites de siembra,
matada y quema para el cultivo del algodonero en el valle
de Nasca, establecidas en el Artículo 3º del Texto Unico
Ordenado del Cultivo del Algodonero para los Valles de la
Costa Peruana - Resolución Ministerial Nº 251-94-AG, tal
como se detalla a continuación:
Zona Siembra Matada y quema Campo Limpio
Zona 01 01 Jul. al 30 Ago. 01 May. al 31 May. 01 Jun. al 30 Jun.
Trigal
Cantayo
Aja
Tierras Blancas
Curve
Achaco Alto
Majoro
Majorito
Conventillo
Soysongo
Ayapana
Las Cañas
Cahuachi
Estaquería Grande
Las Tranca
Pajonal Bajo
Tunga
Zona Nº 02 01 Jun. al 31 Jul. 01 Abr. al 30 Abr. 01 May. al 31 May.
Ingenio
Changuillo
Zona excepcional 01 Abr. al 31 May. 01 Feb. al 28 Feb. 01 Mar. al 31 Mar.
Pampa Chauchilla
Taruga
Pajonal Alto
Socos
Pueblo Viejo
Agua Santa
Ocongalla
Soysonguito
Pacheco
El Quemado
Tambo de Perro
Majuelos
Agua Salada
Junama
Estaquería Chica
Artículo 2º.- Lo establecido en el artículo precedente
entrará en vigencia el día siguiente de la publicación de la
presente Resolución.
Artículo 3º.- Los infractores a lo dispuesto en la presen-
te Resolución, serán sancionados conforme a lo establecido
en el inciso a) del Artículo 31º del TUO del Reglamento del
Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana.
ADHERENTE ALCOHOL POLIVINILICO 937 ADHERENTE NACIONAL INRECOR
INRECOR
LI 700 FOSFATIDIL 938 ACIDIFICANTE- EE.UU. UNITED AGRIPRODUCTS DEL
COLINA+ACIDO METIL SURFACTANTE PERU S.R.L.
ACETICO+ALQUIL
POLIOXIETILENO ETER.
CHOICE SALES DE ACIDOS 939 COADYUVANTE EE.UU. UNITED AGRI PRODUCTS DEL
POLIACRILICOS, PERU S.R.L.
HIDROXI CARBOXILICOS
Y PROPIONICOS, FOSFATO
ESTER Y SULFATO DE
AMONIO.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALICIA DE LA ROSA BRACHOWICZ
Directora General
Dirección General de Sanidad Vegetal
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
5209

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR