El beneficio de la depreciación acelerada

Por Marcial García. Socio de Impuestos de EY (antes Ernst y Young)El 28 de julio el presidente Humala envió al Congreso de la República un proyecto de ley que propone un régimen especial de depreciación acelerada para edificios y construcciones. Concretamente, se plantea elevar temporalmente la tasa de depreciación anual de 5% a 20% para inmuebles adquiridos o construidos entre este año y el 2016, lo que constituye un beneficio para los contribuyentes que podrán deducir un mayor monto de depreciación de su renta anual y pagar un menor Impuesto a la Renta durante los primeros cinco años de su vida útil.La propuesta impulsada por el Ejecutivo busca estimular la inversión en bienes de capital, a través de un incremento del gasto deducible y, por tanto, de una disminución de la base imponible, aunque hay que advertir que con ello se pasará a tributar más en los años posteriores cuando los activos hayan quedado totalmente depreciados.En el fondo, la medida solo implica un diferimiento en el pago del impuesto, pudiendo considerarse como una especie de crédito que el Gobierno da a la empresa beneficiada, sin cobro de intereses.Este mecanismo permitirá que las empresas, que inviertan en la construcción, adquisición y ampliación de edificaciones, dispongan de mayores recursos financieros en el corto plazo para dedicarlos a sus actividades productivas.La iniciativa, que forma parte de un nuevo paquete de medidas reactivadoras lanzado por el Gobierno, pretende dinamizar el sector construcción e inmobiliario, favorecer la creación de empleo y recuperar el sendero del crecimiento, dando mayor liquidez a los agentes económicos. Ese es su objetivo principal y, por eso, desde su...

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