RESOLUCION DIRECTORAL N° 795-2014-MTC/15 - Autorizan a Revisiones Técnicas Señor de los Milagros S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar líneas de inspección técnica vehicular en el departamento de Puno

Fecha de publicación16 Marzo 2014
Fecha de disposición16 Marzo 2014
El Peruano
Domingo 16 de marzo de 2014 518989
Consejo de Salud Suramericano de la Unión de Naciones
Suramericanas - UNASUR”, del 17 al 21 de marzo de
2014.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje del citado
profesional en cumplimiento de la presente Resolución
Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de
f‌i nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011:
Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasajes tarifa económica
(incluido TUUA) : US$ 2,103.85
- Viáticos por 4 días ($370x4) : US$ 1,480.00
-------------------
TOTAL : US$ 3,583.85
Artículo 3º.- Disponer que el citado funcionario, dentro
de los (quince) 15 días posteriores a su retorno, presente
ante el Titular de la Entidad, con copia a la Of‌i cina General
de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Salud, un informe detallado, describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones
a las que acudirá; así como la rendición de cuentas de
acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberalización de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por la Ministra de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
1062441-2
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan a Revisiones Técnicas Señor
de los Milagros S.A.C. como Centro
de Inspección Técnica Vehicular para
operar líneas de inspección técnica
vehicular en el departamento de Puno
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 795-2014-MTC/15
Lima, 24 de febrero de 2014
VISTOS:
Los Partes Diarios Nºs. 167830 y 192490 de
fecha 14 de noviembre y 27 de diciembre del
2013 respectivamente, la empresa denominada
REVISIONES TÉCNICAS SEÑOR DE LOS MILAGROS
S.A.C., solicita autorización como Centro de Inspección
Técnica Vehicular - CITV para operar dos (02) líneas
de inspección técnica vehicular: una Tipo Mixta y otra
Tipo Combinada, con dirección en Av. Héroes del
Pacifico, Salida a Arequipa Km. 1.5, Miraflores Chico,
en el Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y
Departamento de Puno, y;
CONSIDERANDO:
y sus modif‌i catorias, se aprobó el Reglamento Nacional
de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer
los requisitos y características técnicas que deben cumplir
los vehículos para que ingresen, se registren, transiten,
operen y se retiren del sistema nacional de transporte
terrestre;
se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto
regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas
Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares, cuya f‌i nalidad constituye certif‌i car
el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos
que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional;
así como verif‌i car que éstos cumplan las condiciones y
requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional,
con el propósito de garantizar la seguridad del transporte
y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales
saludables;
Que, mediante Parte Diario Nº 167830 de fecha
14 de noviembre de 2013, la empresa denominada
REVISIONES TÉCNICAS SEÑOR DE LOS MILAGROS
S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorización
para operar como Centro de Inspección Técnica
Vehicular en el local ubicado en: Av. Héroes del
Pacifico, Salida a Arequipa Km. 1.5, Miraflores Chico,
en el Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y
Departamento de Puno;
Que, mediante Of‌i cio Nº 8353-2013-MTC/15.03 de
fecha 19 de diciembre de 2013 y notif‌i cado el día 20
de diciembre de 2013, esta Administración formuló las
observaciones pertinentes de la solicitud presentada por la
Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente,
para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días
hábiles a f‌i n de que subsane adecuadamente los defectos
advertidos;
Que, con Parte Diario Nº 192490 de fecha 27 de
diciembre de 2013, respectivamente, la Empresa presenta
diversa documentación con la f‌i nalidad de subsanar
las observaciones señaladas en el of‌i cio indicado en el
considerando precedente;
Que, mediante Informe Nº 159-2014-MTC/15.03.
AA.vh, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial,
opinó que la empresa denominada REVISIONES
TÉCNICAS SEÑOR DE LOS MILAGROS S.A.C.,
cumplió con presentar los requisitos establecidos en el
artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares, para ser autorizada como
Centro de Inspección Técnica Vehicular y operar con
dos líneas de inspección: una tipo Mixta y otra tipo
Combinada, razón por la cual la Dirección General de
Transporte Terrestre, emite la Resolución Directoral
Nº 437-2014-MTC/15, asimismo, cabe mencionar
que ésta no ha sido publicada en el diario Oficial El
Peruano, por tanto no ha surtido efectos jurídicos;
Que, mediante Informe Nº 408-2014-MTC/15.03.
AA.vh, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial,
concluye que La Empresa ha cumplido con presentar
la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo
37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas
Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto
administrativo correspondiente; siendo de aplicación
además los principios de informalismo, presunción
de veracidad y privilegio de los controles posteriores
contenidos en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley
Que, de conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de
Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley
General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto
Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modif‌i catorias
modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05)
años a la empresa denominada REVISIONES TÉCNICAS
SEÑOR DE LOS MILAGROS S.A.C. como Centro de
Inspección Técnica Vehicular - CITV para operar con
dos (02) líneas de inspección técnica vehicular: una Tipo
Mixta y otra Tipo Combinada, en el local ubicado en la Av.
Héroes del Pacif‌i co, Salida a Arequipa Km. 1.5, Miraf‌l ores
Chico, en el Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y
Departamento de Puno:
Artículo Segundo.- La empresa autorizada deberá
obtener, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120)
días calendario a contarse a partir del día siguiente de
la publicación de la presente Resolución Directoral, la

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