RESOLUCION SUPREMA N° 136-2013-PCM - Autorizan viaje a Argentina de representante de la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnología - FINCyT de la PCM, en comisión de servicios

Fecha de disposición20 Abril 2013
Fecha de publicación20 Abril 2013
El Peruano
Sábado 20 de abril de 2013 493195
SENAMHI de fechas 5, 20 de febrero y 3 de marzo de
2013, respectivamente, así como los Boletines INDECI
Nº 012, 014 y 016 de Aviso Metereológico SENAMHI de
fechas 9, 13 y 19 de febrero, respectivamente; informa
sobre la intensidad y continuidad de las precipitaciones
pluviales en el departamento de Arequipa, y que como
es de verse del registro de daños en el Sistema de
Información para la Respuesta y Rehabilitación - SINPAD,
ha originado daños de magnitud, de afectación a la
salud de la población, viviendas, vías de comunicación,
servicios básicos e infraestructura diversa, en los distritos
de Chuquibamba, Chichas, Iray, Salamanca, Yanaquihua
y Río Grande de la provincia de Condesuyos; los distritos
de Cahuacho y Yauca de la provincia de Caravelí; los
distritos de Machaguay, Chachas, Andagua, Corire, Uñon,
Chilcaymarca y Orcopampa de la provincia de Castilla;
los distritos de Mariano Nicolás Valcárcel, José María
Quimper, Mariscal Cáceres, Ocoña y Quilca de la provincia
de Camaná y los distritos de Lluta, Huanca, Coparaque,
Tapay, Sibayo, Madrigal, Maca e Ichupampa de la
provincia de Caylloma en el departamento de Arequipa,
siendo necesario la ejecución de acciones inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas
afectadas; por lo que emite opinión favorable para que
se recomiende aprobar la Declaratoria de Estado de
Emergencia en las mencionadas zonas afectadas;
Que, en efecto la magnitud de la situación descrita
demanda la adopción de medidas urgentes que permitan,
al Gobierno Regional de Arequipa, y los Gobiernos Locales
involucrados, según corresponda, con la intervención
del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio
de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, el Ministerio de Educación y demás
instituciones y organismos del Estado involucrados, dentro
de sus competencias, ejecutar las acciones inmediatas y
necesarias destinadas a la atención de la emergencia y
rehabilitación de las zonas afectadas;
Que, el numeral 68.1 del artículo 68º del Reglamento
de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de
Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado
solicitud de Declaratoria del Estado de Emergencia, es
presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI
con la debida sustentación;
De conformidad con el inciso 1 del artículo 137º de la
Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo
68º del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea
el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
(SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-
2011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria
de Estado de Emergencia; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la
República;
DECRETA:
Artículo 1°.- Declaratoria del Estado de
Emergencia.
Declárese el Estado de Emergencia en los distritos de
Chuquibamba, Chichas, Iray, Salamanca, Yanaquihua y
Río Grande de la provincia de Condesuyos; los distritos
de Cahuacho y Yauca de la provincia de Caravelí; los
distritos de Machaguay, Chachas, Andagua, Corire,
Uñon, Chilcaymarca y Orcopampa de la provincia de
Castilla; los distritos de Mariano Nicolás Valcárcel, José
María Quimper, Mariscal Cáceres, Ocoña y Quilca de
la provincia de Camaná y los distritos de Lluta, Huanca,
Coparaque, Tapay, Sibayo, Madrigal, Maca e Ichupampa
de la provincia de Caylloma en el departamento de
Arequipa, por el plazo de sesenta (60) días calendario,
para la ejecución de medidas de excepción inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas
afectadas.
Artículo 2°.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional de Arequipa, los Gobiernos
Locales involucrados, según corresponda, el Instituto
Nacional de Defensa Civil - INDECI, con la intervención
del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio
de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, el Ministerio de Educación y demás
instituciones y organismos del Estado involucrados, dentro
de sus competencias, ejecutarán las acciones inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas
afectadas; acciones que pueden ser modif‌i cadas de
acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que
se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas
en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Artículo 3°.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura,
el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la
Ministra de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve
días del mes de abril del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura
PATRICIA SALAS O’BRIEN
Ministra de Educación
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
927702-2
Autorizan viaje a Argentina
de representante de la Unidad
Coordinadora del Programa de Ciencia
y Tecnología - FINCyT de la PCM, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 136-2013-PCM
Lima, 19 de abril de 2013
VISTO:
El Of‌i cio Nº 095-2013-PCM/FINCyT.DE de fecha
12 de abril de 2013, remitido por el Director Ejecutivo
de la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y
Tecnología de la Presidencia del Consejo de Ministros,
mediante el cual solicita autorización de viaje para el
señor Gonzalo Darío Villarán Elías, y;
CONSIDERANDO:
Que, el FINCyT contribuye al incremento de la
competitividad del país, fortaleciendo las capacidades
de investigación e innovación tecnológica y promoviendo
la articulación de la Empresa, Universidad y Estado,
actualmente es el encargado de ejecutar el Proyecto
“Innovación para la Competitividad”;
Que, el 3er Seminario – Taller para Profesionales del
Ecosistema Emprendedor en América Latina, se realizará
en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina,
con la f‌i nalidad de contribuir al desarrollo de capacidades
estratégicas y de gestión para fomentar y apoyar el
surgimiento de emprendedores y de empresa desde
distintos ámbitos institucionales en América Latina;
Que, es muy importante para la institución participar
en el evento, ya que va a sumar signif‌i cativamente al éxito
de las líneas de emprendimiento del FINCyT;
Que, los gastos que irrogue el presente viaje serán
cubiertos por la Unidad Coordinadora del Programa de
Ciencia y Tecnología- FYNCyT;

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