Aprueban el Plan Nacional para la Atención de Salud Integral delEscolar y Adolescente 1997-2001

Fecha de disposición13 Mayo 1998
Fecha de publicación13 Mayo 1998
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, miércoles 13 de mayo de 1998 AÑO XVI - Nº 6531 Pág. 159757
PODER EJECUTIVO
Autorizan operación de transferencia
de partidas y crédito suplementario a
fin de permitir el cierre del Presupues-
to del Sector Público para 1997
DECRETO DE URGENCIA
Nº 018-98
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 107-97 y la Direc-
tiva Nº 002-98-EF/76.01, se dictaron normas para llevar a cabo el
Proceso de Cierre y Conciliación del Presupuesto del año fiscal
1997, en los Pliegos Presupuestarios conformantes del Presu-
puesto del Sector Público;
Que, como resultado del proceso de conciliación de la informa-
ción del marco y ejecución presupuestal al Cierre del Año Fiscal
1997, se han identificado determinadas acciones presupuestarias
autorizadas por las entidades del sector público que requieren ser
regularizadas en sus plazos y procedimientos a fin de hacerlas
compatibles con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 107-
97 y la Directiva antes mencionada;
Que, en consecuencia, es necesario dictar medidas extraordi-
narias en materia presupuestaria a fin de permitir el Cierre del
Presupuesto del Sector Público para 1997; y,
En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase, en vía de regularización, una ope-
ración de Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Público para el año fiscal 1997 hasta por la suma de DIECINUE-
VE MILLONES CIEN MIL SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUE-
VOS SOLES (S/. 19 100 067,00), de acuerdo al siguiente detalle:
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
DE LA:
SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 009 :Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD GESTORA 01 :Ministerio de Economía y Finanzas
FUNCION 03 :Administración y Planeamiento
PROGRAMA 006 :Planeamiento Gubernamental
SUBPROGRAMA 0019 :Planeamiento Presupuestario y
Financiero
ACTIVIDAD 04338 :Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
(EN NUEVOS SOLES)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
0 Reserva de Contingencia 19 100 067
---------------
TOTAL 19 100 067
=========
A LA:
SECCION PRIMERA
GOBIERNO CENTRAL 19 100 000
SECCION SEGUNDA
INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 67
--------------
TOTAL 19 100 067
=========
Los Pliegos y Grupos Genéricos de Gasto habilitados son
detallados en los Anexos Nºs. 1, 2 y 3 conformantes del presente
Decreto de Urgencia.
Artículo 2º.- Autorízase, en vía de regularización, un Cré-
dito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el
año fiscal 1997, hasta por la suma de UN MILLON NOVECIEN-
TOS UN MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 1 901 075,00), de acuerdo al siguiente detalle:
(EN NUEVOS SOLES)
INGRESOS
RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES
DE CREDITO INTERNO 1 766 817
RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES
DE CREDITO EXTERNO 134 258
---------------
TOTAL INGRESOS 1 901 075
========
EGRESOS
SECCION PRIMERA
GOBIERNO CENTRAL 134 258
SECCION SEGUNDA
INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 1 766 817
---------------
TOTAL EGRESOS 1 901 075
========
Las Partidas de Ingresos y Grupos Genéricos de Gasto son
detallados a nivel de Pliego en los Anexos Nºs. 4 y 5 conformantes
del presente Decreto de Urgencia.
Artículo 3º.- El Titular del Pliego mediante resolución,
aprueba dentro de los tres (3) días siguientes a la vigencia de la
presente norma legal, la distribución de los recursos transferidos
e incorporados en aplicación de los Artículos 1º y 2º respectiva-
mente, a nivel de Sección, Pliego, Unidad Gestora, Función,
Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Finan-
ciamiento, Categoría y Grupo Genérico de Gasto.
Los responsables de las Unidades Gestoras definidas para el
año fiscal 1997, instruyen a las Unidades Ejecutoras a fin que
elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presu-
puestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en
los artículos precedentes.
Copia de la resolución correspondiente, será remitida a los
Organismos señalados en el segundo párrafo del numeral IV.2 de
la Directiva Nº 001-97-EF/76.01, modificada por la Resolución
Directoral Nº 005-97-EF/76.01, dentro de los cinco (5) días de su
aprobación. La documentación a ser remitida a la Dirección
Nacional del Presupuesto Público comprende además, el envío de
los disquetes conteniendo la información presupuestal resultan-
te de la aplicación del presente Decreto de Urgencia, bajo el
procedimiento del "Software de Ejecución Presupuestaria".
Artículo 4º.- Precísase, que los recursos presupuestarios
asignados por la fuente de financiamiento de Recursos Ordina-
rios a las Sociedades de Beneficencia Pública durante el año fiscal
1997, a través del Instituto Nacional de Bienestar Familiar,
registrados en las resoluciones del marco presupuestal 1997, los
estados de ejecución presupuestaria 1997, los formatos de cierre
presupuestal 1997 y demás documentos de gestión, constituyen
para dichas entidades la fuente de financiamiento Donaciones y
Transferencias.
Artículo 5º.- Precísase, que los requerimientos de amplia-
ción de calendarios de compromisos mensual y la aprobación de
las resoluciones de modificación presupuestaria dispuestas por el
Artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 107-97, se efectúan hasta
el 31 de marzo de 1998.
Artículo 6º.- Sustitúyase, el texto de "Sección Primera:
Gobierno Central" del Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 046-
97, por "Sección Segunda: Instancias Descentralizadas".
Artículo 7º.- Precísase, que el monto autorizado en el Anexo
1 correspondiente al Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 005-
98, en favor del Pliego 009: Ministerio de Economía y Finanzas
con cargo a la Reserva de Contingencia por la suma de SESEN-
TIOCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL SEIS-
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de mayo de 1998
CIENTOS VEINTE Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
68 990 624.00) constituye una modificación presupuestaria en el
nivel Funcional-Programático de su Presupuesto Institucional
para 1997.
Artículo 8º.- El Ministerio de Economía y Finanzas queda
autorizado a dictar las normas que sean necesarias para la
correcta aplicación del presente dispositivo.
Artículo 9º.- El presente Decreto de Urgencia será refrenda-
do por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de
Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes
de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI
Ministro de Energía y Minas
Encargado de la Presidencia del
Consejo de Ministros
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Economía y Finanzas
5142
RELACIONES
EXTERIORES
Designan delegación que participará
en la "Reunión Ministerial del Bureau
de Coordinación del Movimiento No
Alineado", a realizarse en Colombia
RESOLUCION SUPREMA
Nº 217-98-RE
Lima, 8 de mayo de 1998
Debiendo realizarse la "Reunión Ministerial del Bureau de
Coordinación del Movimiento No Alineado" en la ciudad de
Cartagena de Indias, República de Colombia, del 18 al 20 de mayo
de 1998;
Considerando la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1359, del Gabine-
te de Coordinación del señor Viceministro y Secretario General
de Relaciones Exteriores, de 24 de abril de 1998;
De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto
Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República,
de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº
163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto
Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto
Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto
Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991;
SE RESUELVE:
1º.- Designar como integrantes de la Delegación Peruana que
participará en la "Reunión Ministerial del Bureau de Coordina-
ción del Movimiento No Alineado" a realizarse en la ciudad de
Cartagena de Indias, República de Colombia, del 18 al 20 de mayo
de 1998, a los siguientes funcionarios:
- Embajador en el Servicio Diplomático de la República don
Hugo Palma Valderrama, Viceministro y Secretario General de
Relaciones Exteriores, quien la presidirá;
- Embajador en el Servicio Diplomático de la República don
José Urrutia Ceruti, Director General de Política Multilateral; y,
- Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la Repúbli-
ca don Italo Acha Puertas, funcionario del Departamento de
Naciones Unidas de la Dirección de Naciones Unidas y OEA.
2º.- El viaje de los citados funcionarios se hará efectivo del 17
al 20 de mayo de 1998. Los gastos que se ocasionen por concepto
de pasajes US$ 2,193.56, de viáticos US$ 3,000.00 y tarifa por uso
de aeropuerto US$ 50.00, serán cubiertos por el Pliego Presu-
puestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
3º.- La presente resolución no da derecho a exoneración o
liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
EDUARDO FERRERO COSTA
Ministro de Relaciones Exteriores
5148
INTERIOR
Aceptan renuncia y nombran
Subprefecto de la provincia de Utcu-
bamba, Región Nor Oriental del Ma-
rañón
RESOLUCION SUPREMA
Nº 0209-98-IN-030100000000
Lima, 7 de mayo de 1998
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Suprema Nº 0575-97-IN-030100000000,
se nombró al señor Antero DUEÑAS DAVILA, Subprefecto de la
provincia de Utcubamba de la Región Nor Oriental del Marañón
a partir del 17 de julio de 1997;
Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al referido
cargo;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 25º del Decreto
Legislativo Nº 370, el inciso b) del Artículo 2º del Decreto Supremo
Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983, el Artículo 1º del Decreto
Ley Nº 25515 y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder
Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Aceptar la renuncia formulada por don Antero DUEÑAS
DAVILA, al cargo de Subprefecto de la provincia de Utcubamba
de la Región Nor Oriental del Marañón, dándosele las gracias por
los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JOSE VILLANUEVA RUESTA
Ministro del Interior
5145
RESOLUCION SUPREMA
Nº 0210-98-IN-030100000000
Lima, 7 de mayo de 1998
De conformidad, con lo dispuesto en el Artículo 25º del
Decreto Legislativo Nº 370, el inciso b) del Artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de julio de 1983, el Artículo 1º del
Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
NOMBRAR Subprefecto de la provincia de Utcubamba de la
Región Nor Oriental del Marañón, al señor Augusto Antonio
GUANILO DIAZ.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori F.
Presidente Constitucional de la República
JOSE VILLANUEVA RUESTA
Ministro del Interior
5146
Conceden nacionalidad peruana a
ciudadano chino
RESOLUCION SUPREMA
Nº 0211-98-IN/0501000000
Lima, 8 de mayo de 1998
Vistos; la solicitud y documentos presentados por don Yen
Han CHEN, de nacionalidad china, sobre otorgamiento de la
nacionalidad peruana por Naturalización que obran en el Expe-
diente Nº 29523 del 14.OCT.97.
CONSIDERANDO:
Que, se cumplen los requisitos exigidos por la Constitución
Política del Perú, Art. 52º, Ley de Nacionalidad Nº 26574 del
3.ENERO.96 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 004-97-IN

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