Resumen
"Se establece la posibilidad de que el juez, de oficio o a instancia del interesado, acuerde la publicación del contenido esencial del auto de declaración del concurso en cualquier Estado donde convenga a los intereses del procedimiento."
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Extracto
Aspectos Internacionales de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal
1. Introducción
La problemática esencial que plantea, desde un punto de vista legal, la intervención de extranjeros, en situación de insolvencia, en el tráfico mercantil internacional, es la determinación del Derecho sustantivo que debe ser aplicado a determinados negocios jurídicos en los que el insolvente haya participado, así como, por otra parte, del Derecho procesal que debe regir el reconocimiento de las resoluciones judiciales dictadas en los procedimientos concursales seguidos en el extranjero y de aquellas decisiones adoptadas por los administradores del insolvente. Se trata, en ambos casos, de problemas que, hasta hace muy poco tiempo, no habían sido resueltos en el ámbito de la Unión Europea -que tradicionalmente había excluido esta materia de los Convenios y Reglamentos aprobados en materia de reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales-; ni tampoco en el ámbito de nuestro ordenamiento jurídico interno - inmerso, en materia concursal, en el más profundo caos y anacronismo-. La aprobación ...Ver el contenido completo de este documento
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