Artículos I a X. Título preliminar

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Título preliminar. Comentarios.

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Artículo I.- Objetivo del Sistema Concursal

El objetivo del Sistema Concursal es la permanencia de la unidad productiva, la protección del crédito y el patrimonio de la empresa. Los age...

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Artículos I a X. Título preliminar

Hemos de reseñar que por vez primera nuestra norma concursal, esboza un Título Preliminar, asunto que resulta relevante porque en dicho ítem se verifica los lineamientos que nutren al sistema y orientan el comportamiento de los agentes involucrados en el procedimiento concursal.

Consideramos imprescindible anotar que la Ley bajo comentario, desarrolla la idea principal del fin último del procedimiento concursal, siendo ésta, la mejor tutela del crédito a través de diversas vías: sea la liquidación o conservación de la empresa, buscando flexibilizar el procedimiento y ofrecer diversas vías según se desprenda de la situación económico-patrimonial del deudor, dejándose de lado, los múltiples defectos de lo que adoleció la anterior legislación, siendo uno de ellos, la pluralidad de procedimientos concursales.

Artículo I.- Objetivo del Sistema Concursal

El objetivo de un determinado sistema concursal, no es en estricto la protección del crédito, pues dicha orientación debe entenderse como fin último. Nosotros consideramos que el mismo está orientado a enmendar el rumbo de los distintos agentes del mercado y sean éstos, los que utilicen este mecanismo de reflotamiento, para reordenar metas, dependiendo de la viabilidad del negocio o en defecto de ello, aislarse del mismo, con la consecuente salida del mercado.

En tal sentido, la premisa de conservación de la unidad productiva fue incorporada por el legislador a la presente ley, como una idea básica de prevención económica, ante el inminente crecimiento en nuestros tiempos, de crisis patrimoniales de grandes proporciones. Ello porque éstas, no hacen mas que disminuir la capacidad de orientación de los agentes económicos, con el consiguiente cierre en cadena. Por ende, el cuidado del patrimonio en crisis debe ir orientado, a satisfacer a la colectividad en pleno, sin menoscabo, incluso del propio concursado.

Por ende, la prosperidad y el bienestar general de una nación dependen substancialmente de la solidez de su economía, jugando en el afianzamiento de la misma un papel fundamental: el crédito, como instrumento perfeccionado de cambio económico. De ahí que el crédito requiera el máximo de tutela en nuestro ordenamiento jurídico positivo, como medio de protección legal de la riqueza del Estado.

La empresa en definitiva, no es más que un conjunto de elementos de la más variada condición y naturaleza, los cuales bajo un régimen de organización - establecido por el empresario- se afectan funcionalmente a una determinada actividad económica, consistente en la producción, comercialización o intercambio de bienes y servicios para el mercado. La empresa es, entonces, un resultado de la actividad creativa del empresario, y tiene por características fundamentales la organización y la actividad, en la medida en que la suma de elementos estáticos o dinámicos que la componen adquieren, a través de dicha organización funcional, una entidad m...

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