Artículo 387 (Delito de Peculado) - Resolución 25. Sentencia. Expediente N° 045 - 2001

AutorRoberto Barandiarán Dempwolf - José Antonio Nolasco Valenzuela
Páginas711-779
DELITO DE PECULADO (ART.387) 71 1
G) SENTENCIA. EXPEDIENTE N° 045 - 2001
Experiencia Nº 045-2001-SPE / CSJL
Procesados: Vladimiro Montesinos Torres y otros
Delito : Contra la Administración
Pública - Peculado.
Agraviado : El Estado.
Lima, quince de noviembre del dos mil cinco.
VISTOS.- En Audiencia Pública, el
proceso penal, seguido contra VLADIMIRO
MONTESINOS TORRES, como Autor del
Delito contra la Administración Pública -
Peculado en agravio del Estado; contra
OSCAR LOPEZ MENESES, como cómplice
primario del Delito Contra la
Administración Pública - Peculado en
agravio del Estado; contra ANNALIA DE
LOS MILAGROS VARGAS AMIEL, JULIO
CESAR HORMAECHE YIP, LILIANA
MARIBEL MALCA SALAVERRY, DIEGO
RICCI GIRON RAMOS, ARLIN OSCAR
ROJAS, OSCAR LIZANDRO LOPEZ
ZAPATA Y MARIA SUSANA MENESES DE
LOPEZ como cómplices del Delito contra
la Administración Pública - Peculado en
agravio del Estado; y contra PALESTINA
JUDITH GADELOFF SOFIIEFF, RAUL
ARNULFO RODRIGUEZ TROYA, MAVIS
JESSICA HERNANDEZ RODRIGUEZ,
GILBERTO HERNANDEZ, como Autores
del Delito contra la Administración
Pública- Administración de Justicia
Encubrimiento Real, en agravio del Estado,
obrando en Autos las generales de ley de
los procesados.
RESULTA DE AUTOS:
1.- Que en mérito de la Denuncia Fis-
cal de fecha nueve de Julio del dos mil
uno obrante a fojas uno a once formulada
por la Señora Fiscal de la Primera Fisca-
lía Provincial Especializada de los deli-
tos comprendidos en el libro Segundo,
Título XVIII y conexos, el Sexto Juzgado
Penal Especial de Lima, abre instrucción
por Auto de fecha treintiuno de Julio del
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dos mil uno, que obra de fojas doce a vein-
tisiete, contra VLADIMIRO LENIN MON-
TESINOS TORRES o VLADIMIRO MON-
TESINOS TORRES, como Autor del Deli-
to contra la Administración Pública - Pe-
culado en agravio del Estado; y contra OS-
CAR LOPEZ MENESES, LILIANA MARI-
BEL MALCA SALAVERRY, DIEGO RIC-
CI GIRON RAMOS, ARLIN OSCAR RO-
JAS, OSCAR LIZANDRO LOPEZ ZAPA-
TA Y MARIA SUSANA MENESES DE LÓ-
PEZ, JULIO CESAR HORMAECHE YIP,
HERVERTH ORIHUELA YIP, como pre-
suntos cómplices del citado Delito, ilícito
tipificado por el artículo trescientos ochen-
tisiete del Código Penal, concordante con
el artículo veinticinco del mismo cuerpo
de leyes, dictándose mandato de Deten-
ción contra Vladimiro Lenin Montesinos
Torres y Oscar López Meneses, y contra
Diego Ricci Girón Ramos se dicta manda-
to de Comparecencia con Detención Do-
miciliaria y en relación a Liliana Maribel
Malca Salaverry,Arlin Oscar Rojas, Oscar
Lisandro López Zapata, María Susana
Meneses de López, Julio César Hormae-
che Yip, Herverth Orihuela Yip, se dictó
mandato de Comparecencia imponiéndo-
les por concepto de caución la suma de
cinco mil nuevos soles, disponiendo el
impedimento de Salida del País;
2.- Con fecha trece de Agosto del dos
mil uno, a fojas doscientos treintitrés se
concede el Recurso de Apelación interpues-
to por el Procurador Público contra el auto
de instrucción en el extremo que dicta com-
parecencia con restricción de detención
domiciliaria contra el procesado Diego
JURISPRUDENCIA PENAL GENERADA EN EL SUBSISTEMA ANTICORRUPCIÓN712
Ricci Girón Ramos y mandato de compa-
recencia con reglas de conducta contra los
procesados Liliana Maribel Malca Salave-
rry, Arlin Cossar Rojas, Oscar Lizandro
López Zapata, María Susana Meneses de
López, Julio César Hormaeche Yip y Her-
verth Orihuela Yip, siendo que por Parte
número doscientos noventidós - dos mil
uno - DIRPOCC_PNP obrante a fojas ocho-
cientos ochentiocho a ochocientos noven-
tidós, se hace referencia a las diligencias
practicadas con relación a la identificación
de las personas que vendieron el inmue-
ble ubicado en la Avenida Cerros de Ca-
macho - novecientos ochenta, departamen-
to mil novecientos uno Block cero cinco-
Torre B, Urbanización Cerros de Cama-
cho - Surco; Es así que por Auto de fecha
veintinueve de Octubre del dos mil uno
obrante a fojas novecientos cuarentinue-
ve el Juzgado resuelve declarar Reos Au-
sentes a los inculpados Liliana Maribel
Malca Salaverry, Diego Ricci Girón Ramos
y Arlin Cossar Rojas;
3.- El veintiséis de Noviembre del dos
mil uno, mediante dictamen obrante a
folios mil ciento treinticuatro a mil cien-
to treintiocho la Fiscal Provincial de Lima
solicita se amplíe el Auto Apertorio de
Instrucción para comprenderse a Annalia
de los Milagros Vargas Amiel, como
cómplice del Delito contra la Adminis-
tración Pública- Peculado y a María Irene
Palacios Ramírez, Judith Gadeloff, Raúl
Rodríguez Troya, Mavis Hernández y
Gilberto Hernández como presuntos Au-
tores del delito contra la Función Juris-
diccional- Encubrimiento Real, en agra-
vio del Estado, ilícito previsto en el Artí-
culo cuatrocientos cinco del Código Pe-
nal; Asimismo mediante dictamen
obrante a fojas mil doscientos doce a mil
doscientos trece de fecha veintinueve de
Noviembre del dos mil uno por el que
solicita se tenga como Tercero Civilmen-
te Responsable a las empresas Paname-
ñas Inversiones Arentel S.A y Monte
Cavallo di Roma S.A; Razón por la cual
mediante Auto ampliatorio de instrucción
de fecha once de Diciembre del dos mil
uno, obrante a fojas mil doscientos cator-
ce a mil doscientos quince se declaró Ter-
cero Civilmente Responsable de los he-
chos a las empresas Inversiones Arentel
S:A y Monte Cavallo di Roma S.A; Asi-
mismo mediante Auto aclaratorio
obrante a fojas mil setecientos dieciséis
precisa el nombre correcto del Tercero
Civilmente Responsable Sociedad Mon-
te Cavallo di Roma S.A;
4.- Por Auto Ampliatorio de Instrucción
de fecha catorce de Diciembre del dos mil
uno obrante a fojas mil doscientos
setenticuatro el Juez del Sexto Juzgado
Penal Especial Saúl Peña Farfán comprende
a la persona de Annalia de los Milagros
Vargas Amiel, como presunta cómplice
del delito contra la Administración
Pública. Peculado, en agravio del Estado,
asimismo comprende a María Irene
Palacios Ramirez, Judith Gadeloff, Raúl
Rodríguez Troya, Mavis Hernandez y
Gilberto Hernández como presuntos
Autores del Delito contra la Función
Jurisdiccional - Encubrimiento Real en
agravio del Estado Peruano; es así que por
Auto de fecha ocho de Febrero del dos mil
dos obrante a fojas dos mil cuarenta y ocho
se declara Reo Contumaz a la procesada
Annalía de los Milagros Vargas Amiel
5.- Mediante Auto de fecha veintisiete
de Febrero del dos mil dos a fojas dos mil
noventidós y habiendo vencido el plazo
ampliatorio de instrucción se remite los
actuados para la Vista Fiscal correspon-
diente; Apreciándose además que a fojas
dos mil ciento ochentidós obra el Parte
número cero noventitrés - dos mil dos-
DIRPOCC-DIVAPJ-PNP/OP de ampliación
de las investigaciones realizadas con rela-
ción a la transferencia del inmueble ubi-
cado en Calle la Floresta Número doscien-
tos ochenticuatro - doscientos noventa,
Urbanización Camacho- La Molina de pro-
piedad de Annalía de los Milagros Vargas
Amiel a favor de Barbara Chantal
Deneumostier Carbonell; A fojas dos mil
doscientos cincuentidós en fecha
treintiuno de Mayo del dos mil dos el Juez
del Sexto Juzgado Penal Especial dispone
la detención preventiva en el extranjero
de la encausada Annalía de los Milagros
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Vargas Amiel con fines de ulterior extra-
dición.
6.- El Sexto Juzgado Penal Especial
dispone la detención preventiva en el ex-
tranjero con fines de ulterior extradición
del encausado Oscar López Meneses, me-
diante Resolución de fojas dos mil dos-
cientos cincuentitrés, su fecha treintiuno
de Mayo del dos mil dos. A fojas dos mil
doscientos sesenticuatro a dos mil dos-
cientos setenta obra copia certificada de
la solicitud de Asistencia Judicial inter-
nacional a los Estados Unidos de
Norteamérica de fecha cinco de Junio del
dos mil dos por el que se solicita la de-
tención preventiva de la procesada
Annalía de los Milagros Vargas Amiel; y
a fojas dos mil trescientos ochentidós a
dos mil trescientos ochentinueve obra
copia certificada de la solicitud de Asis-
tencia Judicial internacional a los Esta-
dos Unidos de Norteamérica de fecha cin-
co de Junio del dos mil dos por el que se
solicita la detención preventiva del pro-
cesado Oscar López Meneses, ordenando
se tramite una Carta rogatoria a los Esta-
dos Unidos de América a fin de que el
procesado Oscar López Meneses sea ex-
pulsado del país, como consta de fojas dos
mil quinientos treintisiete; Asimismo a
fojas dos mil quinientos cincuentitrés
obra el Parte número 367-2002-DINV-
DAPJ-DIRPOCC.PNP referido a la verifi-
cación de la denuncia proporcionada por
el colaborador identificado con el núme-
ro 011.01, sobre la adquisición de vehícu-
los Marca Mitsubishi y el inmueble ubi-
cado en la Avenida Cerros de Camacho
novecientos ochenta block cinco torre "B"
Departamento 1901, Urbanización Cerros
de Camacho- Surco, por parte de Oscar
López Meneses dispuestas por la primera
Fiscalía Penal Especializada;
7.- Mediante Dictamen Fiscal número
setentisiete - dos mil dos, de fecha dieci-
nueve de Agosto del dos mil dos obrante
a fojas dos mil seiscientos veintitrés a dos
mil seiscientos veinticinco la Señora Fis-
cal Provincial solicita se declare Comple-
jo el proceso y se disponga la ampliación
extraordinaria del plazo de instrucción
hasta por ocho meses; Es así que mediante
Auto de fecha dos de Setiembre del dos
mil dos obrante a fojas dos mil seiscientos
veintiséis a dos mil seiscientos veintisiete
el Juzgado resuelve declarar la presente
instrucción como Proceso Complejo y se
amplía el plazo de instrucción por sesenta
días. Posteriormente, mediante Auto de
fecha treinta de Octubre del dos mil dos
obrante a fojas tres mil trescientos
sesentitrés a tres mil trescientos sesenta y
cinco el Juez Penal del Sexto Juzgado Pe-
nal Especial resuelve ampliar el plazo de
la Instrucción por noventa días mas; Así
también mediante Of. Re (LEG) N° 4-0-B/
1098 obrante a fojas tres mil cuatrocientos
veintiuno de fecha veintiuno de noviem-
bre del dos mil dos el Ministerio de Rela-
ciones Exteriores informa que el Consula-
do General del Perú en Miami ha confir-
mado que el ciudadano peruano Oscar
López Meneses se encuentra detenido en
el Centro Krome de Inmigración desde el
día doce de Noviembre del año dos mil
dos; Por lo que mediante Dictamen núme-
ro diez - dos mil tres, de fecha veintinueve
de Enero del dos mil tres obrante a fojas
tres mil setecientos noventa a tres mil se-
tecientos noventiuno, el Fiscal Provincial
Penal solicita al Juez Penal pronunciarse
respecto a la situación jurídica de los pro-
cesados que se encuentran con detención.
8.- Por Resolución de fecha treinta de
Enero del dos mil tres obrante a fojas tres
mil setecientos noventidós el Juez Penal
resuelve duplicar el plazo de detención del
procesado reo en cárcel Vladimiro
Montesinos Torres en un plazo adicional
de dieciocho meses a partir del veinte de
Febrero del dos mil tres; a fojas tres mil
ochocientos cincuentiuno obra en autos la
notificación de detención de la procesada
Annalía de los Milagros Vargas Amiel de
fecha ocho de febrero del dos mil tres; y
con fecha cuatro de Febrero del dos mil
tres obrante a fojas tres mil ochocientos
cincuentinueve a tres mil ochocientos
sesenta, el Juez Penal resuelve variar el
mandato de comparecencia restringida con
reglas de conducta, dictado en el Auto
ampliatorio de instrucción de fecha catorce

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