Artículo 1421

AutorManuel de la Puente y Lavalle
Cargo del AutorProfesor Principal de la Facultad de Derecho de la Pontifica Universidad Católica del Perú
Páginas251-256
251
MANUEL DE LA PUENTE Y LAVALLE
Artículo 1421.- Es igualmente válido el pacto conforme al cual el op-
tante se reserva el derecho de designar la persona con la que se establecerá el
vínculo definitivo.
Sumario:
1. Antecedentes de este artículo.
2. La opción mediatoria.
3. Caso contemplado por el artículo 1421.
4. Manera de efectuar la designación del tercero.
1. ANTECEDENTES DE ESTE ARTÍCULO
El tema no fue tratado en la Ponencia original, en ninguna de las
cinco Ponencias sustitutorias, en el Anteproyecto ni en el primer Proyecto.
Se ha visto en el rubro “Antecedentes de este artículo” del comentario
al artículo 1420 del Código civil que durante la revisión interna del primer
Proyecto efectuada por la propia Comisión Reformadora se sugirió la supre-
sión del artículo 1444 de dicho Proyecto, sugerencia que fue rechazada.
Pues bien, en la misma oportunidad se expresó que, en cambio, el
Proyecto no contemplaba la posibilidad de la opción mediatoria, según
la cual, el optante puede transferir a un tercero su derecho de ejercitar la
opción, no significando esto que el derecho del optante deje de ser exclu-
sivo, desde que, bien sea para ejercerlo para sí o para transferirlo a un
tercero, sólo él podría hacerlo. En tal virtud se sugirió que el artículo 1444
tuviera la siguiente redacción:

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