Artículo 1471

AutorManuel de la Puente y Lavalle
Cargo del AutorProfesor Principal de la Facultad de Derecho de la Pontifica Universidad Católica del Perú
Páginas287-291
287
MANUEL DE LA PUENTE Y LAVALLE
Artículo 1471.- En cualquiera de los casos del artículo 1470, la indem-
nización a cargo del promitente tiene el carácter de prestación sustitutoria de
la obligación o del hecho del tercero.
Sumario:
1. Antecedentes de este artículo.
2. Interpretación del artículo 1471.
3. Observación importante.
1. ANTECEDENTES DE ESTE ARTÍCULO
El texto del artículo 111 de la primera Ponencia sustitutoria era el
siguiente:
Artículo 111.- En los casos de los artículos anteriores, la indemnización
a cargo del promitente tiene el carácter de prestación sustitutoria de la
obligación o del hecho del tercero.
Igual texto se conservó en el artículo 111 de la segunda, tercera,
cuarta y quinta Ponencias sustitutorias y del Anteproyecto y en el artícu-
lo 1495 del primer Proyecto.
La Exposición de Motivos del artículo 111 del Anteproyecto dice lo
siguiente: “Aquí se pone de relieve la naturaleza de prestación sustituto-
ria que tiene la indemnización, tanto para la promesa de la obligación
como la del hecho del tercero, cuando una u otra se incumplen. No se
trata, en consecuencia, de una cláusula penal con los caracteres propios
de esta figura ubicada en el Anteproyecto de Obligaciones”.

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