RESOLUCION SUPREMA N° 629-2012-DE - Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convención, departamento del Cusco

Fecha de disposición30 Noviembre 2012
Fecha de publicación30 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479647
Que, durante la Conferencia Ministerial de Doha en el
año 2001, se lanzó el Programa de Doha para el Desarrollo,
ocasión en la que los Ministros convinieron en celebrar
negociaciones respecto de las modalidades y examinar y,
según proceda, aclarar y mejorar los aspectos pertinentes
de los artículos V, VIII y X del GATT de 1994 , e identif‌i car las
necesidades y prioridades de los miembros, en particular los
que son países en desarrollo en materia de facilitación del
comercio; en julio 2004 se decide iniciar las negociaciones
sobre la facilitación del comercio, creando el Grupo de
Negociación sobre la Facilitación del Comercio OMC;
Que, a partir de diciembre de 2009, los miembros de la
OMC acordaron distribuir un proyecto de texto consolidado,
de lo que será el Acuerdo Multilateral sobre Facilitación del
Comercio de la OMC, cuyo texto ha sido examinado, y sus
versiones revisadas durante los años 2010, 2011 y 2012,
evaluándose la decimo tercera versión revisada del documento
TN/TF/W/165 en la reunión informal antes mencionada;
Que, durante la referida Reunión Informal se discutirán
temas de interés del Perú tales como: resoluciones
anticipadas, operadores autorizados, uso de estándares
internacionales, admisión temporal de mercancías y trato
especial y diferenciado, por lo que, la Misión Permanente
del Perú en Ginebra ha solicitado la presencia de
representantes del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo – MINCETUR y de la Superintendencia Nacional
de Administración Tributaria – SUNAT, a f‌i n de reforzar
los aspectos técnicos de la posición peruana durante la
realización de dicho evento;
Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio
Exterior ha solicitado que se autorice el viaje a la ciudad
de Ginebra, de la señora Gloria Eugenia Ramírez
Ramírez, profesional que presta servicios al Viceministerio
de Comercio Exterior, para que en representación del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR
participe en la reunión antes mencionada;
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
- MINCETUR es el organismo público competente para
def‌i nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política
de comercio exterior y de turismo; es responsable en
materia de negociaciones comerciales internacionales
y de integración, y participa activamente en la OMC,
asegurando el cumplimiento de los compromisos asumidos
y defendiendo la posición e intereses del país en las
negociaciones comerciales multilaterales del Programa
Doha para el Desarrollo;
Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de la negociación de
los acuerdos comerciales de importancia para el Perú,
los que deben realizarse en categoría económica y ser
autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley
que regula la autorización de viajes al exterior de los
servidores y funcionarios públicos, sus modif‌i catorias, y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Gloria Eugenia
Ramírez Ramírez, a la ciudad de Ginebra, Confederación
Suiza, del 1 al 9 de diciembre de 2012, para que en
representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
participe en la Reunión Informal del Grupo de Negociación
sobre la Facilitación del Comercio OMC, a que se ref‌i ere la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
del artículo 1° de la presente Resolución Ministerial,
estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes: US $ 2 424,73
Viáticos (US$ 260,00 x 7 días): US $ 1 820,00
Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, la señora Ramírez Ramírez
deberá presentar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior
y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y
resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo,
presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
872885-1
DEFENSA
Disponen que las Fuerzas Armadas
asuman el control del Orden Interno
en tanto dure el Estado de Emergencia
en el distrito de Echarate, ubicado
en la provincia de La Convención,
departamento del Cusco
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 629-2012-DE
Lima, 29 de noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
2012-PCM de fecha 22 de noviembre de 2012, se resuelve
prorrogar por el término de sesenta (60) días calendario, a
partir del 07 de diciembre de 2012, el Estado de Emergencia
en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La
Convención, en el departamento del Cusco;
Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1) del
el Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen
el control del orden interno si así lo dispone el Presidente
de la República;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1095 de 1 de
setiembre de 2010, se estableció el marco legal que regula
los principios, formas, condiciones y límites para el empleo
y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en
cumplimiento de su función constitucional, mediante el
empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para
la protección de la sociedad, en defensa del Estado de
Derecho y a f‌i n de asegurar la paz y el orden interno en el
territorio nacional;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer que las Fuerzas Armadas
asuman el control del Orden Interno en tanto dure el
Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado
en la provincia de La Convención en el departamento del
Cusco. La Policía Nacional del Perú contribuirá al logro de
dicho objetivo.
Artículo 2°.- La intervención de las Fuerzas Armadas
se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 1095, que establece las reglas de empleo
y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el
territorio nacional.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Defensa y por el Ministro
del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Ministro del Interior
872977-4

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