2605 301-2000-PROMUDEH - Autorizan a procuradora iniciar las acciones correspondientes contra presuntos responsables de la comisión del delito de apropiación ilícita en agravio de la COOPOP - Abancay

Fecha de disposición19 Diciembre 2000
Fecha de publicación19 Diciembre 2000
Pág. 196137
NORMAS LEGALES
Lima, martes 19 de diciembre de 2000
sables de la administración de recursos en la Unidad
Operativa COOPOP-PASCO, quienes dispusieron pagos a
diversos proveedores sin que exista documentación susten-
tatoria que justifique los gastos realizados, comprometie-
ron además a otros fines los recursos programados para el
curso "Albañilería Básica y Pintura", se pudo establecer un
deficiente control en lo concerniente a la distribución de
bienes para los cursos a desarrollarse en las organizaciones
sociales de base proyectándose pecosas de salida de bienes
aunque éstos no hubieran sido recepcionados físicamente
atribuyéndose responsabilidad directa por los hechos indi-
cados a los funcionarios responsables de su administración;
De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución
Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, de Representación
y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley
Nº 17667 y Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por el De-
creto Legislativo Nº 893;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a
cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para
que en representación y defensa de los intereses del Estado,
inicie e impulse las acciones judiciales contra el Ing. César
Santana Baldeón e Ing. Hipólito Terrel Zevallos ex Jefe y
Administrador respectivamente de la Unidad Operativa
COOPOP-PASCO y contra las demás personas que resul-
ten responsables, por los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
así como los antecedentes del caso a la Procuraduría Públi-
ca de PROMUDEH para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
14550
Autorizan a procuradora iniciar las
acciones correspondientes contra pre-
suntos responsables de delito contra
el patrimonio en agravio de la Unidad
Operativa de COOPOP - Huaraz
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 300-2000-PROMUDEH
Lima, 18 de diciembre de 2000
VISTO:
El Informe Legal Nº 240-00-GAJ/COOPOP, referente al
Hurto de la Motocicleta asignada a la Unidad Operativa de
la Oficina Nacional de Cooperación Popular COOPOP -
Huaraz, Organismo Público Descentralizado del Ministerio
de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano -
PROMUDEH.
CONSIDERANDO:
Que, en tal sentido es necesario proceder a otorgar la
pertinente autorización;
Que, mediante Informe Nº 28-1999-GAI/COOPOP de
fecha 15.9.99, el Organo de Control de Auditoría de la
Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, esta-
bleció que la Motocicleta marca Honda XL-185, número de
motor L185S-5456299 y número de serie L185S-6013387,
sin número de placa patrimonio de la Unidad Operativa de
COOPOP - Huaraz, fue asignada en forma verbal a Oscar
Cerna Gómez encargado de Proyectos Productivos, estable-
ciéndose que el día del hurto no fue autorizada la salida de
dicha unidad móvil por Sandro Castillo Trejo, ex jefe de la
Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, por no haber
formalizado Einstein Quezada Ganoza, anterior jefe de la
Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, la entrega de
cargo correspondiente, no obstante Oscar Cerna Gómez
manifestó que cumplía una comisión de cotización de pre-
cios de insumos para un Proyecto de Panificación Santa
Ana, presentando tan sólo la cotización efectuada en el
Centro Comercial Henriquez, establecimiento dedicado a la
venta de abarrotes en general;
En consecuencia, conforme se desprende de los informes
emitidos por Auditoría Interna Nº 28-1999-GAI/COOPOP
de fecha 15.9.99 y Asesoría Jurídica de COOPOP Informe
Nº 240-00-GAJ-COOPOP de fecha 13.10.00, son responsa-
bles solidariamente por el robo de la motocicleta de propie-
dad de la Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, Einstein
Quezada Ganoza y Oscar Cerna Gómez;
De conformidad, con el Artículo 47º de la Constitución
Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, de Representación
y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley
Nº 17667 y Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por el De-
creto Legislativo Nº 893;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública del
PROMUDEH a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis-
terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano -
PROMUDEH, para que en representación y defensa de los
intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales
a que hubiere lugar por los hechos expuestos en el Informe
de vistos, contra Einstein Quezada Ganoza, Oscar Cerna
Gómez y las demás personas que resulten responsables en
dicho Informe de Control.
Artículo 2º.- Remitir el Informe de vistos y sus anexos
a la Procuradora Pública del PROMUDEH para los fines
consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
14551
Autorizan a procuradora iniciar las
acciones correspondientes contra pre-
suntos responsables de la comisión
del delito de apropiación ilícita en agra-
vio de la COOPOP - Abancay
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 301-2000-PROMUDEH
Lima, 18 de diciembre de 2000
VISTO:
El Informe Legal Nº 276-2000-GAJ/COOPOP - COMI-
SIÓN DE HECHOS ILÍCITOS EN EL PAGO DE ESTI-
PENDIOS A PROMOTORES ALFABETIZADORES EN
LA UNIDAD OPERATIVA DE COOPOP - ABANCAY de la
Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, Orga-
nismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Auditoría Interna de la Oficina
Nacional de Cooperación Popular, mediante Informe Nº
056-2000-GAI/COOPOP de fecha 27.10.00, determinó que
en los distritos de Huaccana, Anccohuayllo y Coyllurqui
correspondientes a las provincias de Chincheros y Cota-
bambas, pertenecientes ambos al departamento de Apurí-
mac; el ingeniero Miguel Delgado Meléndez, ex Jefe de la
Unidad Operativa de COOPOP - Abancay, el señor Walter
Rivera Paico, ex Administrador de dicha Unidad Operativa,
incurrieron en presuntos actos ilícitos de naturaleza penal
en la modalidad de Apropiación Ilícita del monto aproxima-
do de S/. 33,408.00 nuevos soles, dinero destinado al pago de
los promotores-alfabetizadores de los distritos señalados,
siendo atribuibles dichos actos a Miguel Angel Delgado
Meléndez, Walter Rivera Paico y las demás personas que
resulten responsables;
De conformidad, con el Artículo 47º de la Constitución
Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación

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