2605 301-2000-PROMUDEH - Autorizan a procuradora iniciar las acciones correspondientes contra presuntos responsables de la comisión del delito de apropiación ilícita en agravio de la COOPOP - Abancay
Fecha de disposición | 19 Diciembre 2000 |
Fecha de publicación | 19 Diciembre 2000 |
Pág. 196137
NORMAS LEGALES
Lima, martes 19 de diciembre de 2000
sables de la administración de recursos en la Unidad
Operativa COOPOP-PASCO, quienes dispusieron pagos a
diversos proveedores sin que exista documentación susten-
tatoria que justifique los gastos realizados, comprometie-
ron además a otros fines los recursos programados para el
curso "Albañilería Básica y Pintura", se pudo establecer un
deficiente control en lo concerniente a la distribución de
bienes para los cursos a desarrollarse en las organizaciones
sociales de base proyectándose pecosas de salida de bienes
aunque éstos no hubieran sido recepcionados físicamente
atribuyéndose responsabilidad directa por los hechos indi-
cados a los funcionarios responsables de su administración;
De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución
Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, de Representación
y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley
Nº 17667 y Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por el De-
creto Legislativo Nº 893;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a
cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para
que en representación y defensa de los intereses del Estado,
inicie e impulse las acciones judiciales contra el Ing. César
Santana Baldeón e Ing. Hipólito Terrel Zevallos ex Jefe y
Administrador respectivamente de la Unidad Operativa
COOPOP-PASCO y contra las demás personas que resul-
ten responsables, por los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
así como los antecedentes del caso a la Procuraduría Públi-
ca de PROMUDEH para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
14550
Autorizan a procuradora iniciar las
acciones correspondientes contra pre-
suntos responsables de delito contra
el patrimonio en agravio de la Unidad
Operativa de COOPOP - Huaraz
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 300-2000-PROMUDEH
Lima, 18 de diciembre de 2000
VISTO:
El Informe Legal Nº 240-00-GAJ/COOPOP, referente al
Hurto de la Motocicleta asignada a la Unidad Operativa de
la Oficina Nacional de Cooperación Popular COOPOP -
Huaraz, Organismo Público Descentralizado del Ministerio
de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano -
PROMUDEH.
CONSIDERANDO:
Que, en tal sentido es necesario proceder a otorgar la
pertinente autorización;
Que, mediante Informe Nº 28-1999-GAI/COOPOP de
fecha 15.9.99, el Organo de Control de Auditoría de la
Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, esta-
bleció que la Motocicleta marca Honda XL-185, número de
motor L185S-5456299 y número de serie L185S-6013387,
sin número de placa patrimonio de la Unidad Operativa de
COOPOP - Huaraz, fue asignada en forma verbal a Oscar
Cerna Gómez encargado de Proyectos Productivos, estable-
ciéndose que el día del hurto no fue autorizada la salida de
dicha unidad móvil por Sandro Castillo Trejo, ex jefe de la
Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, por no haber
formalizado Einstein Quezada Ganoza, anterior jefe de la
Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, la entrega de
cargo correspondiente, no obstante Oscar Cerna Gómez
manifestó que cumplía una comisión de cotización de pre-
cios de insumos para un Proyecto de Panificación Santa
Ana, presentando tan sólo la cotización efectuada en el
Centro Comercial Henriquez, establecimiento dedicado a la
venta de abarrotes en general;
En consecuencia, conforme se desprende de los informes
emitidos por Auditoría Interna Nº 28-1999-GAI/COOPOP
de fecha 15.9.99 y Asesoría Jurídica de COOPOP Informe
Nº 240-00-GAJ-COOPOP de fecha 13.10.00, son responsa-
bles solidariamente por el robo de la motocicleta de propie-
dad de la Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, Einstein
Quezada Ganoza y Oscar Cerna Gómez;
De conformidad, con el Artículo 47º de la Constitución
Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, de Representación
y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley
Nº 17667 y Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por el De-
creto Legislativo Nº 893;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública del
PROMUDEH a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis-
terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano -
PROMUDEH, para que en representación y defensa de los
intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales
a que hubiere lugar por los hechos expuestos en el Informe
de vistos, contra Einstein Quezada Ganoza, Oscar Cerna
Gómez y las demás personas que resulten responsables en
dicho Informe de Control.
Artículo 2º.- Remitir el Informe de vistos y sus anexos
a la Procuradora Pública del PROMUDEH para los fines
consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
14551
Autorizan a procuradora iniciar las
acciones correspondientes contra pre-
suntos responsables de la comisión
del delito de apropiación ilícita en agra-
vio de la COOPOP - Abancay
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 301-2000-PROMUDEH
Lima, 18 de diciembre de 2000
VISTO:
El Informe Legal Nº 276-2000-GAJ/COOPOP - COMI-
SIÓN DE HECHOS ILÍCITOS EN EL PAGO DE ESTI-
PENDIOS A PROMOTORES ALFABETIZADORES EN
LA UNIDAD OPERATIVA DE COOPOP - ABANCAY de la
Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, Orga-
nismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Auditoría Interna de la Oficina
Nacional de Cooperación Popular, mediante Informe Nº
056-2000-GAI/COOPOP de fecha 27.10.00, determinó que
en los distritos de Huaccana, Anccohuayllo y Coyllurqui
correspondientes a las provincias de Chincheros y Cota-
bambas, pertenecientes ambos al departamento de Apurí-
mac; el ingeniero Miguel Delgado Meléndez, ex Jefe de la
Unidad Operativa de COOPOP - Abancay, el señor Walter
Rivera Paico, ex Administrador de dicha Unidad Operativa,
incurrieron en presuntos actos ilícitos de naturaleza penal
en la modalidad de Apropiación Ilícita del monto aproxima-
do de S/. 33,408.00 nuevos soles, dinero destinado al pago de
los promotores-alfabetizadores de los distritos señalados,
siendo atribuibles dichos actos a Miguel Angel Delgado
Meléndez, Walter Rivera Paico y las demás personas que
resulten responsables;
De conformidad, con el Artículo 47º de la Constitución
Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación
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